Ley de Competencia en Nicaragua y la región

Nuestro marco jurídico en materia de competencia es de reciente data, ya que si bien la “Ley de Promoción de la Competencia” entró en vigencia hace poco más de 10 años, no fue hasta diciembre de 2009 que el Instituto Nacional de Promoción de la Competencia (Procompetencia) emitió su primera resolución en la materia.

Lo anterior genera retos para el país en general y para las autoridades de competencia en particular, siendo el más importante, el crear una cultura de competencia sana como piedra angular del desarrollo socio-económico del país.

Un segundo reto es el aumento del presupuesto de Procompetencia para cumplir sus objetivos. Hoy en día, Procompetencia genera una parte importante de su financiamiento de la recaudación de tasas por servicios y multas por infracciones de la Ley, lo cual genera el riesgo que los funcionarios tiendan a imponer más multas y cobrar más por revisiones de casos de concentración en aras de mantener la institución a flote.

Un tercer reto es generar el modelo de ley que deseamos para Nicaragua. Si bien toda ley de competencia busca defender el interés público frente al poder monopolístico, la manera en que se regula la protección de estos intereses, puede resultar en una ley que privilegia el interés público, al punto de poner en tela de juicio la viabilidad de los negocios; o en una ley que privilegia al negocio en detrimento del interés público.

Esta tensión natural, debe tener suficiente regulación que permita el crecimiento de los negocios, muchas veces a expensas de la ventaja mínima del interés público; o bien, que castigue el crecimiento de los negocios en favor de ventajas sustanciales del interés público.

Al momento de crea la legislación correspondiente, debemos considerar el tamaño de la economía en donde se crea. No es lo mismo regular economías como Estados Unidos, Alemania y Japón, que economías Centroamericanas. Por ejemplo, tratar de tener demasiadas distribuidoras de energía eléctrica en nuestros países es inviable por razones financieras; en cambio, en Estados Unidos, es probable que haga total sentido.

Otro ejemplo es definir si las eficiencias económicas que redundan en beneficio del interés público se privilegiarán por encima de la instauración de un monopolio, u oligopolio. En mi opinión, tener un monopolio que beneficie a la ciudadanía resulta más favorable que numerosas empresas encareciendo el servicio comercializado. Así las cosas, el reto está en escoger un modelo legislativo acorde a la realidad de nuestro país.

Como podemos observar, la Ley en particular y el marco jurídico de competencia en general, tienen importantes retos que vencer, para que el objetivo principal de la ley, a saber, balancear el interés público con el interés monopolístico, se haga realidad.  Para que dicho objetivo sea una realidad, el principal requisito es la voluntad política de parte de las autoridades y los ciudadanos organizados.

Terencio J. García Montenegro

tenecio-garcia@garciabodan.com

Paúl Rodriguez Medina

paul.rodiguez@garciabodan.com


Garcia & Bodan www.garciabodan.com

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