Guatemala Archives - The Lawyer Magazine https://thelawyermagazine.com/category/guatemala/ Revista Centroamerícana para abogados Fri, 26 Apr 2024 14:51:17 +0000 en-US hourly 1 https://thelawyermagazine.com/wp-content/uploads/2022/07/tlm-favicon-150x150.png Guatemala Archives - The Lawyer Magazine https://thelawyermagazine.com/category/guatemala/ 32 32 Los ADR, Vías por explorar y explotar para obtener una justicia pronta y eficiente https://thelawyermagazine.com/los-adr-vias-por-explorar-y-explotar-para-obtener-una-justicia-pronta-y-eficiente/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=los-adr-vias-por-explorar-y-explotar-para-obtener-una-justicia-pronta-y-eficiente https://thelawyermagazine.com/los-adr-vias-por-explorar-y-explotar-para-obtener-una-justicia-pronta-y-eficiente/#respond Thu, 25 Apr 2024 22:30:23 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5814 Los Alternative Dispute Resolution conocidos por sus siglas en inglés como “ADR”, son métodos alternos a la jurisdicción estatal para resolver conflictos, en aquellas materias...

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Licda. Beatriz Pimentel
bpimentelr@gmail.com

Los Alternative Dispute Resolution conocidos por sus siglas en inglés como “ADR”, son métodos alternos a la jurisdicción estatal para resolver conflictos, en aquellas materias en las que las partes tienen libre disposición.

En Europa, Estados Unidos y otros países desarrollados tienen una gran difusión por las evidentes ventajas que presentan, pues son los propios ciudadanos los protagonistas en resolver sus controversias. A través de éstos se propicia una cultura de diálogo y empatía que redunda en una mayor paz social.   

Considero que los abogados tienen una función crucial para impulsar los ADR, pues pueden orientar a sus clientes a recurrir a este tipo de soluciones antes que acudir a la jurisdicción ordinaria.

Es bien sabido que la carga a la que se enfrentan los juzgados en sumamente voluminosa, y además si se toma en cuenta que los recursos que el Estado asigna al Poder Judicial son limitados, no es de extrañarse que el resultado sea una justicia extremadamente tardada, convirtiéndose en una justicia ineficiente.

A continuación, les comparto datos estadísticos del Organismo Judicial, que revelan la alta morosidad judicial: *(1)

AñoCasos tramitados en la República de GuatemalaSentencias tipo Fallo
2019342,47448,422
2020232,45427,485
2021356,82024,827
2022292,15050,945

*(1):  Confróntese: http://www.oj.gob.gt/cidej


Desde luego no todos los casos finalizan con una sentencia, y por otra parte las estadísticas tampoco revelan cuántos de los casos tramitados concluyen con transacción, desistimiento, etc.… pero me parece que, para efectos ilustrativos los datos presentados arrojan luz para concluir que el sistema judicial está saturado y que obtener una sentencia conlleva varios años.

Es por ello, que en Guatemala los ADR pueden encontrar un nicho de oportunidad profuso, para resolver los conflictos de una forma más célere, menos onerosa y reportando beneficio emocional a las personas que atraviesan esas disputas, pues al resolverlas con prontitud se disipa el malestar psicológico al que pueden estar sometidas.

Dentro de los ADR -los cuales son esencialmente voluntarios y confidenciales-, me permito citar algunos:

  • La Mediación: Se particulariza por el hecho de que en la disputa participa un tercero ajeno, que tiene la función de escuchar a las partes, creando un clima de diálogo para que éstas resuelvan su problema. El mediador no propone soluciones a la controversia planteada, su función no es proactiva, más bien sirve de “puente” para acercar a las partes y sus posiciones. La solución a la que se arribe debe ser cumplida de buena fe, pues el mediador carece de poder coercitivo para obligarlas a ejecutar lo convenido.  

Me permito compartir la experiencia que he vivido en los Centros de Mediación del Organismo Judicial, ya que como abogada de parte he sugerido a algunos de mis clientes citar a su contraparte a dichos centros para tratar de llegar a un arreglo. 

Los resultados obtenidos en la mayoría de los casos han sido satisfactorios, pues es el mismo solicitante de la mediación quien hace llegar a su contraparte la invitación a la audiencia, proceso que depura el trabajo del Centro de Mediación haciéndolo más expedito. 

En general he participado en mediaciones en las que desde que se hace la solicitud, se entrega la invitación y se lleva a cabo la audiencia transcurren 15 días, y en varias ocasiones, la audiencia concluye con un acuerdo que finaliza la disputa. Adicionalmente acudir a un centro de mediación estatal tiene la ventaja de ser gratuito para las partes.

En otras ocasiones el resultado no será favorable porque no se cumple con lo acordado en el convenio, pero puede producir como efecto positivo la homologación del acuerdo final para que sea trasladado a un órgano jurisdiccional. 

Me permito citar las siguientes estadísticas del Sistema Integrado de Gestión de Métodos Alternativos -SIGMA-, que demuestran que la mediación obtiene resultados más eficientes que acudir a procesos judiciales. *(2) Los resultados los obtuve estableciendo como fechas de parámetro del 01-01-2023 al 23-04-2024

Casos registrados52,530
Mediaciones celebradas27,418
Casos finalizados con acuerdo16,147
Solicitudes de homologación10,865
Personas que utilizaron mediación86,576

 *(2): Confróntese: http://dmasc.oj.gob.gt/#/dashboard


  • La Conciliación: Tiene la peculiaridad de que en el proceso interviene un tercero ajeno a las partes en disputa, generalmente es un experto que tiene habilidades para proponer soluciones que sean satisfactorias a los intereses de éstas. El conciliador detenta un rol proactivo en el arreglo de la controversia. Al igual que en la mediación, el acuerdo debe ser cumplido de buena fe por los interesados, pues el conciliador también carece de poder coercitivo para obligar a las partes. 

En Guatemala, prestan servicios de conciliación: CENAC, CRECIG, CAMEX y el Centro de Conciliación y Arbitraje, S.A. en Quetzaltenango.

  • El Arbitraje también es un ADR muy efectivo, sin embargo, merece un tratamiento especial por lo que abordaré su contenido en un próximo artículo.

Alternative Dispute Resolution
Licda. Beatriz Pimentel
bpimentelr@gmail.com

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Congreso Regional de Finanzas Sostenibles COREFIS 2024 https://thelawyermagazine.com/congreso-regional-de-finanzas-sostenibles-corefis-2024/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=congreso-regional-de-finanzas-sostenibles-corefis-2024 https://thelawyermagazine.com/congreso-regional-de-finanzas-sostenibles-corefis-2024/#respond Fri, 15 Mar 2024 19:16:47 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5796 La Escuela Bancaria de Guatemala –EBG- y la Escuela Bancaria Centroamericana –EBC-, Marcas Educativas y Brazos Capacitadores de la Asociación Bancaria de Guatemala –ABG-, Les...

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La Escuela Bancaria de Guatemala –EBG- y la Escuela Bancaria Centroamericana –EBC-, Marcas Educativas y Brazos Capacitadores de la Asociación Bancaria de Guatemala –ABG-, Les damos la más cordial bienvenida al CONGRESO REGIONAL DE FINANZAS SOSTENIBLES -COREFIS 2024-. que se llevará a cabo el 19 de marzo de 2024, en el Salón El Dorado del Hotel Barceló Guatemala City. Espero contar con su participación.

La Escuela Bancaria de Guatemala -EBG- y la Escuela Bancaria Centroamericana -EBC-, Marcas Educativas y Brazos Capacitadores de la Asociación Bancaria de Guatemala -ABG-, comunican a los distintos sectores económicos y productivos, nacionales y regionales, que el día 19 de marzo de 2024, en el Salón El Dorado del Hotel Barceló Guatemala City, llevarán a cabo por tercer año consecutivo, en MODALIDAD TOTALMENTE PRESENCIAL, el CONGRESO REGIONAL DE FINANZAS SOSTENIBLES -COREFIS 2024-.

Hacemos una atenta invitación para que participen en tan importante evento y entérese del avance y las tendencias de las finanzas sostenibles y su impacto a nivel regional y del mundo, así como del papel clave que desempeña el sistema financiero a través de la financiación sostenible en apoyo a objetivos globales del cambio climático y de sostenibilidad.

Las finanzas sostenibles involucran inevitablemente el desarrollo de planes y estrategias para lo toma de decisiones de inversión, considerando factores sociales, ambientales y fuentes de financiamiento que favorezcan los esfuerzos de los distintos sectores económicos y productivos en la administración de sus recursos.

La imperiosa demanda de enfrentar con decisión los desafíos de un mundo cada vez más verde, digital y diverso, conlleva la necesidad de definir caminos para el corto, mediano y largo plazo, en la búsqueda de promover y ejecutar procesos de transición, inclusión y contribución que puedan ser capitalizados por el sector financiero, mejorando propuestas que apoyen las finanzas sostenibles para alcanzar metas regionales que beneficien a los diferentes sectores y organizaciones y les permitan atender las expectativas de sus propios grupos de interés.

De allí que cada vez más resulta de vital importancia promover una generación amplia de bienes y servicios enfocados e impulsar estrategias de sostenibilidad regionales, como la adopción de compromisos gremiales y empresariales y de país con un enfoque visionario hacia las finanzas sostenibles, que implique, entre otros, eventos de capacitación, participación colaborativa de entes financieros públicos y privados; el desarrollo de productos y servicios innovadores y la adopción de normas regulatorias que permitan que todo se realice de forma oportuna y eficiente.

EI COREFIS-2024 se ha consolidado como el Congreso más importante que realizan la Escuela Bancaria de Guatemala -EBG- y la Escuela Bancaria Centroamericana -EBC-, sobre finanzas sostenibles, al representar el espacio académico más relevante a nivel regional, para adentrarse en la materia y comprender la importancia de impulsar el desarrollo de competencias cruciales en el mundo de las finanzas sostenibles y, por otro lado, conocer de qué manera el sector financiero como un importante motor de desarrollo en la economía, puede ser un factor de cambio con impactos altamente positivos.

Con ese objetivo la Escuela Bancaria de Guatemala -EBG- y la Escuela Bancaria Centroamericana -EBC- han preparado un programa académico que permitirá a los participantes enterarse sobre temas tales como: Cómo plantear una estrategia de finanzas sostenibles; Fuentes de financiamiento-Bonos Verdes; Responsabilidad Social Corporativa hacia la Sostenibilidad en la Banca; Tendencias de sostenibilidad en el sector bancario; Experiencias multilaterales, Consejo Consultivo de Finanzas Sostenibles de Guatemala, con temas de taxonomía; Diagnóstico Regional y hoja de ruta de la Finanzas Sostenibles; entre otros.

Es importante destacar que el COREFIS 2024 contará con la participación de conferencistas expertos de reconocida trayectoria, nacionales y extranjeros, quienes disertarán sobre los diferentes temas y compartirán criterios, experiencias y mejores prácticas internacionales de tendencia que impulsan el desarrollo y determinan el impacto sostenible en la región. También cabe mencionar que los concurrentes podrán contar con el espacio y la oportunidad de intervenir de forma activa en el desarrollo de las exposiciones magistrales contempladas en el programa académico, así como en el intercambio de opiniones, experiencias y mejores prácticas que se observan a nivel regional y del mundo.

La invitación es para que participen Gerentes, Directores y Funcionarios del Sector Público, así como Empresarios, Presidentes, Gerentes y Ejecutivos del Sector Privado, que se desempeñen en el Sector Financiero y demás sectores económicos del país y de la región, con funciones relacionadas con Responsabilidad Social Empresarial y Corporativa, Medio Ambiente, Sostenibilidad, Cartera de Créditos, y otras áreas afines. Hacemos extensiva la invitación para que participe personal de Universidades, Centros de Investigación, Instituciones públicas y privadas, Estudiantes y Público en General interesados. Para mayor información sobre el evento y su programa ingrese a www.ebg.edu.gt.

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La Asociación Bancaria de Guatemala: Orígenes, Objetivos y Medios de Acción https://thelawyermagazine.com/la-asociacion-bancaria-de-guatemala-origenes-objetivos-y-medios-de-accion/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-asociacion-bancaria-de-guatemala-origenes-objetivos-y-medios-de-accion https://thelawyermagazine.com/la-asociacion-bancaria-de-guatemala-origenes-objetivos-y-medios-de-accion/#respond Wed, 18 Oct 2023 18:08:51 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5510 De conformidad con el acta de fundación respectiva, el ocho (8) de septiembre de mil novecientos sesenta y uno (1961), reunidos en Ciudad de Guatemala...

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De conformidad con el acta de fundación respectiva, el ocho (8) de septiembre de mil novecientos sesenta y uno (1961), reunidos en Ciudad de Guatemala los representantes de las entidades bancarias que operaban a esa fecha en el país, incluyendo al del Banco de Guatemala y estando presente el representante legal de la Superintendencia de Bancos, conscientes del propósito largamente sentido por dichas entidades de poder contar con un organismo gremial que sirviera para fomentar las relaciones entre sus miembros y con otras entidades similares, nacionales o extranjeras; que las representara ante las autoridades; y que aunara y canalizara esfuerzos para la realización de proyectos de interés bancario y social de beneficio para la Nación, se declaró formalmente constituida una asociación gremial de carácter profesional, de las entidades bancarias del país, a la que se le denominaría:

“Asociación de Banqueros de Guatemala” o “Cámara Bancaria de Guatemala”, según se determinaría oportunamente. Posteriormente, a efecto de formalizar el acto constitutivo referido en el párrafo anterior, los estatutos de la mencionada Asociación fueron aprobados mediante acuerdo gubernativo del veintisiete (27) de agosto de mil novecientos sesenta y dos (1962), modificados totalmente en Acuerdo Ministerial número cero noventa y dos guion noventa y seis (092-96), emitido por el Ministro de Gobernación el once (11) de marzo de mil novecientos noventa y seis (1996), ya bajo la denominación de Asociación Bancaria de Guatemala (ABG), estatutos que, derivado de la crisis sanitaria, humanitaria y económica mundial provocada por la pandemia del COVID-19, fueron objeto de modificación en aquellos artículos que permitieran que dicha entidad se adaptara, sin sobresalto alguno, a los efectos de la mencionada crisis, acto que fue adoptado según el punto tercero (3ro.) del acta número un mil ochocientos quince (1,815), de la sesión de Asamblea General Extraordinaria de la ABG celebrada en esta ciudad el veintidós (22) de marzo de dos mil veintiuno (2021). 

De acuerdo con dichos estatutos, la Asociación Bancaria de Guatemala es una asociación civil, privada, de carácter gremial, accionada, con personalidad jurídica propia y distinta de cada una de las entidades que la integran, reconocida por el Organismo Ejecutivo, apolítica, no lucrativa ni religiosa, de duración indefinida, con domicilio en el departamento de Guatemala y su sede en la ciudad capital, entidad que, como tal, agremia a las instituciones bancarias autorizadas para operar en el país, las cuales, a su vez, conforman el sistema bancario nacional reconocido y protegido según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo ciento treinta y tres (133) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

Los objetivos de la ABG, a la luz del artículo 3 de sus estatutos, efectivamente se contraen a lo siguiente:

  1. Agremiar a las instituciones bancarias autorizadas para operar en el país, así como velar y defender los intereses de sus miembros, oportuna y diligentemente 
  1. Promover el mejoramiento e incremento de los servicios bancarios, congruentes con el crecimiento económico del país 
  1. Emitir opinión en los proyectos de ley y reglamentos que sobre materias financieras o que se relacionen con el sistema bancario surgieren, así como gestionar ante las autoridades y organismos respectivos la emisión de aquellas disposiciones que considere convenientes, o la modificación de los existentes 
  1. Propugnar por la modernización de las prácticas bancarias y de los instrumentos financieros para propiciar el ahorro y estimular la inversión en proyectos que beneficien el desarrollo económico nacional 
  1. Velar porque se mantengan las mejores condiciones financieras y de confianza en el país
  1. Velar porque la estructura institucional del sistema bancario, permita el mejor desenvolvimiento de sus actividades en general, en consonancia con las prácticas modernas tanto a nivel nacional como internacional 
  1. Coadyuvar para que el sistema financiero nacional, mantenga una corriente fluida de recursos que garanticen el normal desarrollo de las actividades productivas del país;
  1. Cualquier otra actividad que directa o indirectamente coadyuve en el logro de los objetivos anteriores.

Para la consecución de tales objetivos, la ABG dispone de los medios de acción siguientes:

  1.  Promover y realizar estudios sobre aspectos económico-financieros del país, especialmente aquellos que incidan en la banca
  1. Propiciar la celebración de seminarios, conferencias y toda clase de eventos, tendientes al logro de los objetivos de la Asociación
  2. Recomendar a las autoridades competentes, políticas que permitan a sus miembros conservar un ritmo creciente de sus actividades para atender adecuadamente las necesidades de los sectores productivos
  3. Representar a las instituciones asociadas ante organismos del Estado y entidades nacionales o extranjeras e internacionales
  4. Fomentar las relaciones entre sus miembros y con asociaciones similares, especialmente con las de los demás países centroamericanos
  5. Colaborar con sus miembros en la preparación y tecnificación de su personal, promoviendo la creación e institucionalización de los centros que para el efecto se consideren convenientes, tal el caso de la Escuela Bancaria de Guatemala y de la Escuela Bancaria Centroamericana
  6. Actuar como centro de información de materias financieras para divulgarla, especialmente entre sus miembros
  7. Crear o promover servicios especializados que coadyuven al mejor funcionamiento y desarrollo del sistema bancario
  8. Servir de foro para que sus miembros puedan mantener un intercambio constante de experiencias y adoptar, oportunamente, las decisiones más recomendables
  9. Cualquier otro medio de acción conducente al logro de sus objetivos.

Por considerarlo un aspecto importante, cabe señalar que los órganos directivos y administrativos de la Asociación son, en orden jerárquico: la Asamblea General; el Consejo Directivo; el Presidente de la Asociación; el Gerente; y, la Secretaría Ejecutiva. Adicionalmente, es de hacer notar que la Asociación Bancaria de Guatemala, al agremiar a las instituciones bancarias a que se ha hecho referencia, se podría decir que forma parte del sistema de banca central a que alude muy sabiamente el primer párrafo del artículo ciento treinta y dos (132) de la Carta Magna, sistema que es dirigido por la Junta Monetaria, autoridad suprema del mismo, de la que dependen el Banco de Guatemala y la Superintendencia de Bancos, en cuyo seno se organizan las actividades monetarias, bancarias y financieras, y el cual ejerce vigilancia sobre todo lo relativo a la circulación de dinero y a la deuda pública.

No cabe duda que uno de los medios de acción de que dispone la ABG para el cumplimiento de sus objetivos, es el relativo a colaborar con sus miembros en la preparación y tecnificación de su personal, promoviendo la creación e institucionalización de los centros que para el efecto se consideren convenientes.


En ese sentido, y en la búsqueda constante de propiciar beneficios a todos sus agremiados, socios y clientes estratégicos, la ABG, tomando en cuenta las necesidades del sector bancario y financiero, y otros relacionados, así como las innovaciones, tendencias de la economía y la tecnología, ha creado e implementado desde su tribuido al mejoramiento y desarrollo de dicho sector.

Es así como la ABG, consciente de que para el cumplimiento de sus objetivos y ejecución de las acciones contempladas en sus estatutos, era de primordial importancia invertir en el recurso humano de las entidades bancarias y financieras, sus socios y clientes principales, así como en otros sectores financieros que tienen relación indirecta con la Asociación, inició eventos de formación impartidos por técnicos de la misma, organizando y celebrando los primeros congresos regionales, entre ellos el “CLADIT”, el “CORERIF” y el “COREMIF”, para luego desarrollar programas avalados por la ABG en coordinación con el Instituto Técnico de Capacitación (INTECAP). Como un dato histórico relevante, es de mencionar que mediante esta alianza se logró el diseño e implementación de un Centro para la Formación Bancaria y Financiera, equipado con el apoyo de algunas entidades del aludido sector.

Posteriormente surge la necesidad de la creación de la Escuela Bancaria de Guatemala (EBG), primer ente educativo de la ABG que nace con el objetivo de dotar de personal, con la competencia laboral necesaria, que demanda el sector bancario y financiero.

Por ello, en el año 2006, la ABG crea la primera marca educativa con el nombre de Escuela Bancaria de Guatemala (EBG).


La labor de la Escuela Bancaria de Guatemala EBG

La labor de la Escuela Bancaria de Guatemala EBG, en congruencia y para dar cumplimiento a los diez medios de acción de los estatutos de la ABG, se ha ido perfeccionando hasta la fecha, en su labor educativa y de desarrollo de la competencia laboral, gracias a la proyección visionaria de la Gerencia de la ABG y el involucramiento de su cuerpo de asesores, contando actualmente con personal competente, enfocado y comprometido para la administración, identificación, diseño, formulación, estandarización, formación, evaluación y certificación de las competencias laborales del sector bancario y financiero, así como para la comercialización de los productos y servicios diseñados de la EBG, partiendo de una investigación de mercado que toma en cuenta las características y necesidades laborales del sector, por medio de la cual se diseñan e imparten los programas de formación-educación de la ABG-EBG, con resultados comprobados y reconocidos por dicho sector, lo cual ha permitido la consolidación de la EBG.

De la misma forma y por idénticos motivos nace en 2018 la Escuela Bancaria Centroamericana (EBC), para proyectar la capacitación y formación profesional a los demás países centroamericanos y, desde 2022, la Asociación Bancaria de Guatemala, dentro de sus planes estratégicos, crea la Universidad Corporativa (UC) de la ABG, por lo que en conjunto, la EBG, la EBC y la UC de la ABG constituyen actualmente el brazo capacitador, de la formación profesional y de educación superior, para el sector bancario y financiero, y otros sectores relacionados, de la región, para cuyo efecto se ha diseñado un portafolio de más de trescientos programas de formación profesional integrales, para el desarrollo de la competencia laboral, aplicables a lo largo de toda las etapas de la vida laboral de los colaboradores de las entidades bancarias y financieras, los cuales involucran tanto las competencias técnicas como las transversales o blandas, necesarias para su desarrollo integral, según el nivel de competencia que ocupen.


La oferta formativa de la ABG, por medio de sus tres entes educativos, está conformada actualmente por: carreras universitarias como Maestría en Dirección Financiera y Bancaria; Licenciatura en Administración Bancaria y Financiera; y Carrera Técnica Universitaria en Operaciones Bancarias y Financieras, avaladas por la ABG. Se cuenta actualmente con siete congresos regionales que se organizan anualmente y se participa en la organización de congresos latinoamericanos conjuntamente con la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN), de la cual la ABG es miembro fundador.

Adicionalmente se cuenta con más de quince diplomados certificables en varias especializaciones del sector, más de veinte programas de actualización y certificaciones técnicas y de competencias transversales, así como conferencias, semi-narios-taller y cursos-taller, en diferentes aspectos técnicos, transversales o genéricos, diseñados y programados en las agendas mensuales y a requerimiento directo de los interesados (eventos IN HOUSE), para las diferentes entidades bancarias y financieras, y otras entidades relacionadas.

Cabe hacer notar que todos los eventos y programas son impartidos en la modalidad presencial y virtual, a través de la plataforma cien por ciento interactiva de la ABG, mediante la cual son administradas nuestras plataformas Zoom y Moodle, utilizadas para el diseño e implementación de programas virtuales sincrónicos o vía E-Learning.

En resumen, podría decirse que la ABG y sus tres entes educativos: la EBG, la EBC y la UC de la ABG, actúan como un verdadero sistema de educación integral, que cubre cada una de las necesidades y modalidades de educación y formación laboral continua, conscientes de que el “Recurso Humano es el elemento principal para el logro de la Competitividad del Sector Bancario y Financiero, y del país en general”.


AGB – Guatemala

LA ASOCIACIÓN BANCARIA
DE GUATEMALA

https://abg.org.gt/es/


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5B, pioneros en la transformación digital de los procesos legales https://thelawyermagazine.com/5b-pioneros-en-la-transformacion-digital-de-los-procesos-legales/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=5b-pioneros-en-la-transformacion-digital-de-los-procesos-legales https://thelawyermagazine.com/5b-pioneros-en-la-transformacion-digital-de-los-procesos-legales/#respond Tue, 10 Oct 2023 23:15:18 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5476 El 5B Business Day de Identidad Digital reunió a más de 100 profesionales del derecho para formarse sobre firma electrónica “Ustedes serán los responsables de...

