Ley de Lavado de Dinero en El Salvador – Recomendaciones para evitar Contingencias Legales a nivel empresarial – por Mario Costa Márquez

En El Salvador, cada día cobra más fuerza la necesidad de las empresas de adoptar medidas preventivas para evitar responsabilidades civiles e inclusive penales para sus representantes. El lavado de dinero es un riesgo latente no solamente en los mercados financieros, sino también en las empresas de otros rubros del sector privado. Es por ello, que es altamente recomendable que las compañías implementen todos los mecanismos y controles necesarios para la detección, prevención e informe de actividades sospechosas, así como al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos y demás regulaciones; normativa especial que tiene por objeto la prevención, detección, sancionamiento y la erradicación del delito de lavado de dinero y de activos y su encubrimiento.

Mario Costa Márquez

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Herbert Rafael Guerrero

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Los sujetos obligados por la mencionada ley, deben informar a la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía General de la República, las transacciones realizadas por cada usuario o cliente, sea individual o múltiple, en efectivo o las que se efectúen por cualquier otro medio, que en un mismo día o en el término de un mes excedan los umbrales establecidos en la ley, según sea el caso.

Por otra parte, la implementación de un Programa de Prevención de Lavado de Dinero es indispensable para la identificación, medición, evaluación y monitoreo de actividades sospechosas, lo cual implica: la creación de una Unidad de cumplimiento dentro de la empresa, el nombramiento de un designado de cumplimiento, políticas de conoce a tu cliente, manual del sistema de prevención y demás procedimientos para el monitoreo frecuente de la efectividad de dichos controles y el reporte de las operaciones sospechosas al Estado salvadoreño, entre otros.

Ante el incumplimiento de las obligaciones, las empresas podrían incurrir en responsabilidad civil subsidiaria especial, el pago de dinero por los daños, así como potencial encarcelamiento para los miembros, directores, gerentes representantes y demás individuos actuando en la dirección de la compañía.

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