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El 5B Business Day de Identidad Digital reunió a más de 100 profesionales del derecho para formarse sobre firma electrónica

“Ustedes serán los responsables de cómo estos conocimientos se lleven a la práctica en el país. Sin ustedes, este proceso no tiene sentido y no se puede consumar. Ustedes son los habilitadores de la digitalización de cada una de sus instituciones y sin su visto bueno y su venia, esta transformación no puede suceder”.

Con esta afirmación, el Gerente General de 5B, Leonte Pallais, dio inicio con el primer evento de identidad digital, desarrollado específicamente para el sector legal en Guatemala.

Este encuentro, que fue desarrollado en alianza con el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación (RPSC) del Ministerio de Economía, tuvo como objetivo que los asistentes conocieran las garantías de la firma electrónica avanzada y los servicios de certificación en Guatemala, sus fundamentos jurídicos, las bases legales y la situación actual a nivel país.


A lo largo de una jornada formación académica e intercambio profesional, en el que se reconoció el fundamental papel que los departamentos legales juegan para la transformación digital de las organizaciones, se discutió sobre distintos casos de uso y aplicación de los certificados electrónicos.

El formador principal del evento fue Donald D. Márquez, abogado con posgrados en tributación y cumplimiento normativo, así como maestrías en operaciones internacionales, dirección de proyectos y dirección general de empresas. Donald Desarrolló los primeros 10 años de su carrera como relator especial de sentencias en el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela y los siguientes 10 años de su carrera los desarrolló como Director de Proyectos de Implementación de Servicios de Certificación Digital a nivel Iberoamericano.

Además, el evento llevó a cabo dos paneles de profesionales; el primero llamado “Casos judiciales de éxito con Firma Electrónica en Guatemala”, presidido por Ligia Salazar y Jose Toledo, socios de la firma Clarity Law, Guatemala; Luis Mariano Hernández Molina, Director Ejecutivo del Registro de Prestadores de Servicios de Certificación (RPSC); y, David Duarte Alas, Presidente de la Asociación de Abogados y Notarios de Izabal (Asoani).

El segundo panel, con enfoque internacional, tuvo por nombre “Aciertos en la aplicación de la firma electrónica avanzada en Latinoamérica” y tuvo como panelistas a Oscar Humberto Cruz Guardado, Jefe de Unidad de Firma Electrónica Ministerio de Economía de El Salvador y al formador del evento, Donald Márquez.

Estas acciones, acercan no solamente al sector legal del país, sino paulatinamente a toda Guatemala, hacia una cultura de reducción de papel y firmas manuscritas, permitiendo una gestión eficiente de los recursos, plazos y tiempo de las personas.

Guatemala, desde el año 2008, cuenta con la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas (Decreto No. 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala), la cual define en su artículo segundo a la firma electrónica avanzada como: 

Los datos en forma electrónica consignados en una comunicación electrónica o adjuntados o lógicamente asociados al mismo, que puedan ser utilizados para identificar al firmante con relación a la comunicación electrónica e indicar que el firmante aprueba la información recogida en la comunicación electrónica.

Además, la firma electrónica cumple los requisitos siguientes:

  1. Estar vinculada al firmante de manera única;
  2. Permitir la identificación del firmante; 
  3. Haber sido creada utilizando los medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control;
  4. Estar vinculada a los datos a que se refiere, de modo que cualquier cambio ulterior de los mismos sea detectable.

Por último, 5B, como un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) autorizado por el RPSC, puso a disposición de los abogados participantes del 5B Business Day, su propia herramienta de identidad digital: FID5B, con la cual podrán firmar documentos electrónicos fácilmente, desde cualquier lugar y a través de todo dispositivo móvil. Además, cuenta con el respaldo de más de 50 mil usuarios atendidos y cerca de 250 instituciones que confían en sus servicios.

Con su participación y bajo el compromiso que 5B tiene para brindar alternativas y soluciones integrales a sus clientes, los participantes al 5B Business Day, obtuvieron la primera certificación en principios legales para uso y gestión de identidad digital en Guatemala, con el respaldo de 5B y el RPSC del Mineco.

Autor: 5B

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La Protección De Datos En Guatemala https://thelawyermagazine.com/la-proteccion-de-datos-en-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-proteccion-de-datos-en-guatemala https://thelawyermagazine.com/la-proteccion-de-datos-en-guatemala/#respond Tue, 03 Oct 2023 06:38:36 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5255 La protección de datos personales es un tema cada vez más relevante frente a realidades como el auge del comercio electrónico, el desarrollo de trámites...

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La protección de datos personales es un tema cada vez más relevante frente a realidades como el auge del comercio electrónico, el desarrollo de trámites en línea ante instituciones públicas, o el amplio uso e influencia de las redes sociales, entre otras.

A raíz de estas actividades, es cada vez mayor la cantidad de datos personales que se recolecta, almacena y son objeto de tratamiento, pudiendo además generarse nuevos datos (metadatos) a partir de ellos. Los datos poseen un valor económico, pero también surgen preocupaciones en torno a la libertad e intimidad de las personas.

Bases jurídicas 

En Guatemala, las normas y orientaciones fundamentales para la protección de datos se encuentran en la Constitución Política de la República, la Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008), y en algunos pronunciamientos de la Corte de Constitucionalidad. Como norma general, la Constitución garantiza que “Toda persona tiene el derecho de conocer lo que de ella conste en archivos, fichas o cualquier otra forma de registros estatales, y la finalidad a que se dedica esta información, así como a corrección, rectificación y actualización” (Artículo 31).

La Corte de Constitucionalidad ha afirmado, además, que el derecho a la autodeterminación informativa, derivado de los derechos a la intimidad, al honor y a la privacidad, se sustenta en los Artículos 4º y 44 de la Constitución, 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 11.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Expediente 3552-2014). 

Otros referentes importantes que se deben tener en cuenta son: 

El informe sobre Principios que informan la privacidad y la protección de datos personales, presentado por la Relatora Especial sobre el derecho a la privacidad ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2022. 

Los Principios Actualizados sobre la Privacidad y la Protección de Datos Personales, aprobados por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en 2021. 

El repertorio de recomendaciones prácticas sobre Protección de los datos personales de los trabajadores, aprobado por el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1996, a partir de los trabajos de una reunión de expertos sobre la protección de la vida privada de los trabajadores. 

Estos principios, además de inspirar legislación a futuro, pueden ser relevantes para la resolución de casos concretos, al tenerse como estándares internacionales sobre derechos humanos que contribuyen a precisar el contenido, objeto y alcances de las obligaciones del Estado de Guatemala en la materia (Corte de Constitucionalidad, Expediente 5815-2018, sentencia de 18 de enero de 2022). 

El derecho a la protección de datos personales y sus implicaciones, como la llamada autodeterminación informativa, se basa en conceptos fundamentales del constitucionalismo y los derechos humanos como la dignidad de la persona, el derecho a la intimidad y al honor personal. Sobre esas bases, la materia se rige por principios como el de licitud, lealtad y transparencia, limitación de la finalidad, exactitud, limitación del plazo de conservación, integridad y confidencialidad, minimización de datos, y consentimiento.

Asimismo, la Constitución Política de la República de Guatemala establece que los datos suministrados por particulares a la administración pública bajo “garantía de confidencia” quedan excluidos de la regla general de publicidad de los actos administrativos (Artículo 30), y prohíbe los registros y archivos de filiación política, salvo los que llevan las autoridades electorales y los partidos (Artículo 31).

Datos personales, derechos y obligaciones básicas

La Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008) tiene como objeto, entre otros, “Garantizar a toda persona individual el derecho a conocer y proteger los datos personales de lo que de ella conste en archivos estatales, así como de las actualizaciones de los mismos” (Artículo 1 numeral 2). Al efecto, define datos personales como aquellos “relativos a cualquier información concerniente a personas naturales identificadas o identificables”, y como datos sensibles o datos personales sensibles todos los que “se refieren a las características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada o actividad, tales como los hábitos personales, el origen racial, el origen étnico, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o convicciones religiosas, los estados de salud físicos o psíquicos, preferencia o vida sexual, situación moral y familiar u otras cuestiones íntimas de similar naturaleza”.

Por su parte, la Ley del Registro Nacional de las Personas (RENAP) (Decreto 90-2005) establece que la información que posee el RENAP es pública, salvo cuando pueda usarse para afectar el honor o intimidad de las personas, señalando como información pública sin restricción: el nombre y apellidos, el número de identificación, las fechas de nacimiento o defunción, el sexo, la la vecindad, la ocupación, profesión u oficio, la nacionalidad y el estado civil. En cambio, no es pública la dirección de residencia (Artículo 6 literal j). 

Como un derecho humano reconocido por la Organización de las Naciones Unidas, el titular de los datos personales tiene los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición respecto de los datos que de él consten en archivos públicos o privados. 

En este sentido, y conforme a los principios establecidos por la Organización de las Naciones Unidas, quien realice cualquier forma de tratamiento de datos personales –por ejemplo, una empresa con ocasión de su giro de negocios– está obligado a: 

  1. Implementar medidas de seguridad para el tratamiento y resguardo de los datos; 
  2. Evaluar periódicamente la protección de datos personales 
  3. Notificar en caso de vulneración a bases de datos 
  4. Vigilar el cumplimiento e implementación de las políticas correspondientes 
  5. Designar un encargado para la protección de datos 
  6. Garantizar el derecho de acceso, rectificación, supresión y oposición al titular de dichos datos.

Algunas legislaciones recogen el principio de consentimiento como uno de los principios fundamentales en el tratamiento de datos. Otras lo contemplan como parte del principio de licitud. En todo caso, el consentimiento debe revestir ciertas características que aseguren la efectiva protección de la autodeterminación personal respecto de los datos, debiendo ser libre, expreso, espontáneo, informado y por escrito o por un medio similar que garantice su prueba.

En cuanto al consentimiento, es indispensable que, al momento de que éste se otorgue, se provea al titular de los datos la información necesaria para otorgar un consentimiento informado. Esto quiere decir que se le debe informar sobre la naturaleza de los datos que serán recopilados, el uso que se les dará, así como quiénes tendrán acceso a tales datos y si los mismos podrían o no ser transferidos a terceras personas, sean éstas relacionadas o no. Un consentimiento viciado o no informado podría dar lugar a una violación del derecho de autodeterminación y a sanciones legales. 

Un tema que provoca cuestionamientos en algunas actividades es la posibilidad de transferir las bases de datos. En general, se requiere, ante todo, la autorización expresa de los titulares de los datos.

La comercialización o distribución no autorizadas pueden incluso constituir delito, tal es el caso en Guatemala (Artículo 64 del Decreto 57-2008). En este sentido, quien recibe la base de datos debe asumir las mismas obligaciones de quien captó los datos, y la transferencia debe ser con el mismo fin para el cual se captaron. 

Acciones Legales

Un caso fundamental para esta materia en Guatemala es la sentencia del 10 de febrero de 2015, dictada por la Corte de Constitucionalidad dentro del expediente de amparo 3552-2014, cuyo primer Considerando merece transcribirse en su totalidad:

“La comercialización de información de datos de una persona debe encontrarse sujeta a que esta [sic] sea proporcionada voluntariamente por la persona, cuyos datos serán objeto de comercialización y que al momento de obtenerse se haya garantizado a tal persona los derechos de actualizar, rectificar pero sobre todo de confidencialidad y exclusión como una manera de resguardo de sus derechos fundamentales, tales como a su intimidad personal, privacidad y sobre todo honor, por lo que, al comercializar los datos personales que no observen las exigencias previamente enunciadas, tal información podría derivar de una actividad transgresora a derechos fundamentales, que conlleva responsabilidad tanto para las entidades que proporcionen esos datos como para aquellos que se sirvan de ellos. Por lo antes expuesto resulta ser el amparo, la acción constitucional idónea para garantizar el derecho de toda persona a acceder y administrar la información personal, extraída de base [sic] de datos o registros públicos, privados o cuando esos datos sean otorgados por personas individuales o jurídicas que prestan un servicio al público de información de personas, quienes están en posición de autoridad ante el particular, al poseer los mecanismos tecnológicos que permiten el control y manejo de sus datos personales. En estos casos el amparo opera como instrumento constitucional por el que puede instarse la eficacia de los derechos humanos fundamentales, bien para asegurar su cumplimiento ante amenaza inminente de violación, o para restablecer aquellos cuando han sido vulnerados por resoluciones o actos indebidos”.

Es decir, que una persona que se considere amenazada o afectada en la protección de sus datos personales tiene la opción de solicitar amparo contra el presunto transgresor, aun cuando se trate de una persona o entidad privada. 

Adicionalmente, pueden haber otras acciones legales que una persona pueda tomar en resguardo de sus datos personales, dependiendo del contexto o del tipo de relación en que suceda. Por ejemplo, si sucede en el marco de una relación laboral (entre patrono y trabajador), se podría denunciar ante la Inspección General de Trabajo o demandar ante un juzgado laboral. También es posible entablar acciones civiles de daños y perjuicios. El supuesto general sería como daño moral, pero puede haber otros supuestos específicos: por ejemplo, que como causa directa de una violación de datos personales una persona se vea afectada en su acceso al trabajo, al crédito, en su reputación, etc. 

Frente a sujetos obligados (entidades estatales, o privadas que manejan fondos públicos) bajo la Ley de Acceso a la Información Pública puede haber acciones administrativas. Por ejemplo, dicha ley establece deberes específicos respecto de datos personales para los sujetos obligados, por lo que podrían hacerse valer mediante un recurso de revisión en materia de hábeas data (Artículos 30 y 53). La violación de la ley en perjuicio de particulares puede dar lugar a una acción de responsabilidad contra los funcionarios públicos involucrados, en los términos que señalan la Constitución y las leyes. Por otro lado, tanto la Ley de Acceso a la Información Pública como el Código Penal establecen algunas figuras delictivas por las cuales se castigan conductas tales como:

  • La creación de bancos de datos o registros informáticos que puedan afectar la intimidad de las personas; 
  • El uso u obtención no autorizados de datos contenidos en registros informáticos, bancos de datos o archivos electrónicos; 
  • La comercialización o distribución por cualquier medio de archivos de información de datos personales, datos sensibles o datos personales sensibles, sin autorización expresa y por escrito de su titular, que no provengan de registros públicos.

Perspectivas a Futuro

En cuanto a una eventual regulación más amplia de la materia, en agosto de 2022 el Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto 39-2022, Ley Contra la Ciberdelincuencia. Aunque tampoco se refería exclusivamente a la protección de datos personales, incluía varias disposiciones que habrían profundizado su regulación en el país. Sin embargo, el decreto causó preocupación ante posibles violaciones a la libertad de emisión del pensamiento, originando llamados a vetarla. El Congreso, en lugar de enviarlo al Ejecutivo para su promulgación o veto, votó por archivar el decreto, evitando así su entrada en vigor. Por lo que, no sólo esa legislación no entró en vigor, sino que, a la presente fecha, no hay una legislación específica que proteja la intimidad de las personas en cuanto a sus datos personales.

Durante la actual legislatura se han presentado tres iniciativas sobre esta materia:

  • La 6103, Ley Integral de Protección de Datos Personales en Poder de Terceros, que tuvo segundo debate en febrero de 2023 
  • La 6105, Ley de Protección de Datos, que recibió dictamen favorable de comisión legislativa en abril de 2023 
  • La 5921, que tuvo dictamen favorable en noviembre de 2021. 

Dado que las tres cuentan con dictamen, seguirán activas al instalarse la nueva legislatura el 14 de enero de 2024, conforme el Artículo 45 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo. En este sentido, será de estar a la espera del avance legislativo de la actual legislatura, o bien, de la nueva legislatura, en cuanto a la protección de datos en la República de Guatemala.

Las empresas transnacionales son cada vez más conscientes de la necesidad de cumplir con las normas que regulan el tema en cada país donde operan, así como, de implementar buenas prácticas al respecto aún más allá de lo requerido por ley o, incluso, en ausencia de un marco legal específico y pormenorizado.

La falta de tal marco normativo en Guatemala ha hecho necesario que los profesionales jurídicos desarrollen la habilidad de brindar a sus clientes una asesoría acertada y oportuna, a la luz de las reglas y principios generales contenidos en la Constitución y tratados internacionales, la legislación guatemalteca y la jurisprudencia que los desarrolla, familiarizándose además con los estándares y prácticas de la materia implementados en otras jurisdicciones. Este es un esfuerzo de continuo aprendizaje adoptado conscientemente por los profesionales de Mayora & Mayora SC.



Claudia Pereira

Mayora & Mayora
Socia

cpereira@mayora-mayora.com

María Fernanda Morales P.

Mayora & Mayora
Socia

mfmorales@mayora-mayora.com

Carlos Ortega Aycinena

Mayora & Mayora
Asociado

cortega@mayora-mayora.com

Juan Pablo Gramajo

Mayora & Mayora
Asociado

jpgramajo@mayora-mayora.com

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Llega a Guatemala el primer evento de identidad digital dirigido al área legal en Guatemala https://thelawyermagazine.com/llega-a-guatemala-el-primer-evento-de-identidad-digital-dirigido-al-area-legal-en-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=llega-a-guatemala-el-primer-evento-de-identidad-digital-dirigido-al-area-legal-en-guatemala https://thelawyermagazine.com/llega-a-guatemala-el-primer-evento-de-identidad-digital-dirigido-al-area-legal-en-guatemala/#respond Sun, 24 Sep 2023 06:46:06 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5331 Este encuentro es realizado por 5B y el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación (RPSC) del Ministerio de Economía. ¿Se imagina poder firmar documentos...

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Este encuentro es realizado por 5B y el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación (RPSC) del Ministerio de Economía.

¿Se imagina poder firmar documentos desde cualquier lugar, a través de una computadora, tablet o smartphone, a cualquier hora; y, que además, tenga la misma validez que una firma a mano?

¡Es momento de dejar de imaginar y sumarse a la ola de transformación digital para los procesos en Guatemala!

5B, firme con su compromiso de desarrollar alternativas innovadoras para facilitar los procesos de sus clientes y en alianza con el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación (RPSC) del Ministerio de Economía, llevará a cabo el primer 5B Business Day dirigido al área legal en Guatemala, con el objetivo de discutir y construir conocimiento acerca del uso de la firma electrónica avanzada como una herramienta indispensable para los procesos de identidad digital. 

La Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas (Decreto No. 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala) define en su artículo segundo a la firma electrónica avanzada como: 

Los datos en forma electrónica consignados en una comunicación electrónica o adjuntados o lógicamente asociados al mismo, que puedan ser utilizados para identificar al firmante con relación a la comunicación electrónica e indicar que el firmante aprueba la información recogida en la comunicación electrónica.

Además, la firma electrónica cumple los requisitos siguientes:

  1. Estar vinculada al firmante de manera única;
  2. Permitir la identificación del firmante; 
  3. Haber sido creada utilizando los medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control;
  4. Estar vinculada a los datos a que se refiere, de modo que cualquier cambio ulterior de los mismos sea detectable.

Estas acciones, acercan no solamente al sector legal del país, sino paulatinamente a toda Guatemala, hacia una cultura de reducción de papel y firmas manuscritas, permitiendo una gestión eficiente de los recursos, plazos y tiempo de las personas.

En concordancia con la anteriormente expuesto, 5B, como un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) autorizado por el RPSC, pone al servicio de la población guatemalteca; y, puntualmente al sector legal en esta ocasión, su propia herramienta de identidad digital: FID5B, con la cual podrán firmar documentos electrónicos fácilmente, desde cualquier lugar y a través de todo dispositivo electrónico. FID5B cuenta a la fecha con más de 50 mil usuarios atendidos y con cerca de 250 instituciones que confían en sus servicios.

El conferencista principal de este encuentro será Donald D. Márquez, consultor de estrategia de implementación de servicios electrónicos de confianza en Europa y América Latina. Con 20 años de experiencia en el sector público, privado, multilateral y académico, trayectoria como asesor de misiones gubernamentales, multinacionales y entes de cooperación internacional como el Banco Mundial, Millennium Challenge Corporation y Fondos de Cooperación de la Unión Europea para el desarrollo basado en tecnología. Donald representa a Grupo Namirial y llega a Guatemala desde España.

Este evento diseñado para el sector legal guatemalteco, se desarrollará a lo largo de una jornada formación académica e intercambio profesional, que permitirá a los participantes conocer sobre las garantías de la firma electrónica avanzada y los servicios de certificación en el país, sus fundamentos jurídicos, las bases legales y la situación actual a nivel país.

Autor:

5B


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El concepto de gestión patrimonial va más allá de la gestión financiera https://thelawyermagazine.com/el-concepto-de-gestion-patrimonial-va-mas-alla-de-la-gestion-financiera/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=el-concepto-de-gestion-patrimonial-va-mas-alla-de-la-gestion-financiera https://thelawyermagazine.com/el-concepto-de-gestion-patrimonial-va-mas-alla-de-la-gestion-financiera/#respond Thu, 21 Sep 2023 06:44:43 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=5295 Con un doctorado en economía y años de experiencia en gestión patrimonial, Adrián Licht es el catedrático de Gestión Patrimonial para el LLM de la...

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Con un doctorado en economía y años de experiencia en gestión patrimonial, Adrián Licht es el catedrático de Gestión Patrimonial para el LLM de la Escuela de Negocios en la Universidad Francisco Marroquín. Según Adrián, la base fundamental del concepto es su definición, más profunda como tal que una gestión financiera. 

La gestión patrimonial abarca no solamente la planeación y administración del proceso de inversión financiera y gestión de riesgos, sino también la planificación y administración de la sucesión patrimonial, la gobernanza familiar, la transmisión de conocimiento y experiencia, relaciones, principios y valores, para alcanzar los objetivos de quienes poseen el patrimonio.

«En última instancia, la gestión patrimonial persigue alcanzar un objetivo».

Ese objetivo incluye, en muchos casos, la transmisión de elementos tangibles e intangibles, los cuales constituyen el legado de quienes poseen el patrimonio.

Para alcanzar dicho objetivo, Adrián habla sobre la importancia de crear un equipo de profesionales expertos en el área. En su experiencia ha visto la gran diferencia que hay entre tener abogados en el equipo de gestión patrimonial con una visión completa del área de trabajo o no tenerlos.

Es decir: sin importar el tipo de estructuras que se elaboren para un patrimonio, insiste en la importancia del abogado como parte del diseño de estas: por ejemplo, la elaboración del documento de políticas de inversión o el diseño de las estructuras jurídicas de los vehículos de inversión. Cuando el abogado del equipo tiene una formación financiera, puede ser cocreador de las herramientas que ayudarán a sus clientes a alcanzar el objetivo del patrimonio. 

«He visto la gran diferencia existente cuando el abogado tiene los conocimientos suficientes, porque tiene el criterio como para decir: “¡momento! aquí hay diferentes ciudadanías, impuestos, normas fiscales, etc.”».

El rol del abogado en estas circunstancias es ofrecer una visión macro y completa para poder asesorar a sus clientes de la forma más adecuada. Según Adrián, ese es el objetivo del sólido currículo en el LLM de la Escuela de Negocios: que sus alumnos puedan orientar a sus clientes en los diferentes elementos normativos, jurídicos y fiscales de cada estructura patrimonial. 

«La planificación de toda esa gestión es un tema complejo y elaborado: lleva tiempo e implica la participación de muchas partes».

Por eso Adrián considera que la formación en gestión patrimonial es un campo que todos los abogados deberían aprender a participar. Además, es un área en constante evolución, crecimiento e innovación, y que también permite a los abogados explorar nuevos enfoques en su carrera, incluso para aprender sobre normativas en otras jurisdicciones y países de las distintas estructuras financieras.  

«Saber finanzas es esencial para ser parte del diseño de la gestión patrimonial. Entender las relaciones entre lo que ocurre en la economía mundial y local, los riesgos que eso implica y lo que pasa con el patrimonio». 

Aunque un abogado trabaje en un bufete, por ejemplo, «es este un campo que está creciendo en el mundo y donde resulta ineludible la participación de expertos jurídicos».



Autor:

Adrián Licht 


adrian.licht@ufm.edu


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Congreso Latinoamericano de Derecho Financiero – COLADE 2023 https://thelawyermagazine.com/congreso-latinoamericano-de-derecho-financiero-colade-2023/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=congreso-latinoamericano-de-derecho-financiero-colade-2023 https://thelawyermagazine.com/congreso-latinoamericano-de-derecho-financiero-colade-2023/#comments Wed, 23 Aug 2023 19:14:10 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4970 ¿Te apasiona el derecho financiero y quieres estar al día de las últimas tendencias y desafíos del sector? No te puedes perder el 42° Congreso...

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¿Te apasiona el derecho financiero y quieres estar al día de las últimas tendencias y desafíos del sector?


No te puedes perder el 42° Congreso Latinoamericano de Derecho Financiero, COLADE 2023, el evento más importante de la región para los profesionales del ámbito jurídico-financiero. Además, podrás disfrutar de la belleza y el encanto de La Antigua, Guatemala, declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

La Federación Latinoamericana de Bancos (Felaban) junto con la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG) y The Lawyer Magazine, como media partner, organizan este encuentro del 11 al 12 de septiembre de 2023, donde profesionales del más alto nivel en materia de derecho bancario y financiero, intercambiarán experiencias y conocimientos en torno a temas coyunturales y de impacto para el sector financiero.

Una agenda completa en contenido, con paneles de discusión, conferencias magistrales especializadas que abordarán temas de vanguardia en derecho financiero y bancario de la región.

✅ Inscripciones: https://coladeguatemala.com/home



La Federación Latinoamericana de Bancos, FELABAN

es una institución sin fines de lucro, constituida en 1965 en la ciudad de Mar del Plata, República Argentina. Agrupa, a través de sus respectivas asociaciones en 19 países del continente, a más de 623 bancos y entidades financieras de América Latina.

Objetivos:

Fomentar y facilitar el contacto, el entendimiento y las relaciones directas entre las entidades financieras de América Latina, sin consideración sobre asuntos de política interna de cada país.

  • Contribuir por conducto de sus servicios técnicos a la coordinación de criterios y a la unificación de usos y prácticas bancarias y financieras en general en Latinoamérica.
  • Cooperar dentro de las actividades que le son propias, al más eficaz desarrollo económico de los países latinoamericanos y al de los movimientos de integración económica en que participen.
  • Propender por todos los medios a su alcance el desarrollo y bienestar de los países en que radiquen sus miembros.
  • Propender por una mayor profundización financiera y mayor acceso de los grupos poblacionales de menor ingreso a los servicios financieros como forma de contribuir a la disminución de la pobreza en los países latinoamericanos.

La Asociación Bancaria de Guatemala –ABG

Es la Asociación civil y de carácter gremial, integrada por todas las entidades Bancarias y Sociedades Financieras Privadas autorizadas para operar en Guatemala. Fue constituida el 8 de septiembre de 1961 y es Miembro Fundador de la Federación Latinoamericana de Bancos –FELABAN-, en la que tiene representación a través de sus Comités Técnicos.

Principales Objetivos:

  • Defender y velar por los intereses de sus miembros oportuna y diligentemente.
  • Emitir opinión sobre los proyectos de ley y reglamentos, que en materia financiera o relacionados con el sistema bancario surgieren, así como gestionar ante las autoridades y organismos respectivos la emisión de aquellas disposiciones que considere convenientes, o la modificación de las existentes.
  • Propugnar por la modernización de las prácticas bancarias y de los instrumentos financieros, para propiciar el ahorro y estimular la inversión en proyectos que beneficien el desarrollo económico nacional.
  • Velar porque se mantengan las mejores condiciones financieras y de confianza en el País.
  • Velar porque la estructura institucional del sistema bancario, permita el mejor desenvolvimiento de sus actividades en general, en consonancia con las prácticas modernas, tanto a nivel nacional como internacional.
  • Coadyuvar para que el sistema financiero nacional mantenga una corriente fluida de recursos que garanticen el normal desarrollo de las actividades productivas del País.
  • Prestar apoyo a sus miembros asociados a través del servicio de interconexión electrónica bancaria.

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Liderazgo, resolución de conflictos e innovación en la profesión jurídica. https://thelawyermagazine.com/liderazgo-resolucion-de-conflictos-e-innovacion-en-la-profesion-juridica/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=liderazgo-resolucion-de-conflictos-e-innovacion-en-la-profesion-juridica https://thelawyermagazine.com/liderazgo-resolucion-de-conflictos-e-innovacion-en-la-profesion-juridica/#respond Fri, 11 Aug 2023 18:48:54 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4984 Para Marlen Estévez, el liderazgo empieza por el ejemplo. Según la abogada, «predicar con el ejemplo» es la base de un buen líder. Como lo...

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Para Marlen Estévez, el liderazgo empieza por el ejemplo. Según la abogada, «predicar con el ejemplo» es la base de un buen líder. Como lo define, se trata de alguien capaz de guiar a las personas que tiene cerca para invitarlas a actuar.

Ser un líder no solo se trata de enseñar con el ejemplo. También es poder generar un clima adecuado para que la gente a su alrededor se sienta protegida, guiada y motivada a liderar. Como dice Marlen, «el auténtico liderazgo es crear líderes».

Dentro del rol de líder, recalca que lo esencial es la reciprocidad y el acompañamiento que conlleva guiar a un grupo de personas; ser capaz de inspirar a la vez. Y más allá de la inspiración, se trata de promover la acción. Un verdadero líder, además, sabe cómo afrontar los diferentes conflictos que se presentan a lo largo de la vida.

«Los conflictos son inherentes al mundo. Tenemos que ser capaces de convivir en el conflicto y aprender a resolverlo. Eso conlleva diferentes técnicas».

Aunque hay varias técnicas para la gestión en un conflicto, Marlen se enfoca en la habilidad e importancia de definir el tipo de estrategia y el mecanismo a seguir en cada situación. Como existen distintos métodos, como la negociación, la mediación, los tribunales, entre otros, lo primero es tomar en cuenta las circunstancias de cada caso, antes de decidir por qué camino llevar la resolución de un conflicto.

Es justo ahí, en esa búsqueda de la resolución, donde hay espacio para la innovación en el ámbito jurídico. Como dice Marlen, no hay «un solo método ni una sola estrategia» para la resolución de conflictos. Al final, se trata de encontrar los mecanismos que mejor funcionen para cada contexto; la posición del cliente, la fuerza, las preferencias de las partes involucradas, entre otros.

«La innovación no solo es tecnología. Es tratar de dar soluciones a necesidades que no están resueltas. Desde la propia operativa, como a la hora de estructurar una negociación, por ejemplo. Innovar es tratar de mejorar los mecanismos para llegar a resultados más eficientes».

En esa búsqueda constante de innovación, Marlen asegura que lo importante es tratar de generar preguntas que lleven a potenciales soluciones para mejorar. 

«La ley se interpreta conforme al contexto en el que se vive, por lo que se potencia el contexto de cara al tema en cuestión». 

Con respecto a la tecnología que se está desarrollando en el ámbito jurídico, el legaltech, Marlen resalta que la clave es diferenciar las ocasiones donde la tecnología y la estrategia de un abogado aportan valor. Juntos, «tenemos que ser capaces de ofrecer esa adaptación a nuestros procesos y a los clientes». 

Marlen estará impartiendo un taller sobre liderazgo, resolución de conflictos e innovación en la profesión jurídica, el lunes 11 y martes 12 de septiembre, en la Escuela de Negocios de la UFM. Para más información, haz clic aquí.


Taller sobre liderazgo, resolución de conflictos e innovación en la profesión jurídica

Impartido por Marlen Estévez, presidenta de Women in a Legal World

El taller tiene por objeto formar líderes, no solo en temas de gestión y estrategia, sino también en ética, principios y valores que permitan desarrollar un modelo productivo más sostenible y perdurable en el tiempo, que genere valor social, ambiental, tecnológico y económico.

El mundo se enfrenta a nuevos riesgos y retos que requieren líderes cualificados, innovadores y humanistas.

Los objetivos de desarrollo sostenible, dentro del marco de la Agenda 2030, son una excelente oportunidad para las empresas e instituciones de contribuir al desarrollo de las mismas, de manera activa y acorde con su objeto de negocio o actividad principal. Solo de esta manera podrán hacer una contribución real y efectiva.

Asimismo, el objetivo del taller sobre liderazgo es poner a prueba las creencias y suposiciones, superar los sesgos emocionales y racionales, examinar escenarios de negociación complejos y descubrir una variedad de estrategias de negociación competitivas y cooperativas.

Impartido por Marlen Estévez

Socia y directora del Departamento de Litigación, Arbitraje y Mediación, y miembro del consejo de administración de la firma RocaJunyent. También es fundadora y presidenta de Women in a Legal World.

Cuenta con una prolífica carrera de ámbito internacional como experta en resolución de conflictos. Además, es experta en materia concursal y compagina su carrera con el desempeño de puestos directivos en el Consejo de Abogados Europeos y la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación Iberoamericana. Es asimismo miembro del consejo asesor de universidades, editoriales, cortes arbitrales y organizaciones como Endeavor.

También es profesora de arbitraje y mediación en IE University, la Universidad Pontificia Comillas, la Universidad Carlos III de Madrid y la Universidad Politécnica de Madrid, entre otras.

Es autora de múltiples publicaciones. Estudió derecho y administración de empresas en ICADE, Universidad Pontificia Comillas, y en Suiza. Cuenta con programas de alta dirección, gestión y liderazgo de Esade, Wharton Executive Education y Harvard University.

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Congreso Regional de Innovación Tecnológica y Banca Digital CORETIC 2023 https://thelawyermagazine.com/congreso-regional-de-innovacion-tecnologica-y-banca-digital-coretic-2023/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=congreso-regional-de-innovacion-tecnologica-y-banca-digital-coretic-2023 https://thelawyermagazine.com/congreso-regional-de-innovacion-tecnologica-y-banca-digital-coretic-2023/#respond Tue, 18 Jul 2023 18:42:10 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4961 Accede a la invitación gratuita presencial y virtual aquí: https://congresosvirtualesebg.gt/ Los días 18 y 19 de julio de 2023, en horario de 8:00 a 18:30...

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Accede a la invitación gratuita presencial y virtual aquí: https://congresosvirtualesebg.gt/

Los días 18 y 19 de julio de 2023, en horario de 8:00 a 18:30 horas, en MODALIDAD PRESENCIAL y VIRTUAL, estarán llevando a cabo el CONGRESO REGIONAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Y BANCA DIGITAL –CORETIC-2023– en su Décimo Tercera edición, y el CONGRESO REGIONAL DE SEGURIDAD BANCARIA Y FINANCIERA -CORESEB 2023- en su Décimo Segunda edición.

En Modalidad Presencial se realizará el día 18 en el Salón Las Naciones del Hotel Barceló Guatemala City y en Modalidad Virtual el día 19. ¡Esperamo contar con tu participación!

Accede a la invitación gratuita aquí: https://congresosvirtualesebg.gt/

19 de julio del 2023 08:15:00 AM

PROGRAMA ACADÉMICO

VIRTUAL

Seguridad Bancaria y Financiera

08:30:00 AM

Carlos Artiga

Ingeniero en sistemas y Magister en Base de Datos Experto en Ciberseguridad

BANRURAL

Guatemala

La mujer en Latinoamérica y su relación con las finanzas

09:00:00 AM

Hector Deambrosi

Latam Head of Sales

Infocorp

Uruguay

Threat hunting: capturando a los actores de amenazas antes de que ataquen

09:30:00 AM

Mauricio Londoño

LATAM Technical Specialist

ManageEngine LATAM

Colombia

Data-Driven CX: Transformando los productos y soluciones con el poder del Big Data​

10:00:00 AM

Mauricio Chamorro

Business Development Manager VOC Analytics y Productividad de Sixbell

Sixbell

Chile

Servicios Financieros en la Era Digital

10:30:00 AM

Juan Ramón Fermán

Gerente de Arquitectura y soluciones

Redsoft

El Salvador

Modernice la infraestructura bancaria central con Red Hat

11:00:00 AM

Jorge Luis Andrade Escobar

It Manager

ITM

Guatemala

Soluciones para el Crecimiento Exponencial de Almacenamiento de Datos

11:30:00 AM

Matias Torres

Desarrollador del negocio de sistemas empresariales

Seagate- FRT

Chile

Almuerzo

12:00:00 PM

Guatemala

Construir para Resistir

03:00:00 PM

Julián Arango

Territory Sales Manager

Fluid Attacks

Colombia

19 de julio del 2023 03:30:00 PM

Ciberseguridad 360

VIRTUAL

03:30:00 PM

Ronald Amthor

Founder & Managing Partner

Amthor Risk Partners Limited

United Kingdom

03:30:00 PM

Adriana Durán

Regional Sales Manager LATAM

BlueVoyant LLC

Colombia

03:30:00 PM

Ian Shaw

Central America and Caribbean Manager

Hitachi Vantara

Panama

19 de julio del 2023 04:00:00 PM

PROGRAMA ACADÉMICO

VIRTUAL

Inteligencia de Negocio y Protección de Datos a través del Gobierno de Datos

04:00:00 PM

Evelyn Donis

Information and Cyber security Senior consultant

Estrategia y Seguridad

Guatemala

Ciberseguridad como servicio, solución al actual panorama de amenazas

04:30:00 PM

Jairo Pantoja

Ingeniero senior Sophos Centro América y Caribe

Sophos- ZEUGYS NETWORK

United States

DRP con Arcserve: Recuperación de sistemas críticos al instante

04:50:00 PM

Alejandro Sierra

Sr, Presales Consultant – Mexico, Central America & The Caribbean

Arceserve- ZEUGYS NETWORK

Mexico

19 de julio del 2023 05:10:00 PM

Verificación de identidad efectiva y segura para evitar el fraude: Protegiendo el Sistema Financiero

VIRTUAL

05:10:00 PM

Francisco Montalvo

Middle Office Manager

NA-AT Technologies

Mexico

05:10:00 PM

Regina Arleth Molina

Business Development Manager LATAM

NA-AT Technologies

El Salvador

19 de julio del 2023 05:40:00 PM

PROGRAMA ACADÉMICO

VIRTUAL

Teléfono descompuesto, ¿que tanto nos puede afectar?

05:40:00 PM

Representante

Fundador y CEO

Devel System

Guatemala

Conclusiones del evento

06:10:00 PM

Guatemala


TEMARIO PRELIMINAR

TRANSFORMACIÓN DIGITAL

  1. Panel de Expertos: Los nuevos retos de la transformación digital.
  2. Banca Digital y los nuevos ecosistemas financieros.
  3. El rol de los CEO en la transformación digital.
  4. La transformación digital y como ayuda a mejorar la experiencia financiera del cliente.
  5. Billeteras digitales y los nuevos medios de pago (Códigos QR).
  6. Los datos y la tecnología el apoyo para un fututo financieramente inclusivo.
  7. Como realizar la transformación digital exitosamente en la era de las decisiones.
  8. Neobancos Lecciones por aprender para acelerar la transformación digital de mi banco.

CIBERSEGURIDAD

  1. Nuevas formas y tipologías de fraudes cibernéticos.
  2. Administración del riesgo tecnológico JM 104-2021.
  3. Nuevas tendencias de autenticación para los usuarios de la banca en línea.
  4. La evolución de la ciberseguridad en los servicios financieros.
  5. Los medios de pago y la tecnología para hacer transacciones seguras.
  6. Ciberseguridad en la nueva normalidad – Retos, Tendencias y estrategias.
  7. Sistemas para gestionar los incidentes de Ciberseguridad.
  8. Gestión y Gobierno de la información.

INNOVACIÓN

  1. Sistemas Financieros Exponenciales y Open Banking.
  2. Ecosistemas digitales en la banca.
  3. Estrategias efectivas y la utilización de las API’s.
  4. La automatización de los procesos en los sistemas financieros.
  5. Tecnología Blockchain y el uso en los sistemas financieros.
  6. Fintech Panel de expertos.
  7. Experiencia del Cliente Como el banco puede marcar diferencias.

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Guatemala Revierte Su Jurisprudencia Constitucional Respaldando El Arbitraje Societario https://thelawyermagazine.com/guatemala-revierte-su-jurisprudencia-constitucional-respaldando-el-arbitraje-societario/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=guatemala-revierte-su-jurisprudencia-constitucional-respaldando-el-arbitraje-societario https://thelawyermagazine.com/guatemala-revierte-su-jurisprudencia-constitucional-respaldando-el-arbitraje-societario/#respond Mon, 05 Jun 2023 22:11:42 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4907 El arbitraje societario es comúnmente utilizado en varias jurisdicciones para resolver los conflictos que surgen en el seno de las sociedades, en temas relacionados por...

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Beatriz Pimentel
bpimentelr@gmail.com

El arbitraje societario es comúnmente utilizado en varias jurisdicciones para resolver los conflictos que surgen en el seno de las sociedades, en temas relacionados por ejemplo, con los derechos de los accionistas para la distribución de dividendos, el traspaso de acciones, la convocatoria a asambleas e impugnación de las mismas, la exclusión de socios, acciones de competencia desleal realizados por accionistas en detrimento de la sociedad, etcétera.

Cuando los accionistas deciden someter dichas divergencias a arbitraje, generalmente lo hacen incluyendo una cláusula arbitral al constituirse la sociedad; aunque también pueden hacerlo posteriormente, si todos están de acuerdo en someter la controversia a la vía arbitral. 

Las razones por las cuales los accionistas optan por la vía arbitral son muy claras: la celeridad del proceso arbitral, la confidencialidad de las actuaciones que en muchos casos salvaguardan la reputación de la empresa y de las personas involucradas, la confianza en que el fallo será técnico y legalmente bien fundamentado, debido a la especialidad y experiencia de los árbitros nombrados para resolver la litis.

En Guatemala, el procedimiento arbitral está fundado en el artículo 203 de la Constitución, que señala: “La función jurisdiccional se ejerce, con exclusividad absoluta, por la Corte Suprema de Justicia y por los demás tribunales que la ley establezca. (…)”

Por otra parte el artículo 3 de la Ley de Arbitraje, establece que puede ser objeto de arbitraje aquellas materias en que las partes tengan libre disposición conforme a derecho.

En razón de lo expuesto, el arbitraje en materia societaria es totalmente viable en Guatemala.

La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad de Guatemala, establece: “Artículo 43. DOCTRINA LEGAL. La interpretación de las normas de la Constitución y de otras leyes contenidas en las sentencias de la Corte de Constitucionalidad, sienta doctrina legal que debe respetarse por los tribunales al haber tres fallos contestes de la misma Corte. Sin embargo, la Corte de Constitucionalidad podrá separarse de su propia jurisprudencia, razonando la innovación, la cual no es obligatoria para los otros tribunales, salvo que lleguen a emitirse tres fallos sucesivos contestes en el mismo sentido.”

Hasta hace poco, la doctrina legal sentada por la Corte de Constitucionalidad no era favorable al arbitraje societario, sin embargo esa doctrina ha sido revertida, pues actualmente hay 3 sentencias que se pronuncian en favor del arbitraje en ese ámbito. 

Es importante señalar, que en el cambio de dicha doctrina legal, ha sido relevante la modificación del artículo 1039 del Código de Comercio de Guatemala, que entró en vigor el 29 de enero de 2018, y el cual señala de forma contundente: “Vía procesal. A menos que se estipule lo contrario en este Código, todas las acciones a que dé lugar su aplicación se ventilarán en juicio sumario, salvo que las partes hayan convenido en someter sus diferencias a arbitraje, en cuyo caso prevalecerá el acuerdo arbitral sobre cualquier proceso o vía judicial señalada específicamente en este Código o en otras leyes de naturaleza mercantil. (…)”.

Por otra parte el artículo 157 del Código de Comercio, determina: “Derecho de Impugnación. Los acuerdos de las asambleas podrán impugnarse o anularse cuando se hayan tomado con infracción de las  disposiciones de la ley o de la escritura social. Estas acciones, salvo pacto en contrario, se ventilarán en juicio  ordinario.”  Cabe aquí resaltar que si los accionistas acuerdan incluir en la cláusula arbitral que la impugnación o anulación de los acuerdos de las asambleas, sean resueltos por la vía arbitral, es factible porque el citado artículo otorga esa facultad.

Queda claro, que los artículos citados permiten a dirimir las controversias societarias a través del arbitraje.

Las 3 sentencias en que la Corte, ha resuelto en forma favorable al arbitraje societario, son las siguientes:

  1. Sentencia de fecha 23 de marzo de 2017, Expediente 3348-2016, que se refiere a una controversia relacionada con la conversión de acciones al portador en nominativas, y que debía ser resuelta a través de arbitraje, por estar contenida dicha cláusula en los pactos sociales.
  2. Sentencia de fecha 16 de julio de 2020, Expediente 1110-2020, que también se refiere a un caso de conversión de acciones, ya que la escritura social contenía cláusula arbitral. 
  3. Sentencia de fecha 20 de septiembre de 2022, Expediente 4142-2022, que se refiere a la prescripción extintiva, negativa o liberatoria de la obligación de pago de dividendos, en la cual también se pactó el arbitraje en la escritura social. 

Esta última sentencia resulta un hito para el arbitraje societario en Guatemala, pues abre las puertas, para que si las partes han pactado resolver sus controversias societarias por la vía arbitral, puedan acudir a ese foro.

A continuación, una gráfica de la jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad relativa a la materia en cuestión:

ANTECEDENTEEXPEDIENTEOBJETOFECHASENTENCIA
ORDINARIO878-2010Impugna validez de acuerdos en Asamblea ,misma sociedad15/03/2011NO ARBITRABLE ,NO TIENEN DISPOSICIÓN SOBRE INTEGRACIÓN Y FUNCIÓN DE LA SOCIEDAD
ORDINARIO1107-2010Impugna validez de acuerdos en Asamblea ,misma sociedad15/03/2011NO ARBITRABLE ,NO TIENEN DISPOSICIÓN SOBRE INTEGRACIÓN Y FUNCIÓN DE LA SOCIEDAD
ORDINARIO1783-2011Impugna validez de acuerdos en Asamblea ,misma sociedad18/08/2011NO ARBITRABLE ,NO TIENEN DISPOSICIÓN SOBRE INTEGRACIÓN Y FUNCIÓN DE LA SOCIEDAD
ORDINARIO2694-2012Impugna validez de acuerdos en Asamblea ,otra sociedad20/09/2012NO ARBITRABLE ,NO TIENEN DISPOSICIÓN SOBRE INTEGRACIÓN Y FUNCIÓN DE LA SOCIEDAD
SUMARIO (*)3475-2014Sociedad solicita que accionista canjee acciones a nominativas09/12/2014NO ARBITRABLE ,NO TIENE LIBRE DISPOSICIÓN CONFORME A DERECHO
SUMARIO (*)3348-2016Accionista solicita que SA le entregue acciones nominativas23/03/2017SÍ ARBITRABLE ,PRIVA VOLUNTAD DE LAS PARTES ,PACTA SUNT SERVANDA
29/01/2018ENTRA EN VIGOR MODIFICACIÓN ARTICULO 1039PREVALECE ACUERDO ARBITRAL SOBRE VÍA JUDICIAL
SUMARIO6228-2017SA cumplió con poner a disposición información antes AGO21/05/2018NO ARBITRABLE ,CUESTIÓN PROPIA DE FUNCIÓN DE LA SOCIEDAD ,REITERA CRITERIO JURISPRUDENCIAL
SUMARIO1110-2020Accionista solicita que SA le entregue acciones nominativas16/07/2020SÍ ARBITRABLE ,PRIVA VOLUNTAD DE LAS PARTES ,PACTA SUNT SERVANDA



Beatriz Pimentel
bpimentelr@gmail.com

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Así fué el Congreso Regional de la Asociación Bancaria de Guatemala – Lavado de Dinero y Otros Activos https://thelawyermagazine.com/asi-fue-el-congreso-regional-de-la-asociacion-bancaria-de-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=asi-fue-el-congreso-regional-de-la-asociacion-bancaria-de-guatemala https://thelawyermagazine.com/asi-fue-el-congreso-regional-de-la-asociacion-bancaria-de-guatemala/#respond Tue, 23 May 2023 21:05:36 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4861 Congreso Presencial y Virtual de la Asociación Bancaria de Guatemala Este 22 y 23 de mayo del 2023, se llevó a cabó el congreso regional...

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Congreso Presencial y Virtual de la Asociación Bancaria de Guatemala

Este 22 y 23 de mayo del 2023, se llevó a cabó el congreso regional de: Prevención de Lavado de Dinero y Otros Activos.

Luis Samayoa el vicepresidente de la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG), indicó lo siguiente:

“Las lecciones aprendidas en la nueva normalidad han sido motivo para que los distintos entes obligados en los sectores público y privado estén involucrados en un proceso de adaptación de sus sistemas de gestiones de riesgos, con el fin de adoptar prácticas y estándares internacionales que robustezcan sus actividades”


En el evento se tocaron los siguientes temas:

Conocimiento del Beneficiario Final en tiempos de economía digital

Derisking y medios de pago.

Cómo hacer una auditoría interna de prevención de blanqueo de capitales y obtener un diagnóstico efectivo.

FORO: La Gestión de cumplimiento en las APNFD y la exposición para el sector Cooperativo.

Flujos financieros de las economías ilícitas en la región de América Latina y El Caribe.

FORO: Uso de la inteligencia financiera por las autoridades de investigación.

Ciberseguridad, ciberdelincuencia y nuevos retos en materia de prevención de fraudes y lavado de activos.

Nuevas tecnologías.

El proceso de evaluación del GAFILAT, en que consiste, retos, hacia donde vamos.

Gestión de Riesgos LAFT ( activos virtuales (AV) y proveedores de servicios de activos virtuales PSAV) Utilizando aprendizaje de máquinas no supervisado.

El riesgo LA/FT de los criptoactivos, su relación con el ecosistema bancario y cómo gestionarlo oportuna y adecuadamente

El rol de los abogados y contadores en la prevención del lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo.

Cómo aprovechar la gestión de Riesgo Operacional para la gestión de Riesgo de Lavado de activos.

Aciertos y desaciertos en la práctica.

FORO: OFAC Tendencias, riesgos y recomendaciones prácticas


https://ebg.edu.gt


Puedes ver detalles del evento aquí:

https://ebg.edu.gt/inscripcion/a0ed0a6048a4295f21252615f81078f6eba9b35439ea9ed376a14e03784e4fc8

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¿Qué son las “Ciudades de 15 Minutos”? | Desarrollo Inmobiliario con visión de ciudad, comunidad y futuro https://thelawyermagazine.com/que-son-las-ciudades-de-15-minutos-desarrollo-inmobiliario-con-vision-de-ciudad-comunidad-y-futuro/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=que-son-las-ciudades-de-15-minutos-desarrollo-inmobiliario-con-vision-de-ciudad-comunidad-y-futuro https://thelawyermagazine.com/que-son-las-ciudades-de-15-minutos-desarrollo-inmobiliario-con-vision-de-ciudad-comunidad-y-futuro/#respond Thu, 04 May 2023 21:41:36 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4783 En esta última década ha entrado con fuerza y probablemente seguirá haciéndolo, el concepto de la ciudad de 15 minutos, promovido fuertemente por la alcaldesa...

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En esta última década ha entrado con fuerza y probablemente seguirá haciéndolo, el concepto de la ciudad de 15 minutos, promovido fuertemente por la alcaldesa de Paris Anne Hidalgo, quien a su vez se inspiró en la teoría de inicios del siglo pasado del planificador Clarence Perry así como en los trabajos del científico franco colombiano Carlos Moreno.

El concepto detrás de la ciudad de 15 minutos, es que se trata de vivir en un entorno que permita satisfacer las principales necesidades de un ser humano normal, a solo 15 minutos de distancia a pie o en bicicleta, es decir que en esa distancia la persona encuentre servicios y productos indispensables y que aporten a su calidad de vida, como centros educativos, de salud, trabajo, cultura y ocio, supermercados, espacios verdes y para socializar. Pero el concepto va más lejos, se trata de crear entornos en los que se regrese a una vida comunitaria, a vivir en ciudades, pueblos y barrios funcionales, a una escala humana. 

Según Carlos Moreno, esta ciudad del cuarto de hora debe responder entonces a siete funciones primordiales, como son habitar, trabajar, comprar, acceder a la salud, la educación y la cultura y por último, poder descansar en armonía con la naturaleza.

El paradigma es bastante más extenso y profundo, pero en esencia corresponde a lo expuesto. Se trata también de mucho más que una simple tendencia o moda, es y sobre todo en metrópolis congestionadas y con una alta densidad vehicular como es Ciudad de Guatemala, un asunto urgente.

Buscar que el tiempo vuelva a ser de las personas, que las horas del día y la noche se ocupen de modo mayoritario en actividades que aportan valor, como el estudio, trabajo, la vida social y familiar y por supuesto el descanso y no ocupar tanto tiempo en desplazarse de un lugar a otro como ha ocurrido hasta ahora para una parte importante de la población.

Y esto es especialmente relevante para los profesionales y trabajadores, para quienes contar con horas destinadas efectivamente a trabajar es algo vital. Todo lo anterior forma parte importante de las premisas con las que SUR Desarrollos está trabajando en Guatemala. 

La desarrolladora inmobiliaria ha apostado en sus proyectos a crear espacios dinámicos, modernos y conectados, en el sentido de que ha comprendido que quien trabaja necesita también tiempos de relajación, reflexión y socialización y quien habita, debe además trabajar y satisfacer la necesidad de adquirir productos y servicios Toda esta acción e interacción en las cuales los planos de vida, trabajo y descanso, se superponen, SUR Desarrollos las ha implementado en edificios que permiten a sus moradores moverse de modo rápido y liviano, contando con alternativas de calidad y diversidad para vivir y trabajar con un alto estándar de confort y seguridad y además, con oferta de servicios y productos a la mano. Es lo que se conoce como espacios de uso mixto donde SUR Desarrollos ha enfocado sus esfuerzos centrales.

Uno de los nichos principales dentro de los proyectos de SUR Desarrollos, es el segmento profesional, para lo que diseña y construye espacios de trabajo con un alto nivel de confort y calidad. Se trata de satisfacer las necesidades del profesional moderno, en el sentido de poder disponer de oficinas seguras, confortables, sin ruido, limpias, espaciosas y con acceso a conexión virtual robusta, además, salas de reuniones y conferencia en el mismo edificio, todo esto, dentro de un entorno inmobiliario que contempla requerimientos importantes para quien compre o rente en cualquiera de los proyectos de la empresa, es decir, la disponibilidad en el mismo complejo o a solo unos minutos caminando, de cafeterías, restaurantes, tiendas de todo tipo, librerías, gimnasio, espacios verdes, aceras y transporte, entre muchos otros. Opciones que alguien con un ritmo de trabajo intenso, extendido o de alta responsabilidad necesita.

Narama

Un objetivo primordial de SUR Desarrollos, es aportar a la Ciudad de Guatemala con alternativas inmobiliarias que entreguen calidad, seguridad, conectividad y belleza, enriqueciendo por lo mismo la vida de los guatemaltecos que necesitan habitar y trabajar en centros urbanos de alta densidad y espacios metropolitanos relevantes y con un alto potencial peatonal.


El perfil del profesional guatemalteco ha cambiado con los tiempos y eso SUR Desarrollos lo tiene muy presente al momento de elegir los lugares en los cuáles diseñará y construirá un nuevo proyecto inmobiliario. El profesional de hoy es alguien muy exigente en su trabajo pero de igual modo y por lo mismo, es alguien con una gama amplia de intereses, que incluyen la cultura, el deporte, la buena gastronomía, la recreación, en fin, alternativas que solo en centros urbanos de alta densidad y desarrollo, ubicados en zonas específicas de la metrópolis se pueden encontrar.

Airali

Construir en esta clase de espacios acordes a los requerimientos de un profesional exigente, que en un porcentaje importante ha viajado y ya ha tenido de esto en otros lugares, espacios cosmopolitas e integrados, con una movilidad segura y ágil, que incorporan una amplia oferta de servicios y productos, es también un propósito y parte del enfoque central dentro de la estrategia de SUR Desarrollos. La filosofía de la empresa es que para trabajar bien se debe contar con espacios de descanso, ocio y reflexión adecuados y que no impliquen perder tiempo en el desplazamiento. En ese sentido, aplica perfectamente bien el slogan “Good place to work” incorporado en el ADN de la compañía.

En una ampliación del concepto de espacios de uso mixto, una de sus definiciones dice que “se trata en un sentido amplio, de todo desa – rrollo urbano, suburbano o en un solo edificio, que combina usos re – sidenciales, comerciales, cultura – les, institucionales o industriales, donde las funciones están física y funcionalmente integradas, y que además proporciona conexio – nes de un modo equilibrado y ordenado”


En este sentido, se ha incorporado en todos los edificios de SUR Desarrollos, una estructura de juntas directivas independientes para cada grupo o nicho de moradores, con normas y protocolos que hacen la vida placentera tanto a quienes trabajan como habitan en estos. Otro aspecto muy importante en el diseño y construcción de desarrollos inmobiliarios de uso mixto, corresponde al ámbito de lo legal, en ese sentido, están sujetos a una reglamentación y leyes específicas contempladas dentro de los códigos respectivos, como por ejemplo, el apartado “índice de construcción para uso mixto” que forma parte del Plan Regulador del Reglamento de Construcción de la Ciudad de Guatemala.

Lo fundamental en este tema, es que SUR Desarrollos posee un departamento jurídico especializado, que estudia cada proyecto con el objetivo de cumplir con todas y cada una de las normas y leyes que rigen esta clase de construcción en el país, fiel a su rigurosa política y prácticas de ética profesional. Por último, destacar un aspecto esencial, hoy más que nunca, relativo a la inversión necesaria para poder acceder a vivir o trabajar en alguno de los proyectos de SUR Desarrollos, porque uno de los objetivos fundamentales de la empresa es que cada vez más guatemaltecos puedan tener una mejor calidad de vida. En esta línea, destacar que sus proyectos poseen en promedio, el precio tanto de venta como renta de departamentos y oficinas más bajo del mercado. En la actualidad, esto se refleja principalmente en los edificios Narama y Airali.

Sintetizando lo expuesto, se puede decir con toda seguridad que SUR Desarrollos basa su filosofía empresarial en el diseño y construcción de proyectos inmobiliarios con una mirada en las nuevas tendencias e innovaciones y las que ya se asoman al futuro, con el foco en la calidad de vida del habitante de las metrópolis y centros urbanos, en los cuales el lugar que se habita y en el que se trabaja, los lugares en los cuales se adquieren productos y servicios, pero también en los que se disfruta, socializa y descansa, cada vez deben estar más integrados y conectados, formando una sola red, una sola unidad por la que el ciudadano se pueda desplazar de forma ágil, rápida, segura y cómoda.

Así son los edificios de SUR Desarrollos, con belleza arquitectónica y calidad constructiva, modernos, vanguardistas, para usos mixtos, pero sobre todo conectando e integrando; lugares, gente, espacios, cosas, bienes, buscando ser amigables y eficientes.

Por: SUR Desarrollos 
info@sur.gt 
www.sur.gt

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El Ordenamiento Territorial y su importancia en el Desarrollo Inmobiliario | Guatemala https://thelawyermagazine.com/el-ordenamiento-territorial-y-su-importancia-en-el-desarrollo-inmobiliario/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=el-ordenamiento-territorial-y-su-importancia-en-el-desarrollo-inmobiliario https://thelawyermagazine.com/el-ordenamiento-territorial-y-su-importancia-en-el-desarrollo-inmobiliario/#respond Thu, 27 Apr 2023 20:44:52 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4684 El ordenamiento territorial en Guatemala debe importarnos a todos, especialmente a los promotores inmobiliarios. Es un tema que poco se discute, sin embargo, representa el...

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El ordenamiento territorial en Guatemala debe importarnos a todos, especialmente a los promotores inmobiliarios. Es un tema que poco se discute, sin embargo, representa el pilar del desarrollo futuro de la ciudades en la República de Guatemala. 


El ordenamiento territorial y la prestación de los servicios públicos locales le fue encomendado a los municipios en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, facultándolos a emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de tan importante funciones; sin embargo, se reguló pobremente su alcance en el Código Municipal, Decreto 12-2001 del Congreso de la República y sus reformas (carencia que también se evidencia en los Códigos anteriores). 

Un Plan de Ordenamiento Territorial de forma general busca el desarrollo futuro de un territorio de forma planificada y adecuada, generando oportunidades de desarrollo económico y social a todos los habitantes y permitiendo el acceso a los servicios públicos a una población. Para cumplir esas condiciones claves en el desarrollo humano y económico las leyes y normativas deben identificar funciones y obligaciones tanto de los actores públicos como privados en los procesos de urbanización y transformación del suelo. 

El Código Municipal obliga a los municipios “a formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral de sus municipios, y por consiguiente, les corresponde la función de proyectar, realizar y reglamentar la planeación, proyección, ejecución y control urbanísticos, así como la preservación y mejoramiento del entorno y el ornato” (Art. 142), sin embargo, dicho cuerpo normativo poco aporta a la pregunta: ¿Qué comprende el ordenamiento territorial en Guatemala? ¿Cómo cumple su función pública de ordenamiento territorial un municipio?” 

Se puede discutir sobre el contenido que tiene el ordenamiento territorial, principalmente analizando derecho extranjero sobre la materia, sin embargo, cómo ha evolucionado su contenido en la legislación municipal guatemalteca es lo que debe ser de interés para toda persona interesada en el desarrollo urbano de una Ciudad.


El primer Plan de Ordenamiento Territorial fue aprobado por la Municipalidad de Guatemala en octubre de 2008, entrenado en vigencia en enero de 2009. Su contenido difería de otros cuerpos normativos municipales vigentes (principalmente “Reglamentos de Construcción”), trazando una visión a corto, mediano y largo plazo sobre tres ciclos fundamentales del desarrollo urbanístico: 

  • Uso de Suelo (corto plazo), 
  • Obra (mediando plazo), y 
  • Fraccionamiento (largo plazo).

La distribución de sus potenciales de edificación en “zonas generales” también marco un antes y un después en el desarrollo inmobiliario. Dentro de sus pilares teóricos se encuentra el “Transecto”, el cual básicamente permite mayores potenciales de construcción sobre arterias urbanas de mayor jerarquía que tienen la “posibilidad” de albergar sistemas multimodales de transporte (zonas generales G5, G4 y G3) y restringe el desarrollo sobre suelos de riesgo y ambientalmente valiosos (zona general G0 y G1). De esa cuenta, dicho cuerpo normativo puso la primera piedra en “proyectar” y “planear” el futuro del desarrollo urbano de la ciudad de Guatemala. 

No obstante lo anterior, poner en marcha el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala no fue ni es tarea fácil; dicho cuerpo normativo ha tenido que sufrir reformas, sin embargo, es indiscutible que dicho cuerpo normativo puso las bases del futuro desarrollo permitiendo que se diera el proceso de densificación de la Ciudad

Se migró de un modelo de desarrollo que principalmente constituía en extenderse a lo largo del horizonte, a un modelo de “Ciudad Compacta y Densificada”. La carencia de nuevo suelo urbanizable en la ciudad de Guatemala demandó que el municipio habilitará y habilite una densificación de sus suelo urbanos con mejor infraestructura de soporte (zona 4, 9, 10, 13, 14 y 15); incentive el desarrollo de sectores céntricos con potencial alto de mejora de su infraestructura o de interés histórico (1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 11, 12 y 19), y promueva que en suelos no urbanizados surja el desarrollo inmobiliario (zona 16, 17 y 18 y 21; inclusive zona 24).

Sin embargo, ¿Qué rol cumple la normativa municipal en el desarrollo inmobiliario de la ciudades? Dependiendo a quién se pregunte y cuál sea su filosofía sobre los derechos de propiedad, se pueden tener distintas respuestas. No obstante, es incuestionable que “en la práctica y en la ciudad de Guatemala” la norma modeló una Ciudad que en el pasado no se ha había previsto, y su desarrollo actual se montó sobre infraestructura de soporte planificada “existente” y “proyectada” administrada por la autoridad pública. 

Dejando en evidencia que el actuar municipal constituye un “tema” de interés para todos los que quieren “invertir” y “desarrollar” en la Ciudad. Se hace hincapié a lo anterior, ya que comprender la función pública y el alcance del ordenamiento territorial en la República de Guatemala constituye una de las lecciones que dio la Municipalidad de Guatemala a la colectividad. Haberse atrevido a cambiar el “estatus quo” y las “reglas del juego” fue lo que marcó el cambio para muchos municipios del país, por lo que debe ser de interés de todos los desarrolladores inmobiliarios que otros municipios puedan profundizar sobre su propio desarrollo territorial.

La oportunidad de transformación de los territorios es única (el suelo es finito) y no se debe tomar a la ligera ni dejarla al tiempo. No tener un claro panorama de su desarrollo puede truncar su futuro desarrollo. La previsión de infraestructuras y equipamientos en el territorio debe analizarse por todos los municipios con el objeto que esa función pública de ordenar el territorio y de prestar servicios públicos locales pueda cumplirse. 

Las personas responsables de dichos instrumentos normativos son las autoridades municipales quienes deben conformar equipos técnicos especializados en la disciplina de planificación del territorio (o contratar los servicios profesionales de los que conozcan en la materia), quienes en trabajo conjunto con la ciudadanía tienen la función de definir los objetivos territoriales, sociales, ambientales y económicos que se desean alcanzar. 

Hoy en día, es difícil pensar que en el municipio de Guatemala no tenga “sus zonas generales” reguladas (sus reglas del juego), sin embargo, aun quedan muchos municipios que no han trazado su visión a largo plazo, y es de importancia de todos los propietarios, usuarios, vecinos y ciudadanos de la República de Guatemala requieran que todos los municipios inicien su proceso de aprendizaje en el tema; y con fuerza, insten procesos para conocer su territorio, permitiéndoles delinear su desarrollo futuro. Se puede enumerar muchas dificultades que los municipios pueden afrontar al realizar e implementar sus planes de ordenamiento territorial, sin embargo, se listan las siguientes: 

  1. La falta de un marco jurídico nacional y por tanto local que defina herramientas de gestión del territorio que permita alcanzar los objetivos trazados, 
  2. La incomprensión por parte de la ciudadanía de la función pública de ordenar el territorio a nivel municipal, metropolitano y nacional, ya que los resultados suelen verse o sentirse a largo plazo, que es donde queda demostrado cómo el ejercicio continuo de acciones planificadas en el territorio generarán una adecuada dotación de los servicios públicos, infraestructura para la productividad y un desarrollo humano para todas las personas, y
  3. La carencia de una base catastral adecuada y demás competencias técnicas necesarias para el correcto estudio del territorio y elaboración de propuestas técnicas con sostenibilidad financiera y territorial para las acciones a corto plazo pero con visión e incidencia a largo plazo.

Sin embargo, las dificultades anteriores se solventan con capacitación y socialización de los beneficios y responsabilidades que tenemos todos los ciudadanos en todos los niveles para superar los retos en la materia. El ordenamiento territorial es un proceso continuo, que demanda espacios de diálogo, que permitan mediar y lograr resolver los conflictos que de manera natural existen en las limitaciones individuales que deben atenderse, buscando el bienestar general en el uso y aprovechamiento del territorio que busca ser ordenado. 


La valorización del suelo (esa plusvalía deseada por todos) hoy en día está en manos de los promotores inmobiliarios (especialmente en el interior del país), teniendo sus aciertos y desaciertos, sin embargo, otros Estados Latinoamericanos (Colombia y Brasil)  nos han demostrado que a través de procesos de ordenamiento territorial “públicos y privados” profundos han transformado sus territorios, los han vuelto más competitivos y consecuentemente, han mejorado sustancialmente la calidad de vida de sus habitantes, generando un valor agregado incuestionable en todos los suelos urbanos y rurales en donde se han instado dichos procesos. 

Haber “aceptado” las reglas del juego puestas por la Municipalidad de Guatemala ha provocado un cambio en el desarrollo inmobiliario de la Ciudad. Dicha aceptación requirió un “pacto social”, pero también requirió de una curva de aprendizaje por parte de la autoridad pública y todos los promotores inmobiliarios. Sin lugar a duda, los planes de ordenamiento territorial a escala local, zonal, interzonal y municipal puede delinear un alentador y futuro desarrollo de los territorios, y para ello, todos los participantes (sector público, propietarios, desarrolladores, constructores y vecinos) deben promover, facilitar y generar las “reglas” que habiliten un ordenado desarrollo, con una visión a mediano y largo plazo, previendo principalmente aquellas infraestructuras de soporte (vías públicas, sistemas de drenajes y alcantarillado, colectores, plantas de tratamiento, parques) y servicios públicos (electricidad, transporte público y agua) que permitan un adecuado desenvolvimiento de cada uno de los actores del desarrollo inmobiliario y que genere una mejor calidad de vida para todos y un mejor escenario de desarrollo urbano y territorial para el país.

Luis Pedro Bermejo Quiñonez

• Master en Derecho Internacional de los Impuestos
• Experiencia en asesoría legal en derecho inmobiliario y ordenamiento territorial.

lpbermejo@bermejo-bermejo.com

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Edson Ovidio López Ortiz
Socio| Partner
edlopez@ecija.com

La piedra angular del arbitraje sin duda alguna es la voluntad de las partes y sin acuerdo arbitral, no hay arbitraje.

Según el artículo 10 de la Ley de Arbitraje de Guatemala -que sigue la Ley modelo UNCITRAL, utilizada prácticamente de forma universal-, el acuerdo arbitral debe constar por escrito mediante distintas formas: En el mismo contrato, a través de intercambio de correspondencia o bien mediante el intercambio de escritos de demanda y contestación de demanda -cuando se afirme la existencia del acuerdo arbitral y no sea negado por la otra parte-.

Sin embargo, ni la Ley de Arbitraje de Guatemala y me atrevo a afirmar que ninguna otra en el mundo, regula que el acuerdo arbitral -y consecuentemente la voluntad de las partes- provenga directamente de una disposición legal. Y sin embargo, en Guatemala existe una regulación en ese sentido: El artículo 291 del Código de Comercio (“el artículo 291”).

El artículo 291 es un “espécimen raro” en arbitraje, pues determina que cuando las partes de un contrato de agencia, distribución o representación no se pongan de acuerdo en el monto de la indemnización que deba pagarse por los daños y perjuicios causados por la terminación del mismo, la indemnización se determinará en arbitraje salvo pacto en contrario.

El texto de esta disposición legal fue modificado en el 2006 a raíz de la implementación del compromiso adquirido por Guatemala en el DR-CAFTA de modificar algunas leyes internas, para fomentar la atracción de inversiones.

Fue así como Guatemala inicio la aventura de privilegiar el arbitraje sobre la jurisdicción ordinaria, aún cuando no existiera ningún convenio arbitral. Sin embargo, Guatemala no está sola en esta aventura, pues en el 2011 Honduras promulgó la Ley Para la Promoción y Protección de Inversiones, en cuyo artículo 29 también instauró el arbitraje como vía primigenia para resolver disputas, no solo en contratos de distribución, agencia o representación, sino a un espectro de disputas más amplio: entre accionistas, de inversionistas entre sí, en materia de Propiedad Intelectual, prácticas anticompetitivas y/o competencia desleal y disputas de Propiedad Raíz.

Honduras fue un paso más allá y aclaró que el arbitraje procede en estas materias haya o no convenio. En el caso de Guatemala el artículo 291 no fue tan explícito, pues simplemente se limitó a indicar que el arbitraje aplica salvo que exista pacto en contrario.

En su momento el artículo 291 fue impugnado mediante una inconstitucionalidad general [1], sin embargo, la Corte de Constitucionalidad de Guatemala la rechazó al considerar que dicha disposición no limitaba la posibilidad de acudir a la vía judicial y en cualquier caso, como los contratos de agencia, distribución y representación son de carácter mercantil, la voluntad de las partes debe prevalecer. Es decir, si las partes no plasman de forma explícita la forma en que desean dirimir sus controversias, se entiende que han optado la aplicación del artículo 291 y en consecuencia, el arbitraje.

En la práctica este tipo de disputas conlleva una serie de retos implícitos que genera un arbitraje muy especializado, en el que -cuando menos- hay que considerar lo siguiente:

  • Aún si el contrato no se encuentra plasmado por escrito, es completamente válido por ser de naturaleza mercantil. Entonces, nos encontramos frente a un arbitraje en el que además de la inexistencia de cláusula arbitral per se, tampoco existe un contrato que regule de forma clara las obligaciones de las partes, lo que suele generar un elemento adicional de discusión en el proceso.

  • Si el contrato no consta por escrito, en algunos casos también se discute sobre si el mismo es de naturaleza distinta -al de agencia, distribución o representación- y por ende no le es aplicable el artículo 291 y la consecuente prevalencia del arbitraje sobre la jurisdicción ordinaria.

  • Si el contrato no consta por escrito, sino solamente existe intercambio de documentación y comunicaciones, también se puede discutir sobre quienes son las partes contractualmente obligadas.

  • El artículo 291 no regula las normas procedimentales que deben aplicarse al arbitraje, por lo que salvo que las partes dispongan lo contrario, el arbitraje debe ser resuelto en derecho según la Ley de Arbitraje de Guatemala. En función de lo anterior, nos encontramos frente a un arbitraje de derecho, en el que la indemnización debe ser determinada en equidad [2], por el Tribunal Arbitral. Los expertos de quantum y un Tribunal Arbitral experimentado se convierten en elementos indispensables.

  • La falta de un acuerdo arbitral per se, puede ser la razón para que se deniegue el reconocimiento y ejecución del laudo en una jurisdicción distinta a Guatemala, pues la Convención de New York y la Convención de Panamá sobre reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales, exigen como requisito la existencia de un acuerdo arbitral.

Aunque sea difícil de creer, tanto en Guatemala como en Honduras, existe una gran cantidad de contratos de distribución, agencia o representación que no se encuentran plasmados en un documento escrito o bien aun existiéndolo, no se reguló de forma expresa el foro ante el que se deben resolver las disputas.

El arbitraje entonces es la vía en la que inexorablemente muchísimas disputas de esta naturaleza serán resueltas. Ante este escenario, la recomendación obvia es cuando menos, conocer las particularidades de este tipo de arbitraje y saber cómo abordarlas de forma apropiada, para incrementar las probabilidades de obtener un resultado favorable.



[1] Corte de Constitucionalidad. Expediente 1316-2012.

[2] Artículo 291 literal a) del Código de Comercio de Guatemala.


Edson Ovidio López Ortiz
Socio| Partner
edlopez@ecija.com

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Corpolex | Ganadora de Firma del Año en Guatemala https://thelawyermagazine.com/corpolex-ganadora-de-firma-del-ano-en-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=corpolex-ganadora-de-firma-del-ano-en-guatemala https://thelawyermagazine.com/corpolex-ganadora-de-firma-del-ano-en-guatemala/#respond Tue, 28 Mar 2023 21:48:12 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4732 Corpolex es una firma boutique con más de 10 años de experiencia, que ofrece a sus clientes un servicio innovador, utilizando como ventaja competitiva la...

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Corpolex es una firma boutique con más de 10 años de experiencia, que ofrece a sus clientes un servicio innovador, utilizando como ventaja competitiva la responsabilidad, comunicación asertiva y búsqueda de soluciones confiables. Dicha firma sobresale por su participación en asesoría de franquicias y cuenta con excelentes referencias por parte de reconocidos clientes, esto gracias a su excelente servicio en el área notarial, corporativa y comercial.

El 13 de octubre de 2022, se celebró la Gala de Aniversario 2022, en San Salvador, El Salvador; en la cual tanto The Lawyer Magazine como Derecho y Negocios otorgaron importantes premios y reconocimientos en el ámbito jurídico y empresarial. Desde ya agradecemos a Derecho y Negocios, permitirnos ser parte de tan prestigioso evento.

Esta gala fue una noche marcada por los valores; la misma inició con un gran discurso de Manuel Carranza, Presidente de Derecho y Negocios, en la cual de una forma muy clara resaltó la importancia de los valores en el despeño de la profesión de los abogados y empresarios, que son un pilar de la sociedad.

Luego, dicha velada transcurrió de una forma impecable permitiendo a los asistentes sentirse en casa, y esto fue muy importante para quienes llegaron de Guatemala a El Salvador, para participar en tan prestigioso evento. La noche terminó con un cóctel que permitió una muy valiosa experiencia de network regional.


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GALA DE PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS – The Lawyer junto con Derecho y Negocios https://thelawyermagazine.com/gala-de-premios-y-reconocimientos-the-lawyer-junto-con-derecho-y-negocios/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=gala-de-premios-y-reconocimientos-the-lawyer-junto-con-derecho-y-negocios https://thelawyermagazine.com/gala-de-premios-y-reconocimientos-the-lawyer-junto-con-derecho-y-negocios/#respond Mon, 27 Mar 2023 23:36:00 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4724 El 13 de octubre de 2022, se celebró la Gala de Aniversario 2022, en San Salvador, El Salvador; en la cual tanto The Lawyer Magazine...

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El 13 de octubre de 2022, se celebró la Gala de Aniversario 2022, en San Salvador, El Salvador; en la cual tanto The Lawyer Magazine como Derecho y Negocios otorgaron importantes premios y reconocimientos en el ámbito jurídico y empresarial. Desde ya agradecemos a Derecho y Negocios, permitirnos ser parte de tan prestigioso evento.

Esta gala fue una noche marcada por los valores; la misma inició con un gran discurso de Manuel Carranza, Presidente de Derecho y Negocios, en la cual de una forma muy clara resaltó la importancia de los valores en el despeño de la profesión de los abogados y empresarios, que son un pilar de la sociedad.

Luego, dicha velada transcurrió de una forma impecable permitiendo a los asistentes sentirse en casa, y esto fue muy importante para quienes llegaron de Guatemala a El Salvador, para participar en tan prestigioso evento. La noche terminó con un cóctel que permitió una muy valiosa experiencia de network regional.

En las categorías de Guatemala, los ganadores fueron los siguientes: 

1. Firma del Año: Corpolex

Equipo de Corpolex liderado por Edna Alburez (centro)

Corpolex es una firma boutique con más de 10 años de experiencia, que ofrece a sus clientes un servicio innovador, utilizando como ventaja competitiva la responsabilidad, comunicación asertiva y búsqueda de soluciones confiables. Dicha firma sobresale por su participación en asesoría de franquicias y cuenta con excelentes referencias por parte de reconocidos clientes, esto gracias a su excelente servicio en el área notarial, corporativa y comercial.


2. Operaciones Legales Corporativas: Corporación Castillo Hermanos

Gustavo Aguirre Solórzano- Andrés Castillo Calderón – Nancy Nufio Contreras

El Departamento Legal de Corporación Castillo Hermanos, cumple con expectativas y retos de talla mundial, este equipo legal de primera categoría es de reconocidos valores éticos y profesionales, que como grupo corporativo les han transmitidos de generación en generación, y de negocio en negocio. 

Este departamento legal cuenta con la capacidad de liderar operaciones en distintas jurisdicciones y regiones tales como Centroamérica, Norteamérica y Asia. Asimismo, dicho departamento legal asesora al grupo en operaciones que van desde fusiones y adquisiciones, hasta a obtención de permisos, en todo tipo de industrias tales como inmobiliaria, de alimentos, energía, transporte y publicidad.


3. Versatilidad Corporativa: Luis Enrique Cruz Asturias de Grupo Salinas

David Portilla – Luis Enrique Cruz Asturias de Grupo Salinas.

Luis Enrique Cruz Asturias, es una persona clave dentro de Grupo Salinas, que es un Grupo Empresarial de origen mexicano, que ha invertido en Guatemala, con Bancos, televisión, y retail entre otros. Dicho grupo representa una inversión extranjera llevada con excelencia. 

Luis Enrique Cruz Asturias ha demostrado sobresalir en la industria por su asesoría legal estratégica dentro del grupo, su influencia a través de su programa de televisión con una comunicación certera y acertada, y su asesoría estrategias políticas. En la velada, también participó el Director legal del Grupo, David Portilla, finalista en la categoría de operaciones legales corporativas; a quien Luis Enrique reconoce como un aliado y colaborador clave para su gestión estratégica.


4. Firma en Litigios y Arbitraje: Ecija Integrum

Pablo Cóbar – Edson López de Ecija- Integrum

Ecija es una firma de origen Español con presencia global, que cuenta con un equipo multidisciplinar de más de 900 profesionales. Ecija- Integrum ha representado a clientes en arbitrajes relacionados con banca, tecnología, logística, combustibles, energía, Joint Ventures, contratos de distribución, contrataciones con el Estado, construcción, contratos de participación, disputas deportivas y acuerdos de accionistas. Asimismo, dicha firma tiene experiencia en arbitrajes bajo reglas Ad-hoc, CENAC, CRECIG, CCI y CECAP; y recientemente Edson López forma parte del listado de árbitros de la China International Economic and Trade Arbitration Comission (CIETAC).


5. Ganador de Firma en Propiedad Intelectual: Palacios & Asociados

Equipo de Propiedad Intelectual liderado por Marco Antonio Palacios (Centro)

Palacios & Asociados es una firma que brinda asesoría, análisis y opinión para todas las áreas de propiedad intelectual, siendo uno de los despachos con más registros en el año a nivel nacional. La firma es pionera en la aplicación efectiva de datos de prueba “patent linkage”, en la coordinación y gestión legal de portafolios de signos distintivos, y otras categorías protegidas a nivel local y cobertura internacional. Esta firma es reconocida por su know how y capacidades desarrolladas para apoyar a sus cliente en la monetización de la propiedad intelectual, trabajando en procesos de estructuración y modelos de negocio, a partir del aprovechamiento de intangibles de propiedad intelectual.

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Desarrollo Inmobiliario con visión de ciudad, comunidad y futuro https://thelawyermagazine.com/desarrollo-inmobiliario-con-vision-de-ciudad-comunidad-y-futuro/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=desarrollo-inmobiliario-con-vision-de-ciudad-comunidad-y-futuro https://thelawyermagazine.com/desarrollo-inmobiliario-con-vision-de-ciudad-comunidad-y-futuro/#respond Thu, 02 Mar 2023 23:46:13 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4649 En esta última década ha entrado con fuerza y probablemente seguirá haciéndolo, el concepto de la ciudad de 15 minutos, promovido fuertemente por la alcaldesa...

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Por: SUR Desarrollos 
info@sur.gt 
www.sur.gt

En esta última década ha entrado con fuerza y probablemente seguirá haciéndolo, el concepto de la ciudad de 15 minutos, promovido fuertemente por la alcaldesa de Paris Anne Hidalgo, quien a su vez se inspiró en la teoría de inicios del siglo pasado del planificador Clarence Perry así como en los trabajos del científico franco colombiano Carlos Moreno.

El concepto detrás de la ciudad de 15 minutos, es que se trata de vivir en un entorno que permita satisfacer las principales necesidades de un ser humano normal, a solo 15 minutos de distancia a pie o en bicicleta, es decir que en esa distancia la persona encuentre servicios y productos indispensables y que aporten a su calidad de vida, como centros educativos, de salud, trabajo, cultura y ocio, supermercados, espacios verdes y para socializar. Pero el concepto va más lejos, se trata de crear entornos en los que se regrese a una vida comunitaria, a vivir en ciudades, pueblos y barrios funcionales, a una escala humana. 

Según Carlos Moreno, esta ciudad del cuarto de hora debe responder entonces a siete funciones primordiales, como son habitar, trabajar, comprar, acceder a la salud, la educación y la cultura y por último, poder descansar en armonía con la naturaleza. El paradigma es bastante más extenso y profundo, pero en esencia corresponde a lo expuesto. Se trata también de mucho más que una simple tendencia o moda, es y sobre todo en metrópolis congestionadas y con una alta densidad vehicular como es Ciudad de Guatemala, un asunto urgente.

Buscar que el tiempo vuelva a ser de las personas, que las horas del día y la noche se ocupen de modo mayoritario en actividades que aportan valor, como el estudio, trabajo, la vida social y familiar y por supuesto el descanso y no ocupar tanto tiempo en desplazarse de un lugar a otro como ha ocurrido hasta ahora para una parte importante de la población. Y esto es especialmente relevante para los profesionales y trabajadores, para quienes contar con horas destinadas efectivamente a trabajar es algo vital. Todo lo anterior forma parte importante de las premisas con las que SUR Desarrollos está trabajando en Guatemala. 

Narama

La desarrolladora inmobiliaria ha apostado en sus proyectos a crear espacios dinámicos, modernos y conectados, en el sentido de que ha comprendido que quien trabaja necesita también tiempos de relajación, reflexión y socialización y quien habita, debe además trabajar y satisfacer la necesidad de adquirir productos y servicios Toda esta acción e interacción en las cuales los planos de vida, trabajo y descanso, se superponen, SUR Desarrollos las ha implementado en edificios que permiten a sus moradores moverse de modo rápido y liviano, contando con alternativas de calidad y diversidad para vivir y trabajar con un alto estándar de confort y seguridad y además, con oferta de servicios y productos a la mano. Es lo que se conoce como espacios de uso mixto donde SUR Desarrollos ha enfocado sus esfuerzos centrales.

Un objetivo primordial de SUR Desarrollos, es aportar a la Ciudad de Guatemala con alternativas inmobiliarias que entreguen calidad, seguridad, conectividad y belleza, enriqueciendo por lo mismo la vida de los guatemaltecos que necesitan habitar y trabajar en centros urbanos de alta densidad y espacios metropolitanos relevantes y con un alto potencial peatonal.

Uno de los nichos principales dentro de los proyectos de SUR Desarrollos, es el segmento profesional, para lo que diseña y construye espacios de trabajo con un alto nivel de confort y calidad. Se trata de satisfacer las necesidades del profesional moderno, en el sentido de poder disponer de oficinas seguras, confortables, sin ruido, limpias, espaciosas y con acceso a conexión virtual robusta, además, salas de reuniones y conferencia en el mismo edificio, todo esto, dentro de un entorno inmobiliario que contempla requerimientos importantes para quien compre o rente en cualquiera de los proyectos de la empresa, es decir, la disponibilidad en el mismo complejo o a solo unos minutos caminando, de cafeterías, restaurantes, tiendas de todo tipo, librerías, gimnasio, espacios verdes, aceras y transporte, entre muchos otros. Opciones que alguien con un ritmo de trabajo intenso, extendido o de alta responsabilidad necesita.

Airali

El perfil del profesional guatemalteco ha cambiado con los tiempos y eso SUR Desarrollos lo tiene muy presente al momento de elegir los lugares en los cuáles diseñará y construirá un nuevo proyecto inmobiliario. El profesional de hoy es alguien muy exigente en su trabajo pero de igual modo y por lo mismo, es alguien con una gama amplia de intereses, que incluyen la cultura, el deporte, la buena gastronomía, la recreación, en fin, alternativas que solo en centros urbanos de alta densidad y desarrollo, ubicados en zonas específicas de la metrópolis se pueden encontrar.

Construir en esta clase de espacios acordes a los requerimientos de un profesional exigente, que en un porcentaje importante ha viajado y ya ha tenido de esto en otros lugares, espacios cosmopolitas e integrados, con una movilidad segura y ágil, que incorporan una amplia oferta de servicios y productos, es también un propósito y parte del enfoque central dentro de la estrategia de SUR Desarrollos. La filosofía de la empresa es que para trabajar bien se debe contar con espacios de descanso, ocio y reflexión adecuados y que no impliquen perder tiempo en el desplazamiento. En ese sentido, aplica perfectamente bien el slogan “Good place to work” incorporado en el ADN de la compañía.

En una ampliación del concepto de espacios de uso mixto, una de sus definiciones dice que “se trata en un sentido amplio, de todo desa – rrollo urbano, suburbano o en un solo edificio, que combina usos re – sidenciales, comerciales, cultura – les, institucionales o industriales, donde las funciones están física y funcionalmente integradas, y que además proporciona conexio – nes de un modo equilibrado y ordenado”


En este sentido, se ha incorporado en todos los edificios de SUR Desarrollos, una estructura de juntas directivas independientes para cada grupo o nicho de moradores, con normas y protocolos que hacen la vida placentera tanto a quienes trabajan como habitan en estos. Otro aspecto muy importante en el diseño y construcción de desarrollos inmobiliarios de uso mixto, corresponde al ámbito de lo legal, en ese sentido, están sujetos a una reglamentación y leyes específicas contempladas dentro de los códigos respectivos, como por ejemplo, el apartado “índice de construcción para uso mixto” que forma parte del Plan Regulador del Reglamento de Construcción de la Ciudad de Guatemala.

Lo fundamental en este tema, es que SUR Desarrollos posee un departamento jurídico especializado, que estudia cada proyecto con el objetivo de cumplir con todas y cada una de las normas y leyes que rigen esta clase de construcción en el país, fiel a su rigurosa política y prácticas de ética profesional. Por último, destacar un aspecto esencial, hoy más que nunca, relativo a la inversión necesaria para poder acceder a vivir o trabajar en alguno de los proyectos de SUR Desarrollos, porque uno de los objetivos fundamentales de la empresa es que cada vez más guatemaltecos puedan tener una mejor calidad de vida. En esta línea, destacar que sus proyectos poseen en promedio, el precio tanto de venta como renta de departamentos y oficinas más bajo del mercado. En la actualidad, esto se refleja principalmente en los edificios Narama y Airali.

Sintetizando lo expuesto, se puede decir con toda seguridad que SUR Desarrollos basa su filosofía empresarial en el diseño y construcción de proyectos inmobiliarios con una mirada en las nuevas tendencias e innovaciones y las que ya se asoman al futuro, con el foco en la calidad de vida del habitante de las metrópolis y centros urbanos, en los cuales el lugar que se habita y en el que se trabaja, los lugares en los cuales se adquieren productos y servicios, pero también en los que se disfruta, socializa y descansa, cada vez deben estar más integrados y conectados, formando una sola red, una sola unidad por la que el ciudadano se pueda desplazar de forma ágil, rápida, segura y cómoda.

Así son los edificios de SUR Desarrollos, con belleza arquitectónica y calidad constructiva, modernos, vanguardistas, para usos mixtos, pero sobre todo conectando e integrando; lugares, gente, espacios, cosas, bienes, buscando ser amigables y eficientes.


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La Importancia De La Asesoría Continua Y Especializada En Los Proyectos Inmobiliarios https://thelawyermagazine.com/la-importancia-de-la-asesoria-continua-y-especializada-en-los-proyectos-inmobiliarios/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-importancia-de-la-asesoria-continua-y-especializada-en-los-proyectos-inmobiliarios https://thelawyermagazine.com/la-importancia-de-la-asesoria-continua-y-especializada-en-los-proyectos-inmobiliarios/#respond Mon, 13 Feb 2023 22:59:34 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4633 La firma Bermejo & Bermejo tiene sus orígenes en la labor profesional del padre de los socios actuales, el Dr. Julio Roberto Bermejo González. Después...

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La firma Bermejo & Bermejo tiene sus orígenes en la labor profesional del padre de los socios actuales, el Dr. Julio Roberto Bermejo González. Después de haberse graduado como Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, él inicia su práctica de asesoría corporativa a distintas empresas y grupos empresariales. Luego decide partir a obtener su Doctorado en la Universidad Complutense de Madrid para especializarse en el naciente Derecho de Integración Económica en Europa.

Luego de finalizar su doctorado regresa a Guatemala a restablecer su práctica jurídica la cual funda con otros abogados y bajo otro nombre. Sin embargo, con el transcurso del tiempo, sus hijos deciden seguir sus pasos y se incorporan a la Facultad de Derecho de la Universidad Francisco Marroquín y forman un despacho independiente.

Lic. Juan Carlos Bermejo 
Socio, Bermejo & Bermejo 
jcbermejo@bermejo-bermejo.com
Lic. Luis Pedro Bermejo 
Socio, Bermejo & Bermejo 
lpbermejo@bermejo-bermejo.com
Lic. Luis Fernando Bermejo 
Socio, Bermejo & Bermejo 
lfbermejo@bermejo-bermejo.com

Cada uno de ellos persigue una especialización distinta, así Juan Carlos Bermejo obtiene una Maestría en Derecho Mercantil y Dirección de Empresas de la Universidad Francisco Marroquín, Luis Fernando Bermejo un M.A. en Derecho Internacional de las Inversiones Extranjeras de la Universidad de Navarra, en España y, finalmente, Luis Pedro Bermejo cursa un LLM en Tributación Internacional de la Universidad de Leiden, Holanda.

Con estos conocimientos, a través del tiempo y la experiencia, la firma va adquiriendo notoriedad en el campo inmobiliario por el trabajo continuo que ha desempeñado Juan Carlos a favor de importantes desarrolladores inmobiliarios, la cual complementada con la experiencia de Luis Pedro en las áreas de tributación, de planeación urbana y ordenamiento territorial ha tenido como resultado que la firma haya colaborado en proyectos de vivienda y, en particular de edificios de uso mixto, en sus distintas fases de estructuración legal hasta la venta final.

Adicionalmente, la amplia experiencia de Luis Fernando Bermejo en el área de derecho de la propiedad intelectual y litigio inmobiliario, han hecho de las ramas de derecho inmobiliario y de propiedad intelectual, las ramas en las que el bufete ha tenido mayor crecimiento. Actualmente, con más de 20 años de experiencia en el campo del derecho inmobiliario, Bermejo & Bermejo tiene un conocimiento importante en el mercado inmobiliario el cual los posiciona como una de las firmas que puede proveer asesoría continua, integrada y especializada para los proyectos inmobiliarios más complejos e innovadores. 

En opinión de Juan Carlos, la estructuración de proyectos inmobiliarios requiere de una atención integrada y especializada para poder encontrar el equilibrio entre las necesidades del desarrollador, las exigencias del mercado y el cumplimiento de los tiempos trazados para sacar adelante el proyecto inmobiliario. El abogado, al definir las estrategias civiles, mercantiles y fiscales de un proyecto, debe encontrar un balance que permita que el negocio jurídico a celebrar tenga sustancia y permanencia jurídica en el tiempo.

En un mercado tan activo y cambiante, el rol del abogado es anticiparse a las necesidades del desarrollador. Muchas veces se dan modificaciones durante el proceso de construcción y entrega del producto final, por lo que los instrumentos jurídicos que se definan deben ser dinámicos y suficientemente claros y equitativos que permitan cerrar las fases de venta y cierre de un proyecto inmobiliario.

Es importante que el desarrollador tenga una asistencia legal continua en:

Fase Inicial

(Financiación, fase de permisos y venta, definición de su branding y demás aspectos relacionados con propiedad intelectual del proyecto)

Fase Intermedia

(Construcción y constitución del régimen de propiedad- Ej. Régimen de Propiedad Horizontal – Condominio – Desmembración)

Fase Final

(Escrituración, financiamiento de clientes y entrega del inmueble y/o proyecto), ya que las tres fases requieren que se visualicen integralmente para poder cumplir con las etapas de negociación del proyecto inmobiliario.


En cada fase del proyecto el abogado debe tener un conocimiento del producto inmobiliario que se busca entregar y del segmento al cual está dirigido el mismo; debe entender las necesidades y tiempos del desarrollador, así como las expectativas de los futuros compradores. En todo momento deben estar conscientes que su rol como asesor le exige encontrar una simetría entre las partes contratantes, sin perder de vista la rentabilidad del proyecto.

En la fase inicial, más allá de hacer un exhaustivo análisis registral en la adquisición del inmueble matriz, a criterio del abogado Luis Pedro, el aspecto toral en el cual se debe brindar asesoría es en las cualidades del inmueble a la luz de las regulaciones municipales (zoning) y estatales, y en las implicaciones fiscales del proyecto en base a las proyecciones de venta. Una vez tomada la decisión de adquisición del inmueble, continúa exponiendo, el asesor legal debe analizar proponerle al cliente, o bien, a los asesores legales de las instituciones financieras que proveerán el financiamiento para la adquisición, el uso de figuras como la del fideicomiso para salvaguardar el inmueble de posibles demandas de acreedores del proyecto (proveedores, trabajadores, etc.).

Posteriormente se debe definir el contenido de un contrato (comúnmente una promesa de compraventa) que le provea al desarrollador una justa protección durante la fase de construcción del proyecto, pero que también dé la certeza jurídica necesaria al comprador para que quiera invertir. Su contenido debe ser claro y poner las reglas del juego para cada fase; teniendo la flexibilidad necesaria para poder afrontar las coyunturas que puedan derivarse del proceso de construcción y entrega del inmueble. 

Por último, agrega Luis Pedro, entender que los riesgos de cada una de las partes son distintos es de cardinal importancia y es por ello que su contendido debe reflejar dichas diferencias; el asesor legal debe saber explicar ello al desarrollador y a los clientes del proyecto con el objeto de asegurar que las transacciones se materialicen.

Desde que se estructura el contenido de dicho contrato preparatorio el asesor legal debe (preferentemente) saber cuáles son todas las características del proyecto, volviéndose un aliado en el proceso de venta y cierre; trabajando de cerca con el equipo que conceptualiza y vende el proyecto con el objeto de definir la estructura jurídica, no dejando de lado que tiene que prever las necesidades futuras del proyecto inmobiliario.

Desde la fase inicial debe tener el asesor legal un entendimiento de la forma civil, mercantil y fiscal a utilizarse, delineando todos los contratos en una misma sintonía. El asesor jurídico no puede darse el lujo de no comprender y/o saber el esquema a utilizarse, ya que puede encontrarse con potenciales clientes del proyecto que le exijan una explicación sobre cada documento jurídico que se le pondrá a disposición en cada fase de la negociación; es importante que pueda trasladar dicho conocimiento a los asesores de venta y a los clientes finales.

No menos importante, recalca Luis Fernando, que los desarrolladores del proyecto inmobiliario deben poner mucha atención a los aspectos de propiedad intelectual del proyecto. Desde la posibilidad de protección del diseño del proyecto (particularmente en edificios) hasta la a veces descuidada tarea de definir una marca única y diferenciadora de la cual se derive la promoción y mercadeo del producto inmobiliario.

Para abordar los aspectos anteriores, a criterio del citado abogado, los desarrolladores deben tener una asesoría especializada en derecho de propiedad intelectual con el objeto de evitar contingencias legales derivadas de conflictos marcarios con otros desarrolladores y asegurar que la marca a utilizarse tenga la suficiente distintividad y fortaleza legal para poder ejercer los derechos de exclusiva apropiada mente y que, en caso de ser copiada por otros se puedan ejercer derechos sobre ella.

Los desarrolladores muchas veces cometen el error de escoger nombres sin hacer las averiguaciones pertinentes de si terceros tienen derechos sobre los mismos, o bien, las escogen con elementos no distintivos, descriptivos o genéricos que, en la práctica, eventualmente resulta muy difícil poderla hacer valer adecuadamente contra terceros que usan la misma o elementos de ella.

Continúa indicando Juan Carlos, que es de vital importancia en la línea de tiempo del proyecto tener una correcta asesoría en la fase intermedia del mismo, en la que comúnmente el asesor legal tiene la obligación de entregar al desarrollador productos jurídicos importantes: 

  1. Las fincas debidamente inscritas en el Registro General de la Propiedad (o Segundo Registro de la Propiedad; 
  2. El Reglamento de Copropiedad y Administración (Condominio y Régimen de Propiedad Horizontal);
  3. Si se utiliza el esquema 70/30 con acciones- la entidad jurídica constituida y sus acciones emitidas; de tal suerte que el desarrollador pueda preparar su proceso final de venta gestionado los créditos bancarios de sus clientes (cuando fueren necesarios); y en general, teniendo todos los documentos listos para poder iniciar la fase de escrituración y entrega de inmuebles.

Para lograr lo anterior, el asesor jurídico debe tener el dominio de toda la estructura jurídica del proyecto inmobiliario y ratificar mediante visitas en sitio con el objeto de asegurarse que los planos registrales se ajusten al producto final y que los reglamentos del proyecto se ajusten a la realidad y necesidades del mismo.

En todo este tiempo el trabajo continuo con los planificadores del proyecto (Project Managers o PM´s) debe ser tal que permita al asesor legal entregar los instrumentos jurídicos que cumplan con lo ofrecido al cliente y que todo lo requerido por el desarrollador se encuentre debidamente estructurado; especialmente si éste tiene intereses que van más allá de entregar el producto inmobiliario a sus clientes.

Por último, agrega Luis Pedro, en la fase final del proyecto deben tenerse estructurados los contratos (comúnmente la compraventa) que permitan cerrar el negocio jurídico pactado. A criterio del citado abogado, el bufete de abogados o firma legal que está prestando apoyo jurídico al desarrollador debe tener la capacidad de poder coordinar y atender escrituraciones masivas en un corto plazo, ya que en este momento el desarrollador tiene la premura de cerrar las transacciones para cumplir con las obligaciones contractuales suscritas y mantener a flote financieramente al proyecto. Es por ello que debe estar todo listo para entrega; y debe coordinarse la remisión de toda información del proyecto y de los clientes con el objeto de escriturar sin demora.

Finalmente, el asesor jurídico debe brindar un récord de todas las transacciones, documentos jurídicos y un padrón de propietarios que permita que los órganos de gobierno (Junta Directiva y Administración) puedan tomar las riendas del proyecto inmobiliario. El asesor legal debe coadyuvar en este proceso trasladando el conocimiento necesario para que el régimen jurídico instituido inicie operaciones, marche sin problema y sea comprendido por todos los propietarios y/u ocupantes. El asesor jurídico en todas las fases del proyecto debe estar inmerso en la operación del desarrollador y ser su aliado brindándole confianza tanto a él como a sus clientes finales.

Por último, Luis Fernando concluye indicando que el abogado asesor legal debe ser parte importante de los procesos, y como tal, su buen desempeño también se reflejará en la credibilidad, reconocimiento y buena acreditación o “goodwill” del desarrollador, lo que hará que los clientes satisfechos estén más inclinados a repetir la experiencia de compra al mismo.

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Timbre Forense y Notarial Electrónico | Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala https://thelawyermagazine.com/timbre-forense-y-notarial-electronico-guatemala-colegio-de-abogados-y-notarios/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=timbre-forense-y-notarial-electronico-guatemala-colegio-de-abogados-y-notarios https://thelawyermagazine.com/timbre-forense-y-notarial-electronico-guatemala-colegio-de-abogados-y-notarios/#respond Fri, 18 Nov 2022 20:35:23 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4450 En un mundo globalizado donde la era digital está cambiando la forma y modo de ejercer el derecho es necesario actualizar los elementos jurídicos que...

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En un mundo globalizado donde la era digital está cambiando la forma y modo de ejercer el derecho es necesario actualizar los elementos jurídicos que permiten ejercer la noble profesión de Abogado; este ensayo presenta una perspectiva de la implementación de los servicios digitales y electrónicos a implementar para la adecuada integración de sistemas, pero especialmente, colocar al Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala a la vanguardia de la tecnología para brindarle al Abogado las herramientas necesarias para utilizar el timbre forense en procesos electrónicos.

El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala ha desarrollado una serie de mejoras en los servicios electrónicos que hacen posible y viable la implementación del timbre forense electrónico.

EL TIMBRE FORENSE ELECTRÓNICO UNA URGENCIA LATENTE.

En un mundo globalizado los servicios digitales y electrónicos desde el contexto del marco normativo internacional los encontramos regulados como avances científicos de la humanidad a lo cual todos tenemos derecho a utilizarlos, así lo regula la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 27 numeral 1 en el cual se determina: “Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten…”; de igual manera encontramos normas en ese mismo sentido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el cual regula en el inciso b) numeral 1 del artículo 15 lo siguiente: “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a: … b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;”. Las normas antes indicadas se aplican en Guatemala por medio de lo regulado en el artículo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala, así como del proceso de firma y ratificación interno que le permiten ser normas de aplicación obligatoria en Guatemala.

El timbre forense y timbre notarial se regulan por medio del Decreto 82-96 del Congreso de la República el cual contiene la Ley del Timbre Forense y Timbre Notarial, ordenamiento que en el artículo 1 determina: “Se crea un impuesto, que cubrirán los Abogados y Notarios en ejercicio de sus profesiones. Dicho impuesto se recaudará por medio de timbres o estampillas específicas para el efecto, que se denominarán, según su clase y objeto, Forense y Notarial…”; para la venta, distribución, forma de recaudar, administración, empleo de los fondos y establecer los programas de protección social, pero especialmente para determinar el valor y características del timbre forense la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala emitirá los reglamentos, estos reglamentos deben ser aprobados por la Asamblea General Ordinario o Extraordinaria que para el efecto se convoquen, tal como lo determina el artículo 4 de la Ley del Timbre Forense y Timbre Notarial.

En el sector justicia de Guatemala se ha promovido la implementación de servicios y herramientas electrónicas que permitan otorgar certeza a los sistemas y especialmente dar fuerza legal a las actuaciones digitales y electrónicas así como a los documentos que se deben aportar en procesos legales de toda índole, a cuenta de eso la Corte de Constitucionalidad desde el año 2013 ha dejado asentado en normas la necesidad de la creación de los timbres forenses electrónicos, lo cual lo vemos reflejado en las Disposiciones Reglamentarias y Complementarias a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, contenidas en el Acuerdo 1-2013, específicamente en las disposiciones transitorias contenidas en el artículo 77, de la siguiente manera: “ARTÍCULO 77.- Implementación de servicios electrónicos. Para la implementación de los servicios electrónicos que preste la Corte de Constitucionalidad, esta emitirá las disposiciones administrativas para el funcionamiento y prestación del servicio de casillero electrónico y de receptoría virtual, conforme fases que permitan su realización gradual, en las cuales se establecerá el momento en que comenzarán a funcionar y las condiciones con las que deban emplearse. La Corte de Constitucionalidad faculta a su Presidente para: a) … b) Proponer a la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios modificaciones a las características de la estampilla del timbre forense, para que pueda ser sufragado dicho impuesto con la emisión de documentos electrónicos que deban ser suscritos por abogado…”.

En igual sentido encontramos el Reglamento para el uso del SIECC (Sistema Informático de Expedientes de la Corte de Constitucionalidad) contenido en el Acuerdo número 03-2016 de la Corte de Constitucionalidad, el cual en el artículo 13 determina: “ARTICULO 13.- Presentación Electrónica. Los memoriales que se presenten por medio del buzón electrónico deberán contar con la firma y sello del abogado, así como de los timbres respectivos. Los usuarios externos que cuenten con firma electrónica podrán presentar solicitudes iniciales y demás escritos suscritos de esa forma, siempre que cumplan los requisitos y formalidades legales. Podrá utilizarse el timbre forense en formato electrónico cuando el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala lo habilite.”; en el presente año el Congreso de la República de Guatemala por medio del Decreto 13-2022 emitió la Ley de Tramitación Electrónica de Expedientes Judiciales, la cual en el artículo 7 permite la presentación de actuaciones de forma electrónica para lo cual determina lo siguiente: “ARTICULO 7.- Escrito inicial y demás escritos por medios electrónicos. La demanda, el escrito inicial o de primera comparecencia y demás escritos, podrán presentarse por medios electrónicos, a través de la herramienta informática que para el efecto disponga el Organismo Judicial…”.

En la actualidad el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala por medio de su Junta Directiva periodo 2021-2023 ha desarrollado la implementación de una política de servicios en línea, como resultado de lo anterior se ha instaurado la Comisión para la creación del timbre forense electrónico, lo cual ha permitido llevar a cabo un trabajo de campo, análisis y desarrollo que ha generado el proyecto del Reglamento del Timbre Forense Electrónico, dicho reglamento será creado tal como lo permite la Ley del Timbre Forense y Timbre Notarial, dejando la coexistencia del reglamento actual, el cual determina las características de los timbres de forma física; el nuevo reglamento creará las características de los timbres forense, siendo la principal que serán electrónicos, así como las demás que otorguen los elementos de seguridad y publicidad para la efectiva aplicación e integración de los mismos.

Los timbres tendrán una numeración única, la cual se compone con el número de colegiado del Abogado más el número correlativo del timbre, siendo infinita dicha numeración designada a cada agremiado, haciendo la distinción de timbre forense, contarán con mecanismos de cotejo para la verificación electrónicos en el portal web del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala así como en los sistemas de instituciones públicas y privadas que sean aprobados por resolución de Junta Directiva, serán generados desde un sitio especial, el cual deberá de ser habilitado por cada Abogado, respectivamente; para poder generar y utilizar los timbres electrónicos es requisito fundamental que los agremiados tengan la calidad de colegiado activo, además de tener habilitada la sede virtual y haber dado de alta el servicio de generación o compra de timbres electrónicos, proceso que se pondrá a disposición de todos los Abogados desde la interfaz de usuario de la sede virtual que tienen actualmente los agremiados.

Para poder generar los timbres será necesario tener saldo en la billetera electrónica que para el efecto se estará habilitando, el saldo en dicha billetera electrónica podrá hacerse desde cualquier sede física que tenga el Colegio a disposición de sus agremiados, así como desde la sede virtual, también se está trabajando la implementación de pagos por medio de los servicios que ofrecen los bancos del sistema en las agencias virtuales de cada uno; es importante explicar que la manera de inutilizar los timbres en la actualidad es por medio de la impresión sobre ellos del sello de Abogado y Notario o perforándolos, esto se encuentre regulado en el reglamento de la Ley de Timbre Forense y Timbre Notarial, lo que se logra describir es que la inutilización es parte de las características de los timbres, toda vez que se encuentra regulada en el reglamento de la Ley del Timbre Forense y Timbre Notarial. La inutilización de los timbres electrónicos será diferente a lo que habitualmente conocemos, la manera de inutilizarlos será generando el timbre respectivo o comprándolo, lo cual convertirá el saldo existente en la billetera electrónica a un timbre específico.

La generación antes indicada podrá realizarse desde el portal propio del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala que para el efecto se ha creado o desde el portal de las instituciones públicas en donde se presenten los documentos electrónicos que estén afectos al impuesto, actualmente nos encontramos en el desarrollo de pruebas con el Organismo Judicial y con el Registro de la Propiedad Intelectual, para que al momento de presentar acciones en cada una de esas instituciones, de forma automática se generen los timbres en los sistemas propios del Colegio y el agremiado no tenga la necesidad de utilizar ambas plataformas de forma independiente, sino que, al momento de la presentación en la institución correspondiente de las acciones legales, se estarán consumiendo los datos en ambos sistemas interconectados para que el agremiado esté presentando los documentos y a la vez, generando los timbres correspondientes, esto siempre y cuando el agremiado tenga saldo dentro de su billetera electrónica en el sistema del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.

Atendiendo a lo anterior se ha construido una serie de módulos que integran varios sistemas para la facilidad del pago del impuesto de Timbres Forense Electrónico al cual están afectos los Abogados y Notarios en su ejercicio profesional, así como para la facilidad de utilización, lo cual deja a un lado la obligación de presentarse en persona a las instituciones para comprar timbres y especialmente para presentar las acciones legales que el Abogado actualmente desarrolla en el ejercicio de su profesión.

Esto se tiene proyectado implementar en diciembre del presente año y culminar con todos los servicios en marzo de 2023, siempre y cuando la asamblea general en sesión extraordinaria apruebe el reglamento del timbre forense electrónico; los servicios jurídicos están cambiando, no podemos quedarnos a la espera de seguir presentando las acciones legales de forma tradicional, la aplicación y ejercicio de la profesión está sufriendo cambios obligatorios y necesarios, los cuales, dentro de mediano plazo, estarán necesariamente formando jurisprudencia y nuevos criterios de calificaciones judiciales y administrativas para la aplicación del derecho en Guatemala.  

Al concluir este artículo podemos decir que el Colegio de Abogados y Notarios se ha propuesto hacer todas las acciones que conllevan la implementación del timbre forense de manera electrónica en el sistema de justicia guatemalteco, donde lo digital y electrónico tanto de timbres, notificaciones como expedientes tratan de agilizar y llevar una justicia pronta y cumplida.

Nota. Todo el desarrollo y construcción ha sido trabajado por los Ingenieros Oscar Rafael Moran Arroyo y Héctor Rodolfo González Coromac.

Autor del presente ensaño: Licenciado David de Jesus Duarte Alas, Vocal I de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala periodo 2021-2023, quien además ha sido designado por la Junta Directiva como jefe de Proyectos de Tecnología del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y encargado de la Comisión creadora del Timbre Forense Electrónico. Guatemala, noviembre de 2022.

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Oportunidades de Inversión en el mercado inmobiliario en Guatemala según las tendencias https://thelawyermagazine.com/oportunidades-de-inversion-en-el-mercado-inmobiliario-en-guatemala-segun-las-tendencias/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=oportunidades-de-inversion-en-el-mercado-inmobiliario-en-guatemala-segun-las-tendencias https://thelawyermagazine.com/oportunidades-de-inversion-en-el-mercado-inmobiliario-en-guatemala-segun-las-tendencias/#respond Sat, 05 Nov 2022 03:10:24 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=4373 La región latinoamericana está experimentando un bono demográfico caracterizado principalmente por una población joven y económicamente activa, lo que hace posible la deducción que la...

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La región latinoamericana está experimentando un bono demográfico caracterizado principalmente por una población joven y económicamente activa, lo que hace posible la deducción que la demanda por vivienda no está próxima a culminar sino hasta dentro de aproximadamente cinco décadas.

Percy Adolfo Mena Villatoro
pomena@uc.cl
Gerente General Corporación de Valores y Servicios, SA
LLM – Pontificia Universidad Católica de Chile Promoción 2021



Según datos obtenidos de la Unión Interamericana para la Vivienda -UNIAPRAVI- se proyecta un incremento poblacional, con una ligera reducción, lenta pero progresiva, que no está acompañado de un crecimiento equitativo de oferta de vivienda de bajo costo que llene requerimientos de servicios o infraestructura social básica.

Guatemala no es la excepción, contando con más del cincuenta por ciento de la población en edad productiva y con una dinámica demográfica caracterizada por la centralización de la población en el área metropolitana. Haciendo las consideraciones territoriales correspondientes, se hace evidente que el mayor déficit habitacional, a la fecha, se encuentre centrado en el departamento de Guatemala.

Aunado a lo anterior, somos un país en el que, según el Centro de Investigaciones Económica Nacionales -CIEN- el 70% de nuestra población se encuentra fuera del sistema financiero y de la formalidad, lo cual imposibilita el acceso a financiamiento para la adquisición de vivienda propia.

Haciendo especial reconocimiento que, entre más bajo el nivel socioeconómico, la curva de demanda es más sensible y que la mayoría de personas que compran vivienda, lo hacen mediante financiamiento, se hace necesaria la incorporación al mercado de nuevos desarrolladores y fuentes de financiamiento que tengan en su visión un aspecto social.

La introducción de nuevos inversionistas que incursionen en el mercado inmobiliario, ofreciendo unidades dirigidas a un perfil socioeconómico más bajo, el cual ha sido rezagado, generará mayor competitividad en la oferta actual. El incremento en la oferta inmobiliaria conllevará a que las entidades financieras -léase fuentes de financiamiento, que existen actualmente o que pudiesen ingresar- brinden flexibilidad, tasas de interés más atractivas y otros métodos innovadores que alivianen la accesibilidad de los consumidores para la adquisición de una vivienda propia.

Como estudiante de la Pontificia Universidad Católica de Chile, alumno del LLM 2021, cursé distintas materias con las cuales enriquecí mis conocimientos acerca de temas de importante relevancia para el acontecer diario de mi desarrollo profesional, facilitándome herramientas con las cuales incorporar nuevas ideas para las diferentes inversiones, proyectos y asesorías de los desarrollos inmobiliarios en los cuales estamos incursionando.

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Felicitamos a la firma legal: Moore Díaz Reyes – Guatemala por su aniversario #40 https://thelawyermagazine.com/felicitamos-a-moore-diaz-reyes-guatemala-por-su-aniversario-40/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=felicitamos-a-moore-diaz-reyes-guatemala-por-su-aniversario-40 https://thelawyermagazine.com/felicitamos-a-moore-diaz-reyes-guatemala-por-su-aniversario-40/#respond Fri, 29 Jul 2022 19:00:12 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3980 ¡MOORE DÍAZ REYES CELEBRA SU 40 ANIVERSARIO! – La firma ofrece soluciones eficientes y oportunas a los clientes en planeación fiscal y financiera, auditorias financieras...

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¡MOORE DÍAZ REYES CELEBRA SU 40 ANIVERSARIO! –

La firma ofrece soluciones eficientes y oportunas a los clientes en planeación fiscal y financiera, auditorias financieras y especializadas, legal, precios de transferencia, consultorías, así como outsourcing contable.

La empresa forma parte de Moore Global, una prestigiosa asociación internacional de firmas de auditoría, contabilidad y servicios profesionales, cuenta con acreditaciones en los más importantes organismos reguladores de Guatemala.

Una de las ventajas que nos da pertenecer a una de las redes más grande del mundo, es tener disponibles los conocimientos y tecnologías para poder afrontar nuevos desafíos, por lo que Moore Díaz Reyes está en capacidad de dar soluciones a cualquiera de los problemas empresariales a través de nuestra experiencia comentó Oscar Díaz Reyes socio de la firma.

Moore Díaz Reyes, una firma de contadores públicos, auditores y consultores fundada en el año 1982 . Fue establecida para proveer un excelente servicio que potencialice al máximo el crecimiento empresarial, ofreciendo un amplio conjunto de servicios profesionales de calidad, mediante la metodología más avanzada y los recursos técnicos y humanos, formados en un ambiente orientado a la calidad y al constante perfeccionamiento.

En estos 40 años de trayectoria han trabajado con visión internacional, que garantizan la frescura de un servicio personalizado realizado con pasión y compromiso.

_______ Escríbenos en instagram un mensaje directo para participar!

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La nueva Universidad Corporativa de la Asociación Bancaria de Guatemala https://thelawyermagazine.com/la-nueva-universidad-corporativa-de-la-asociacion-bancaria-de-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-nueva-universidad-corporativa-de-la-asociacion-bancaria-de-guatemala https://thelawyermagazine.com/la-nueva-universidad-corporativa-de-la-asociacion-bancaria-de-guatemala/#respond Fri, 29 Jul 2022 18:38:31 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3968 Las Universidades Corporativas se caracterizan por estar orientadas a diseñar e impartir planes de formación y desarrollo para los colaboradores de una empresa o sector...

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Las Universidades Corporativas se caracterizan por estar orientadas a diseñar e impartir planes de formación y desarrollo para los colaboradores de una empresa o sector determinado. Su principal función es la de desarrollar estrategias de formación, relacionadas con todas las áreas de negocio de la empresa o del sector al que se dirigen, para promover la productividad y competitividad de estos.

La estrategia de poner en marcha una Universidad Corporativa es viable cuando se reúnen determinadas características, como contar con una importante cultura corporativa y con facilidades para obtener los recursos y apoyos necesarios para lograr el éxito de la iniciativa.

Esta estrategia es especialmente útil, cuando se manejan áreas de conocimiento muy especializadas y que se enfrentan a cambios constantes para afrontar un gran número de desafíos externos; ya que de este modo pueden garantizar que los colaboradores se desarrollen profesionalmente, en función de las necesidades de la empresa o sector del que se trate permitiendo captar talentos y unificar una cultura sectorial.

Un aspecto importante que se debe tener en cuenta para el éxito de esta iniciativa es la implantación de herramientas tecnológicas, ya que estas permitirán su buen funcionamiento.

La pandemia ha puesto en primer plano, la creciente demanda y la necesidad de la enseñanza y el aprendizaje a todo nivel.

Y en todo ello, ha cobrado importancia la conectividad: que es una oportunidad para que muchas instituciones den un salto cuántico en los métodos y modalidades de enseñanza, sobre todo en la Educación Técnica y en la Educación Superior; mediante innovaciones educativas apoyadas por la tecnología y la cooperación e intercambio virtual regional.

La adopción de una tecnología y conectividad más amplias crea un entorno propicio hacia la virtualidad o realidad virtual, que puede tener éxito en la Educación Superior.

Un factor importante a tener en cuenta a la hora de analizar el futuro de la Educación Superior, es sin duda la evolución demográfica de la región. En Costa Rica y Panamá, la población menor de 24 años representa menos del 50 por ciento; en Guatemala, Honduras y Nicaragua la población menor de 24 años representa entre el 50 y el 60 por ciento.

De dicho análisis podemos concluir que las capacidades existentes de formación de recursos humanos, siguen siendo insuficientes para afrontar los desafíos de la Educación Superior.

Tomando en cuenta estas oportunidades y desafíos, la Asociación Bancaria de Guatemala presenta, como parte de sus Proyectos Estratégicos 2021- 2025 la Universidad Corporativa de la ABG, UC ABG, cuyos esfuerzos van encaminados al desarrollo, reconocimiento, evaluación y certificación de las capacidades y competencias para el trabajo, de la población en general; que labora o desea laborar en el Sector Bancario y Financiero u otros Sectores o Empresas relacionadas, que desean conocer y aprovechar los procesos, productos y servicios generados por la banca y las finanzas para hacer realidad sus proyectos estratégicos y para el desarrollo de sus empresas.

Como parte de la Universidad Corporativa Virtual de la ABG, otro desafío de la Educación Superior a incluir dentro de sus acciones y fundamentos, al igual que como lo ha venido haciendo la Escuela Bancaria de Guatemala EBG, será la internacionalización; con el apoyo de la EBC, Escuela Bancaria Centroamericana marca educativa de la ABG; aprovechando que en la actualidad, han surgido formatos virtuales de movilidad estudiantil.

Estos nuevos formatos podrían abrir el camino a una reconsideración de la movilidad laboral regional, en la que el énfasis será la garantía de calidad y el reconocimiento de los integrantes; lo cual podría complementarse con una dimensión de equidad, contribuyendo a la consolidación de los espacios regionales de conocimiento e investigación conjunta de acuerdo a las potencialidades de cada país integrante.

En los últimos tiempos y siguiendo los modelos vigentes, en las economías más desarrolladas, existe un interés generalizado por la evaluación y la medida de la calidad de la enseñanza superior en los países de América Latina.

Es por ello que la Metodología empleada; tanto para la identificación, diseño, evaluación y certificación de los contenidos de las Carreras de la Universidad Corporativa de la ABG, como para el desarrollo de los programas; se basa en un modelo reconocido a nivel internacional de “Identificación, Formación, Desarrollo, Evaluación y Certificación de las Competencias de los estudiantes, hacia el “saber”, “saber hacer” y sobre todo “saber ser”, que involucra no solamente las competencias técnicas o específicas sino que además, las competencias transversales y las competencias básicas necesarias y complementarias, para poder realizar un desempeño laboral de excelencia, de acuerdo a estándares definidos en el Sector Bancario, Financiero y otras empresas o sectores relacionados.

Las Carreras, con las cuales iniciará operaciones la Universidad Corporativa de la ABG el 25 de enero 2022, serán: la Licenciatura en Administración Bancaria y Financiera con una salida intermedia en el primer año, de Técnico en Operaciones Bancarias y Comerciales; asimismo, la Maestría en Dirección Bancaria y Financiera.

En el transcurso del próximo año, pretendemos cubrir nuevas carreras de especialización, a nivel técnico universitario, licenciaturas, maestrías, para cubrir todas las áreas de negocio de las entidades del sector bancario, financiero y otras entidades o empresas relacionadas, contribuyendo de esta forma, al desarrollo, productividad y competitividad del país en general.

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Abogados en puestos Gerenciales https://thelawyermagazine.com/abogados-en-puestos-gerenciales-sergio-castro-gerente-de-procesos-de-credito-y-fideicomisos-bac-credomatic/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=abogados-en-puestos-gerenciales-sergio-castro-gerente-de-procesos-de-credito-y-fideicomisos-bac-credomatic https://thelawyermagazine.com/abogados-en-puestos-gerenciales-sergio-castro-gerente-de-procesos-de-credito-y-fideicomisos-bac-credomatic/#respond Fri, 29 Jul 2022 17:54:46 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3943 Como abogados tenemos mucho que aportar en el mundo gerencial, existe una oportunidad grande de abrir esos caminos y explorar esas oportunidades. De una familia...

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Como abogados tenemos mucho que aportar en el mundo gerencial, existe una oportunidad grande de abrir esos caminos y explorar esas oportunidades. De una familia de seis (cinco abogados) la vocación por el mundo del Derecho la traigo en la sangre; y a lo largo del camino ese mismo mundo profesional me ha ido dando distintas opciones de crecimiento y desarrollo.

Sergio Castro

scastrog@baccredomatic.gt

Gerente de Procesos de Crédito y Fideicomisos BAC CREDOMATIC

Orgullosamente guatemalteco, completamente familiar y alguien que ama a su patria, a los suyos, a su esposa e hijos (que vienen en camino); me costaba imaginarme estudiando algo que no me complementara la visión de donde vivo, sus normas, el entendimiento del sistema y su historia.

Dando mis primeros pasos en el despacho familiar CASTRO BASTEGUIETA, aprendí que esta profesión tiene una versatilidad enorme, por lo que decidí diversificar mi preparación académica para ampliar el mundo en el cual podría tener un efecto positivo a lo largo mi vida.

Tuve la suerte de ser graduado del Liceo Javier (colegio católico jesuita) con fuertes bases morales e intelectuales que me han permitido tener la solidez para ir edificando mi camino. Mi siguiente paso lo di, graduándome de la Universidad Francisco Marroquín como Abogado y Notario, donde me formaron como profesional, destacando temas de libertad, justicia, economía y del mundo jurídico.

Después de graduado, tomo una decisión clave en mi vida. Decido irme a estudiar fuera al INCAE Business School (de las mejores escuelas de negocios del mundo) una Maestría en Administración de Empresas (MBA) donde me encuentro con una experiencia de vida y académica de un nivel muy alto; bajo un régimen de exigencia absoluta y una forma de vivir que me ha preparado muchísimo para un enfoque gerencial en el cual me he ido desarrollando.

Al regresar a Guatemala, complemento mis estudios superiores con una Maestría en Derecho y Finanzas (LLM in Finance) en la Universidad Francisco Marroquín y Tulane University y me da gusto recordar esto como una experiencia placentera de estudio, disfrutando de la maestría y la escuela de negocios de la UFM con una madurez distinta y con una carrera profesional que empezaba a encaminarse.

La diversificación de mi preparación profesional me abrió las puertas para incorporarme a una de las instituciones bancarias más prestigiosas de la región. Es así como da inicio mi carrera en BAC CREDOMATIC. En el banco, mis primeros pasos se fueron dando en un programa de preparación para ir tomando puestos gerenciales de liderazgo a futuro. BAC CREDOMATIC, entidad a la que estoy completamente agradecido por la oportunidad, ha sido mi escuela en una formación no solo bancaria, sino gerencial de una forma integral, buscando siempre hacer las cosas de manera más eficiente, fácil e innovadora.

La empresa ha apostado en alguien que trae una formación inicial legal para puestos importantes gerenciales (en materia comercial, de crédito y legal) rompiendo así cualquier tipo de paradigma abogado-gerente. Mis primeros dos años en el banco fueron enfocados en gerencias comerciales como Asistente de Gerencia General y como Gerente de Pequeñas y Medianas Empresas (PYME). Posteriormente se van dando distintas oportunidades y aterrizo en Áreas de Crédito teniendo a mi cargo entre otras cosas, distintos procesos legales.

Actualmente como Gerente de Procesos de Crédito y Fideicomisos tengo la suerte de poder tener a cargo temas gerenciales, administrativos, bancarios, de seguros y legales que hacen de mi experiencia laboral algo muy enriquecedor y que me permiten desarrollarme y crecer en muchos ámbitos de la vida profesional.

Oportunidad en la actualidad:

Considero que los abogados tenemos una preparación muy completa que nos da una muy buena visión del mundo y de las instituciones que nos rodean, una lógica muy desarrollada, un alcance importante para ver los riesgos y un ojo analítico profundo.

Esto nos convierte en buenos candidatos para optar a oportunidades gerenciales diversas. Con una preparación complementaria veo un futuro interesante para los profesionales del derecho incursionando en distintas áreas como gerentes, directores, asesores, abriendo campos nuevos y caminos todavía poco explorados por nuestro gremio.

Como abogados tenemos mucho que aportar en el mundo gerencial, existe una oportunidad grande de abrir esos caminos y explorar esas oportunidades. La preparación continua es clave para ir desarrollando atributos y herramientas que nos faciliten la integración en esos diversos terrenos. Este nuevo “océano azul” presenta oportunidades y retos; conceptos como estrategia, dirección de grupos de trabajo, liderazgo, procesos, clima laboral, trabajo en equipo que no deben de estar tan lejos de la parte conceptual de un abogado.

El manejo de personal diverso, su enfoque y su desarrollo complementan incluso una base laboral que hemos desarrollado en los estudios de carrera. En el tiempo vas descubriendo que son distintas caras de la misma moneda y la integración de conocimientos y habilidades nos puede convertir en potenciales gerentes de primer nivel en cualquier tipo de sector.

“No tengamos miedo de incusionar en retos diferentes”

Recomendaciones finales

Nunca dejemos de sorprendernos y de explorar que hay más allá de lo estrictamente legal, no tengamos miedo de incursionar en retos diferentes. La carrera que hemos estudiado es una carrera muy completa y respetable que debemos dignificar y utilizar de la manera más ética, pero también de una manera más integral y completa, abarcando nuevos horizontes, nuevos conocimientos y nuevas herramientas que nos dejen desarrollarnos también en posiciones de liderazgo gerencial.

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Leyes y Litigios Extraterritoriales – Extraterritorialidad | Juan Carlos Palomo https://thelawyermagazine.com/leyes-y-litigios-extraterritoriales-extraterritorialidad-juan-carlos-palomo-pancho-palomo-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=leyes-y-litigios-extraterritoriales-extraterritorialidad-juan-carlos-palomo-pancho-palomo-guatemala https://thelawyermagazine.com/leyes-y-litigios-extraterritoriales-extraterritorialidad-juan-carlos-palomo-pancho-palomo-guatemala/#respond Fri, 29 Jul 2022 17:19:04 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3921 En cuanto a mi interés por el Derecho, desde pequeño tuve gran admiración por mi tío, el mejor Abogado litigante de Guatemala, Pancho Palomo, con...

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Leyes y Litigios Extraterritoriales

Juan Carlos Palomo

jcpalomo@amberlegal.com.gt
AMBER GUATEMALA

En cuanto a mi interés por el Derecho, desde pequeño tuve gran admiración por mi tío, el mejor Abogado litigante de Guatemala, Pancho Palomo, con quien tuve la oportunidad de trabajar desde mi primer año universitario, de quien aprendí bastante y estoy seguro me faltó aprenderle mucho más, y en eso estoy … en el proceso de aprender.

Durante el transcurso y ejercicio de mi carrera, he tenido la oportunidad de asesorar a entidades dedicadas a diversas industrias y comercios a nivel de Junta Directiva, lo que me da una visión amplia de lo que puede representar un futuro litigio, o bien ya un litigio tocando la puerta, así como estar involucrado en diversos litigios defendiendo intereses de Guatemaltecos en el extranjero y extranjeros en Guatemala.

Tengo la bendición de ser padre de 3 hijas y de contar siempre con el apoyo de una esposa que se caracteriza por ser una excelente madre, abogada y amiga, que entrega todo en casa y en su trabajo. Abogado Litigante, Director del área de Litigios en la firma Amber Guatemala, egresado de la Universidad Rafael Landívar y con maestría en Finanzas e Impuestos de la Universidad Francisco Marroquín.

En cuanto a las leyes y litigios extraterritoriales, en materia civil y mercantil, como premisa, toda sentencia puede ser ejecutada en el extranjero, sujetando siempre dicha ejecución a algunos requisitos específicos. Por ejemplo, en la Comunidad Europea para plantear la ejecución de una sentencia dictada en un país que no forma parte de dicha comunidad, se requiere se cumpla básicamente con 4 principios:

  • Debe cumplirse el principio de definitividad; es decir, que se hayan agotado todas las vías o recursos legales en el país de origen de la sentencia, o bien que la parte vencida haya sido debidamente notificada de la sentencia y esta haya causado estado, es decir, haya quedado firme;
  • Respeto al debido proceso; es decir, que se haya cumplido con la legislación local y que el demandado haya tenido la oportunidad de utilizar todos los recursos y remedios que contemple la legislación local y que haya tenido la oportunidad de que su caso pudiera haber sido revisado por tribunales de alzada;
  • Principio de reciprocidad entre los estados donde se pretenda ejecutar la sentencia;
  • y Ausencia de fraude procesal, es decir, que no hayan existido inherencias de cualquier naturaleza, independencia de los jueces y tribunales para dictar sus sentencias.

Un ejemplo interesante de ejecución de sentencia en la Comunidad Europea dictada en un país que no forma parte de la misma, es el caso que nuestros socios en Nicaragua, los Abogados Gustavo Lopez Argüello y Gustavo Lopez Tapia, han planteado, luego de haber tenido una sentencia condenatoria en Nicaragua en contra de una entidad de productos químicos y fertilizantes cuyo uso en Nicaragua causó esterilidad en gran parte de los habitantes de la región en donde se aplicaron los mismos (proceso civil de reclamo de daños) en donde se condena al pago de daños por OCHOCIENTOS CINCO MILLONES DE DOLARES ($805,000,000.00) a dicha entidad.

Hoy dicha sentencia se está ejecutando en Francia, habiéndose logrado embargos importantes y esperando en fecha próxima un fallo definitivo positivo.

También se dan casos en los que la legislación local extiende su aplicación a personas en el extranjero, si el asunto a discutir y la persona a quien demandan ha llevado a cabo algunas de las acciones o negocios que se reclaman en dicha localidad, tal como sucede con la legislación del Estado de La Florida, Estados Unidos, que permite plantear reclamos en contra de personas en el extranjero por negocios que tengan alguna relación comercial o corporativa en dicho Estado.

En Guatemala, también es posible entablar demandas en contra de personas en el extranjero y para tal efecto la ley permite el emplazamiento de personas en el extranjero conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley del Organismo Judicial.

En cuanto a la norma penal, nuestro ordenamiento jurídico establece su extraterritorialidad específicamente en el artículo 5 del Código Penal. Además de la norma antes citada, la extraterritorialidad de la ley penal se expone también en el artículo 6 del Código Penal regula en cuanto a la aplicación de lo indicado en el artículo 5º antes expuesto en caso de existir una sentencia extranjera; El artículo 53 del Código Procesal Penal establece la competencia de los Jueces para conocer de los delitos cometidos en el extranjero, El Código de Derecho Internacional Privado, en sus artículos 305, 306, 307, 308 y 309, también desarrollan casos de extraterritorialidad de la ley penal, así como la existencia de acuerdos entre países que permiten incluso someter el conocimiento de casos o circunstancias a Organismos y Cortes Internacionales.

Ninguna de las normas antes citadas es una norma reciente, todas llevan más de 10 años de existir, ahora bien,

¿En dónde podemos considerar la aplicación de la ley penal extraterritorial y el litigio en general extraterritorial como un océano azul que crea una oportunidad en el ejercicio de la profesión?

La expansión de los negocios transfronterizos, la agilidad en las comunicaciones en virtud de la tecnología, el interés de distintos.

Países en atacar delitos como el lavado de dinero que se transfiere a través de cuentas en bancos que se encuentran en su territorio, genera una necesidad del abogado de especializarse en estos temas, debemos salir de la creencia que únicamente el abogado corporativo y mercantilista podrá asesorar más allá de las fronteras, también el abogado litigante especializado tendrá la capacidad y los clientes verán la necesidad de asesorarse en una debida diligencia al hacer negocios con personas en el extranjero y evitar contingencias que le puedan representar alguna responsabilidad penal, o bien estructurar la negociación que haga posible un reclamo penal en el extranjero o contra un extranjero.

Asimismo, el abogado que se especialice y estructure el enlace con los abogados ideales para llevar determinados casos, tanto en la defensa como en la parte reclamante, tiene una gran oportunidad de desarrollar su carrera fuera de fronteras, en mi experiencia, no es necesario tener o ser parte de una firma de abogados de gran estructura y con presencia en todo el mundo, lo que se necesita es entender los diversos sistemas de justicia y tener la capacidad de investigar cuales son las mejores opciones ….. y perder el miedo. Ningún litigio es sencillo, ya sea local o internacional, creo que lo que debe caracterizar al abogado litigante finalmente es el ser diligente, estratega, paciente y testarudo.

Leyes y Litigios Extraterritoriales

Juan Carlos Palomo

jcpalomo@amberlegal.com.gt

AMBER GUATEMALA

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CMI Energía coloca $700 millones | Financiamiento Mediante el Mercado de Capitales Internacional https://thelawyermagazine.com/cmi-energia-coloca-700-millones-financiamiento-mediante-el-mercado-de-capitales-internacional/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=cmi-energia-coloca-700-millones-financiamiento-mediante-el-mercado-de-capitales-internacional https://thelawyermagazine.com/cmi-energia-coloca-700-millones-financiamiento-mediante-el-mercado-de-capitales-internacional/#respond Fri, 29 Jul 2022 17:04:10 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3918 CMI Energía coloca $700 millones en bonos verdes. Además, concretó un crédito sindicado (otorgado por varias instituciones financieras a la vez), para refinanciamiento de deuda,...

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CMI Energía coloca $700 millones en bonos verdes. Además, concretó un crédito sindicado (otorgado por varias instituciones financieras a la vez), para refinanciamiento de deuda, informó en un comunicado la compañía multilatina en Guatemala.

**Mayo, 2021. CMI Energía, que forma parte de la unidad CMI Capital de Corporación Multi Inversiones (CMI), compañía que, este año celebra su centenario, cerró exitosamente la colocación de $700 millones en bonos verdes, con vencimiento a 8 años (2029) y una tasa (cupón) de 6.250%.

Alejandro Cofiño
acofino@altalegal.com

Andrés Lowenthal
alowenthal@altalegal.com

Enrique Martínez
martinez@altalegal.com

Ignacio Grazioso
igrazioso@altalegal.com

Los bonos verdes son instrumentos de deuda, cuyo importe se destina exclusivamente a financiar proyectos sostenibles ambientalmente, de manera que contribuyan a mitigar el cambio climático; contribuyen al establecimiento de un modelo de crecimiento y desarrollo económico bajo en emisiones de carbono.

Los inversionistas que adquirieron los bonos emitidos por CMI Energía, proceden de diferentes latitudes, de Estados Unidos son un 56%; de Europa, 29.4%, un 12.3 % de Latinoamérica y un 2.3% de Asia. La demanda de los mismos fue superior en cinco veces, el tamaño del monto emitido.

La negociación que contó con la asesoría financiera y legal de las entidades Rothschild & Co y Clifford Chance respectivamente, fueron calificadas por parte de las agencias Moody´s (Ba3); Fitch Ratings (BB-) y Standard & Poor´s (BB-), “lo cual representa una mejora en las calificaciones previas”, indica el comunicado.

La colocación, marca el ingreso de CMI Energía al mercado internacional de capitales, con el portafolio privado de energía 100% renovable más grande y diversificado de Centroamérica y el Caribe.

“Se trata de la colocación de bonos verdes más grande realizada por una empresa de energía renovable en Centroamérica y el Caribe hasta la fecha”, asegura la compañía.

En Latinoamérica, Perú fue el primer emisor de bonos verdes ($664 millones), mientras que Brasil, se constituye como el mayor mercado regional en este tipo de instrumentos, según un informe a julio 2019 de la Iniciativa Climate Bonds”

** Fuente El Economista. Publicación del sitio web de El Economista. https://www.eleconomista.net/economia/ CMI-Energia-obtiene-financiamiento-verde-por-700- millones-20210427-0025.html

ALTA – QIL4 Abogados es una firma con una práctica en temas bancarios y financieros de muchos años.

Contamos con un equipo muy bien preparado y con experiencia de calidad, contando con maestrías en el extranjero, experiencia de trabajo en EEUU, estar admitidos como abogados en otras jurisdicciones, pero sobretodo, ser un equipo con una visión clara en cuanto a este tipo de transacciones, lo que representan y lo que significan para el país y para la firma.

“Han sido varios años de mucho trabajo en conjunto para llegar hasta esta emisión de bonos verdes…”

La razón por la que hemos sido tomados en cuenta por CMI Energía para esta transacción se debe a lo anterior y por la estrecha relación que tenemos con dicha empresa desde hace muchos años.

Ello ha implicado mucho esfuerzo, trabajo y un proceso de evolución de ambos lados. El primer crédito sindicado que trabajamos con CMI Energía fue para RENACE, su proyecto hidroeléctrico en Guatemala, el cual empezamos a negociar en 2010.

Han sido varios años de mucho trabajo en conjunto para llegar hasta esta emisión de bonos verdes en el mercado de capitales internacional, la cual, por cierto, se intentó por primera vez en 2018. Sin duda, esta emisión marca un hito en la historia de CMI Energía y también en la de ALTA – QIL4 Abogados.

Estamos consientes que el mercado de capitales internacional no es para todas las empresas. Se necesita cierto tamaño, sofisticación, orden, trayectoria y resultados consistentes, así como proyectados a futuro, que sean atractivos, entre otros factores, para poder acceder a esta fuente de financiamiento.

No es fácil ni es para cualquiera.

Sin embargo, con las nuevas tendencias en los mercados financieros del mundo, incluyendo la posibilidad de acceso a emisiones más pequeñas, crowdfunding, el apetito de fondos de inversión y de capital de riesgo, modernización de las bolsas para colocación de instrumentos o valores financieros, etc., creemos que esta área de trabajo seguirá creciendo y diversificándose conforme estas otras fuentes de financiamiento más nuevas vayan abriéndose espacio en el mercado.

Creemos que nuestra profesión, aún siendo Guatemala y Centro América un mercado relativamente pequeño a escala mundial, ya exige cierta especialización en una, dos o tres diferentes áreas de práctica en las cuales un abogado se desarrolla.

La competencia es alta y muy capacitada, así que hay que escoger en área en la cual creamos que nos viene mejor profesional y personalmente, ya que estar motivado e identificado con el tipo de trabajo legal que hacemos es una de las claves más importantes.

Como decimos en ALTA – QIL4 Abogados, trabajo para los buenos siempre habrá. Así que la capacitación y esfuerzo constante, además de realizar actividades para distinguirse de la competencia y sobresalir para irse volviendo un referente en su área, siempre rinden buenos frutos.

ALTA LEGAL – QIL+4 ABOGADOS.

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Derecho y Estructuras Financieras – Karla Guerra https://thelawyermagazine.com/derecho-y-estructuras-financieras-karla-guerra/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=derecho-y-estructuras-financieras-karla-guerra https://thelawyermagazine.com/derecho-y-estructuras-financieras-karla-guerra/#respond Fri, 29 Jul 2022 17:01:03 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3915 El crecimiento de los negocios, su maduración y su rentabilidad están íntimamente ligados al tema de financiamiento, sin importar la capacidad de endeudamiento de las...

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El crecimiento de los negocios, su maduración y su rentabilidad están íntimamente ligados al tema de financiamiento, sin importar la capacidad de endeudamiento de las empresas. Generalmente este endeudamiento se consigue siempre y cuando las empresas otorguen garantías que tradicionalmente han sido la hipoteca o la prenda. Aproximadamente en el año 2000 se comenzó a utilizar tímidamente el fideicomiso como herramienta en la estructuración de financiamiento bancario.

Estrucuras Financieras

Karla Guerra

karla.guerra@sercomi.com.gt

Palacios y Asociados


Veinte años después, dicha figura ha sido probada exitosamente, pues por su versatilidad puede adecuarse con bastante eficiencia al comportamiento de la generación de flujos de las empresas en sus diversas modalidades y al tipo de garantías reales. Esquemas de fideicomisos mixtos de garantía y administración de flujos como mecanismo de pago, han ofrecido a los participantes de la estructura (deudor y acreedor) un control eficaz y ordenado en el repago de las obligaciones.

En forma independiente al contrato de fideicomiso en los últimos años en Guatemala se han promulgado tres leyes importantes para el desarrollo de estructuras financieras.

Nos referimos a la Ley de Garantías Mobiliarias, Ley de los Contratos de Factoraje y de Descuento y la Ley de Leasing. Los contratos regulados en dichas normas incluido el fideicomiso, pueden entrelazarse para construir estructuras financieras interesantes que permitan a las empresas un esquema de financiamiento más adecuado a sus necesidades.

Existe todo un océano azul para desarrollar esquemas de endeudamiento que se adecúen a los tiempos actuales, sin tener que recurrir al trasnochado sistema de garantías tradicionales. A partir del año 2007 contamos con la Ley de Garantías Mobiliarias (Decreto Número 51-2007 del Congreso de la República).

Sin embargo, no es sino hasta la aprobación de sus reformas en el año 2018 que este tipo de garantías mobiliarias se ha incorporado a las operaciones crediticias bancarias.

El alcance de lo que puede ser una garantía mobiliaria es amplio, y responde a los procesos actuales de producción de bienes y servicios. La modificación en el arancel original al actual ha incidido definitivamente en que cada vez más operaciones de crédito se acojan a dicha regulación.

Adicionalmente, la incorporación de procedimientos contractuales (extrajudiciales) en caso de ejecución de la garantía traslada mayor certeza a los acreedores sobre la recuperación de los créditos a su favor.

De esa cuenta, ya se han estructurado operaciones de financiamiento a empresas del sector agrícola, pudiendo garantizar al acreedor desde la fase de cultivo de los bienes, cosecha hasta su comercialización, sin que el acreedor haya perdido su derecho.

Por otra parte, en el año 2018 se promulga la Ley de los Contratos de Factoraje y de Descuento (Decreto Número 1-2018 del Congreso de la República) con lo que se regula la cesión de derechos de crédito y la cesión de derechos de crédito en garantía para operaciones de financiamiento.

Hay que recalcar que, a las operaciones de factoraje o descuento en virtud de la referida ley, les es aplicable la exención del Impuesto al Valor Agregado en los mismos términos que le aplica a la creación, emisión, circulación y transferencia de títulos de crédito, títulos valores y acciones de cualquier clase. Este ingrediente abre la puerta para un sinnúmero de posibilidades de transacciones mercantiles e intercambio de bienes y servicios.

“Existe todo un océano azul para desarrollar esquemas de endeudamiento que se adecúen a los tiempos actuales”

Finalmente, traemos al escenario a la recientemente aprobada Ley de Leasing (Decreto Número 2-2021 del Congreso de la República). Con la aprobación de esta normativa se desliga el contrato de arrendamiento del Código Civil del contrato de leasing en sus distintas modalidades (leasing financiero y operativo de bienes muebles e inmuebles).

En armonía con la Ley de los Contratos de Factoraje y de Descuento, la Ley de Leasing claramente establece que las operaciones de cesión de derechos de crédito derivados de uno o varios contratos de leasing están exentos del pago de cualquier impuesto, por tratarse de una cesión de derechos crediticios.

Por otra parte, esta Ley introduce un procedimiento abreviado para la desocupación, devolución y entrega inmediata de los bienes muebles o bienes inmuebles, desligando totalmente al leasing de la Ley de Inquilinato. Lo anterior innegablemente ofrece certeza jurídica a todas las partes en el contrato.

Nos queda como tarea pendiente contar con una ley que regule los procesos de titularización de activos o bienes, a los cuales ya se hace referencia someramente la Ley de Vivienda y la Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica.

La promulgación de dicha ley, es sin duda, un reto importante para Guatemala como país, considerando que El Salvador y Costa Rica cuentan con experiencias exitosas en procesos de titularización para financiamiento de proyectos públicos y privados.

En conclusión, contamos ahora con legislación que nos permite desarrollar nuevos esquemas de financiamiento. Será tarea de los profesionales de derecho saber guiar a su cliente en la generación de modelos financieros innovadores, con certeza jurídica y reducción de costos. El reto deber ser un ganar-ganar para todos.

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Departamento Legal de TELUS International – Abogada In House: María Lourdes Rodríguez Grazioso https://thelawyermagazine.com/departamento-legal-de-telus-international-abogada-in-house-maria-lourdes-rodriguez-grazioso/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=departamento-legal-de-telus-international-abogada-in-house-maria-lourdes-rodriguez-grazioso https://thelawyermagazine.com/departamento-legal-de-telus-international-abogada-in-house-maria-lourdes-rodriguez-grazioso/#respond Fri, 29 Jul 2022 01:24:39 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3884 El puesto de in-house requiere destrezas específicas como el conocimiento en leyes, regulaciones y sistemas jurídicos, por lo que la acreditación académica tiene un peso...

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El puesto de in-house requiere destrezas específicas como el conocimiento en leyes, regulaciones y sistemas jurídicos, por lo que la acreditación académica tiene un peso significativo para la empresa. Además, por ser una empresa global, tener un nivel avanzado del idioma inglés fue también un aspecto determinante. Previo a TELUS International, tuve la oportunidad de trabajar como Asistente Legal en firmas reconocidas del país, así como de realizar prácticas profesionales en distintas instituciones jurídicas estatales, que considero, fueron fundamentales para consolidar el conocimiento académico con la práctica jurídica.


María Lourdes Rodríguez Grazioso – TELUS INTERNATIONAL


Legal Counsel / Gerente Legal

lourdes.rodriguez@telusinternational.com

En TELUS International fui contratada para desempeñar un puesto de soporte dentro del departamento legal global, en el cual tuve la oportunidad de aprender sobre la industria y sus necesidades, lo cual sentó la base para la posición de in-house, como Gerente Legal.

Considero que algunas de las habilidades que abrieron la puerta a mi puesto actual, han sido: las competencias sociales; la resolución de conflicto; la apertura y disponibilidad; el interés y conocimiento sobre el negocio; y la comunicación abierta y transparente

TELUS International con sus valores e impacto comunitario que representa para el país, es el lugar en donde encontré el punto ideal de convergencia para aplicar mi capacidad y habilidad profesional y personal. Ser parte de una empresa líder, en una industria de servicio, cuyo objetivo principal es potencializar el recurso humano para proporcionar experiencias de servicio al cliente de última generación, es un reto y un compromiso emocionante diario.

RETOS Y TENDENCIAS PARA DEPARTAMENTOS IN HOUSE

Creo que la principal expectativa de un in-house hacia el futuro, es que cuente con mecanismos de resolución de crisis, que puedan adaptarse a la empresa y su negocio para superar cualquier circunstancia que pueda enfrentar.

El rol principal de un abogado in-house es conocer la industria en la que labora, desde el aspecto interno (sus empleados, procesos, finanzas, etc.) hasta el aspecto externo (el negocio, sus productos y su clientela), por lo que identificar sus áreas de riesgo y oportunidad, y asesorar con propuestas eficientes y eficaces para mitigar el riesgo o resolver el conflicto es un reto constante.

En cuanto a tendencias del departamento in house para el 2021 considero que, en relación a su aspecto organizacional, una tendencia importante es la evolución de un abogado in house a un equipo legal que cuente con diversidad de abogados dedicados y especializados a las distintas áreas de atención que requiere la empresa. Otra de ellas es la digitalización de procesos internos que sean compatibles con los requerimientos de las regulaciones locales e internacionales.

EXPECTATIVAS Y ROL DE LAS FIRMAS DE ABOGADOS – 2021

Una de las principales expectativas al momento de contratar o conservar una firma externa, es la capacidad de dicha firma de conocer e innovar al ritmo de la industria a la que atiende y anticiparse a situaciones que pueda enfrentar. También se espera que la firma cuente con expertos en las diversas ramas del derecho para que el abogado in-house pueda acudir a un punto de referencia con los múltiples casos que puedan surgir. Aunque el aspecto regional o incluso global es un valor agregado o un nice to have, esto no es un punto decisivo para su elección.

En cuanto a precios, se espera que la firma externa mantenga precios competitivos en el mercado y que esté abierta a tarifas alternativas o diferentes modalidades de facturación como el pago por horas vs. la tarifa fija.

El rol de las firmas externas para el 2021 continúa siendo representar a la empresa ante las instituciones públicas, velando por los intereses de la misma y procurando procesos eficientes y transparentes. Así mismo, se espera que la firma externa sea una fuente confiable de información sobre actualizaciones en las regulaciones locales y globales.

Para TELUS International Guatemala, ha sido vital contar con una firma externa de abogados formada por expertos profesionales, accesibles y confiables que genuinamente se interesan por el bienestar de la empresa, a los que podemos acudir sin limitación, y quienes invierten tiempo y dedicación para proporcionar soluciones a las diversas situaciones que enfrentamos. Esta alianza es estratégica para el desarrollo exitoso de la empresa.

LEGAL TECH

En TELUS International utilizamos Salesforce como plataforma de Customer Relationship Management o CRM por sus siglas en inglés, para ciertos procesos como el almacenamiento de contratos y recopilación de datos, así como para la producción de acuerdos con lenguajes estandarizados como los Acuerdos de Confidencialidad. Así mismo, en jurisdicciones en donde son aceptados, utilizamos DocuSign para adquirir firmas electrónicas.

RECOMENDACIONES FINALES

El rol de abogado in-house es la combinación de conocimientos jurídicos, para guiar a la empresa en cuanto a las regulaciones locales y globales; de servicio, para atender las necesidades de la empresa y sus integrantes; y de analítica, para recopilar, analizar, prever y proponer soluciones a conflictos de manera objetiva. Pero ninguno de los tres aspectos se adquiere y perfecciona si no es poniéndolos en práctica en una empresa que valore la importancia de este rol interno como parte de su estrategia para alcanzar el éxito.

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La digitalización de los Departamentos Legales – Juan José Del Pino Regnier PAN | American Life de Guatemala https://thelawyermagazine.com/la-digitalizacion-de-los-departamentos-legales-juan-jose-del-pino-regnier-pan-american-life-de-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-digitalizacion-de-los-departamentos-legales-juan-jose-del-pino-regnier-pan-american-life-de-guatemala https://thelawyermagazine.com/la-digitalizacion-de-los-departamentos-legales-juan-jose-del-pino-regnier-pan-american-life-de-guatemala/#respond Fri, 29 Jul 2022 01:08:53 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3880 Conocer y aprender todo lo que conlleva la regulación de seguros, así como el rol de Oficial de Cumplimiento, sin duda fue y sigue siendo...

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Conocer y aprender todo lo que conlleva la regulación de seguros, así como el rol de Oficial de Cumplimiento, sin duda fue y sigue siendo un gran reto profesional, sin embargo, nada nos preparó para los retos que nos continúa presentando la pandemia provocada por el COVID-19. Este evento marcó un antes y un después en el mundo, en nuestra vida personal, profesional y definitivamente en la forma que hacemos negocios. Como abogado in house se presentaron muchos retos, dentro los cuales destaca el desarrollar procesos de ventas digitales para las diferentes líneas de negocio. Siendo el tiempo el enemigo, fue necesaria la implementación de estos procesos que debían cumplir con las leyes y regulaciones aplicables al sector asegurador, así como también cumplir con las expectativas de asegurados, intermediarios y demás terceros involucrados.

LEGAL TECH

Enfocados en encontrar una solución tecnológica que se acoplara a nuestras necesidades, ahora contamos con un sistema tecnológico que ha agregado mucho valor en la operación de la aseguradora. Este sistema ha permitido trasladar la venta tradicional a la venta digital que permite mantener un rastreo claro de la entrega, recepción, conocimiento y aceptación de los términos de los contratos. Esto permite continuar operando aún en las peores circunstancias, como la que continuamos viviendo.

La digitalización es una realidad a la cual estamos obligados a adaptarnos ya que ésta no discrimina entre fronteras y sectores, prácticamente abarca todo lo que nos rodea. Estar conscientes de esta realidad es importante de debido a que, si bien el rol del abogado in house es proteger intereses legales de nuestro cliente, también nos vemos en la necesidad y obligación de cumplir con las necesidades del resto de departamentos que conforman la empresa.

En el caso de un departamento de ventas sabemos que las ventas son importantes, pero también es importante saber cuál es la línea que separa lo legal de lo ilegal y es aquí donde el rol del abogado in house cobra una relevancia significativa ya que nuestra asesoría no debe estar basada únicamente en resaltar lo que no se puede hacer, sino más bien en señalar el camino correcto a tomar y las diferentes alternativas tecnológicas que pueden apoyarnos a operar dentro del marco legal y regulatorio.

RECOMENDACIONES FINALES

De esta forma, e inmersos en esta nueva realidad y normalidad del 2021, el rol del abogado in-house toma mayor relevancia y nuestro enfoque debe ser no solo el de expertos y conocedores de la ley y la regulación, sino también el ser facilitadores del negocio y encontrar las soluciones tecnológicas que nos puedan ayudar a cumplir con ese fin.


Juan José Del Pino Regnier PAN-AMERICAN LIFE DE GUATEMALA


Asesor Jurídico Interno y Oficial de Cumplimiento

JDelpino@palig.com

Tuve la oportunidad de iniciar mi carrera profesional en una de las mejores firmas de abogados de la región, fue allí donde, de la mano de excelentes mentores, encontré el verdadero gusto por el derecho y especialmente por el derecho corporativo. Fue así como decidí cursar una Maestría en Derecho Corporativo para enfocar mis esfuerzos y futuro profesional en una carrera dirigida a la asesoría legal empresarial. Siempre tuve la intención de especializarme en un sector específico y así encontré la oportunidad como abogado in house en el sector asegurador, un sector estrictamente regulado, y además tomé un rol completamente nuevo, el de Oficial de Cumplimiento.

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Retos y Oportunidades de los Abogados | Entrevista a Jorge Marroquín Cabrera – Banco G&T – GRUPO FINANCIERO G&T CONTINENTAL https://thelawyermagazine.com/retos-y-oportunidades-de-los-abogados-entrevista-a-jorge-marroquin-cabrera-banco-gt-grupo-financiero-gt-continental/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=retos-y-oportunidades-de-los-abogados-entrevista-a-jorge-marroquin-cabrera-banco-gt-grupo-financiero-gt-continental https://thelawyermagazine.com/retos-y-oportunidades-de-los-abogados-entrevista-a-jorge-marroquin-cabrera-banco-gt-grupo-financiero-gt-continental/#respond Fri, 29 Jul 2022 00:53:17 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3870 No conozco a ningún niño que sueñe ser abogado cuando sea grande; todos quieren ser médicos, bomberos o astronautas. Sin embargo, siendo abogado me ha...

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No conozco a ningún niño que sueñe ser abogado cuando sea grande; todos quieren ser médicos, bomberos o astronautas. Sin embargo, siendo abogado me ha tocado apagar fuegos, sanar negocios y ayudar a mis clientes a viajar hasta donde quieran. No es una profesión para tímidos. Ha exigido que tome al proverbial toro por los cuernos, arriesgándome al escoger trabajos cada vez más retadores.

Desde ser asistente en una institución bancaria, asociado en firmas grandes, hasta aceptar estar en el departamento legal de una de las instituciones financieras más grandes del país, del cual ahora soy el encargado.


Jorge Marroquín Cabrera- GRUPO FINANCIERO G&T CONTINENTAL


Asesor Legal Corporativo

jormarroquin@gtc.com.gt

RETOS Y TENDENCIAS PARA DEPARTAMENTOS IN HOUSE y LEGAL TECH

Desde el año pasado, sobre las dificultades inherentes a un puesto así, se le subieron todas las incertidumbres y obstáculos que nos regaló la pandemia, situación de la cual aún no salimos del todo. El efecto de la paralización de actividades a nivel general será algo que seguiremos sintiendo durante años por venir. En nuestro departamento, hemos aprovechado la crisis para incentivar la responsabilidad y compromiso personal de nuestro equipo, pues el trabajo a distancia impuesto por las restricciones de horario exigieron un nivel de autogestión mayor al que teníamos costumbre. Estoy muy orgulloso de los miembros del departamento que han estado a la altura de estas circunstancias.

Nos hemos apoyado en herramientas de reuniones virtuales, como todo el resto del mundo y en programas de automatización de minutas de contratos (Legal Machine), lo que se traduce en un ahorro en tiempo y reprocesos y en la disminución de errores. Todo eso libera a mi equipo para realizar el trabajo que es tan valioso, como manejar las nuevas formas de interacción con las oficinas y registros públicos para que nuestro cumplimiento de plazos no sufra y atender a los clientes internos y externos de forma eficiente. Lo más importante de tener en cuenta para los departamentos In House es que, para efectos prácticos, tenemos un cliente único con una diversidad de necesidades que a veces son contrarias en sus propósitos. Por una parte, estamos para ayudar a que los negocios sean ágiles y encontrar nuevas formas de llevarlos a cabo. Por la otra, no podemos permitir que esa necesidad ponga en peligro la seguridad legal de la corporación. Cualquier abogado interno de un banco estará de acuerdo conmigo que somos la última tuerca que se aprieta en el esquema de negocios y que muchas veces nos toca parar el engranaje para evitar desastres mayores a futuro.

EXPECTATIVAS Y ROL DE LAS FIRMAS DE ABOGADOS

Y, como ninguno sabemos hacerlo todo, parte de la gestión eficiente de un departamento interno es saber contratar a firmas externas para brindar perspectivas frescas. Yo acudo principalmente a éstas en dos temas:

  1. cuando la capacidad instalada del departamento no es suficiente para atender algún proyecto en específico; y
  2. cuando la especialización en ciertas áreas es vital para poder llevar a cabo el proyecto que se requiera.

Es simplemente imposible serlo todo para todos todo el tiempo.

RECOMENDACIONES FINALES

En lo personal, no pude haber elegido una mejor carrera. Todos los días aporto algo a mi entorno y recibo aprendizajes, unos más duros que otros. Tal vez cuando fui niño no soñé con ser abogado, pero estoy seguro que mi yo de cinco años estaría de acuerdo con la carrera que tenemos ahora y del impacto que podemos generar a nivel país.

Mi recomendación final es simplemente atreverse a tomar retos y destacar haciendo bien las cosas desde nuestro circulo de influencia generando cambios sostenibles para marcar la diferencia en este mundo tan competitivo.

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Las Habilidades Necesarias de los Abogados y Firmas Legales | Ana Bauer Maegli – Grupo Tecun https://thelawyermagazine.com/las-habilidades-necesarias-de-los-abogados-y-firmas-legales-ana-bauer-maegli-grupo-tecun/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=las-habilidades-necesarias-de-los-abogados-y-firmas-legales-ana-bauer-maegli-grupo-tecun https://thelawyermagazine.com/las-habilidades-necesarias-de-los-abogados-y-firmas-legales-ana-bauer-maegli-grupo-tecun/#respond Thu, 28 Jul 2022 23:58:09 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3864 Alcanzar un alto rendimiento profesional y destacarse del resto, en cualquiera de los perfiles que se escoja, requiere de claridad de metas, perseverancia, estudio y...

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Ana Bauer Maegli – Grupo Tecun
Asesora Jurídico
bbauer@grupotecun.com

Alcanzar un alto rendimiento profesional y destacarse del resto, en cualquiera de los perfiles que se escoja, requiere de claridad de metas, perseverancia, estudio y esfuerzo constante y por supuesto humildad. Todo el tiempo estamos aprendiendo, los abogados nunca debemos dejar de ser estudiantes, en especial si se está en la búsqueda constante de un crecimiento profesional.

Tantas nuevas tendencias en el campo del derecho sin duda alguna representan un reto diario que exige investigación, análisis y actualización, pero representan también la oportunidad de alcanzar un alto grado de especialización y ser los referentes en el campo. 




La abogacía permite perfilarse en diferentes escenarios profesionales. Las aspiraciones de un abogado van desde ejercer liberalmente la profesión hasta desempeñarse en un cargo público, perseguir una carrera en las cortes o ser el abogado interno de una compañía; y por qué no, involucrarse en la academia. 

Al final del día, si nuestras metas son claras y las perseguimos con pasión, encontraremos una genuina satisfacción y realización personal y profesional, pero es importante ser pacientes y comprender que el crecimiento es escalonado.

RETOS Y TENDENCIAS PARA DEPARTAMENTOS IN HOUSE

En el contexto de una gran dificultad sanitaria y económica, los departamentos legales dentro de las empresas se encuentran obligados a reinventarse. Frente a la dirección de la empresa y las diferentes unidades de la misma, los abogados internos tienen que hacerse presentes “aún a la distancia”,

deben ser capaces de desarrollar las competencias necesarias para adaptarse

al ritmo del mercado, a las dinámicas que el entorno socio-político marquen y, claro está, deben sumarse a la transformación digital y al uso de herramientas y plataformas tecnológicas que, en estos tiempos especialmente, les permitan estar en las mesas de discusión de la empresa y ser al apoyo que la dirección necesita en la toma de decisiones. 

La buena administración del tiempo y del presupuesto es vital. Con la llegada del home office y las reestructuraciones financieras, el reto de los abogados in house es dar a conocer las bondades de su trabajo y la importancia de su participación en los negocios de manera eficiente y demostrar, ante grandes cargas de trabajo que los momentos de crisis generan, la capacidad de “hacer más con menos”. 

En otras palabras, ser propositivos y aportar mejoras no solo desde una perspectiva legal sino también operacional, al mismo tiempo de alcanzar una eficiencia en sus procesos y un buen control de costos. Todo lo anterior, sin dejar a un lado otros objetivos importantes como siempre proteger los intereses de la compañía y anticiparse a los riesgos y amenazas que pueden afectarla.

EXPECTATIVAS Y ROL DE LAS FIRMAS DE ABOGADOS

Las empresas buscan en una firma externa no solo asesoría legal, sino un aliado de negocios, que presten un servicio de alta calidad y especializado según sea necesario, pero sobre todo que fomenten relaciones basadas en confianza y compromiso. 

Las empresas buscan en una firma externa no solo asesoría legal, sino un aliado de negocios. Las expectativas son que los abogados externos puedan contribuir con su experiencia a las necesidades de la empresa, que presten un servicio de alta calidad y especializado según sea necesario, pero sobre todo que fomenten relaciones basadas en confianza y compromiso. 

El 2020 demostró que la capacidad de adaptarse a cambios repentinos y abruptos son un diferenciador en el mercado, por lo que ahora de una firma externa también se espera esa prontitud para responder al cambio y soluciones innovadoras para prestar sus servicios en un mundo tan cambiante.

Ana Bauer Maegli – Grupo Tecun

RECOMENDACIONES FINALES

Los abogados in house tienen la responsabilidad de analizar los riesgos de la empresa desde una perspectiva holística y monitorear la entrada en vigor de nuevas normas, políticas y la imposición de nuevas tendencias que se relacionen con el giro de la empresa.

Es importante que los abogados constantemente se formen no solo en conocimientos jurídicos, sino en otros campos que les permitan generar habilidades para pensar como directivos, entender muy bien los negocios y acompañar a la empresa a tomar decisiones estratégicas. 

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Los retos más importantes para los Departamentos Legales – Carlos Leiva Castillo | FICOHSA GUATEMALA https://thelawyermagazine.com/los-retos-mas-importantes-para-los-departamentos-legales-carlos-leiva-castillo-ficohsa-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=los-retos-mas-importantes-para-los-departamentos-legales-carlos-leiva-castillo-ficohsa-guatemala https://thelawyermagazine.com/los-retos-mas-importantes-para-los-departamentos-legales-carlos-leiva-castillo-ficohsa-guatemala/#respond Thu, 28 Jul 2022 22:29:54 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3856 Sin duda alguna la claridad en metas trazadas, la pasión por la actividad profesional del derecho, la formación académica a nivel universitario (licenciatura- maestría –...

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Sin duda alguna la claridad en metas trazadas, la pasión por la actividad profesional del derecho, la formación académica a nivel universitario (licenciatura- maestría – posgrado), constante capacitación y sobre todo la actitud, han sido los factores determinantes que hoy me permiten ocupar el puesto de Gerente División Legal en Grupo Financiero Ficohsa Guatemala. No todo el mérito me es atribuible, en esta trayectoria profesional he sido acompañado por familia ejemplar, mentores de trabajo, colaboradores y aquellas personas que han confiado en mí.


Carlos Leiva Castillo- GRUPO FINANCIERO FICOHSA GUATEMALA Gerente División Legal


Gerente División Legal

carlos.leiva@ficohsa.com

RETOS Y TENDENCIAS PARA DEPARTAMENTOS IN HOUSE

La pandemia ha roto paradigmas en las relaciones laborales y ha impuesto retos interesantes para las nuevas formas de ejecutar las actividades; en forma abrupta se han implementado reuniones virtuales, turnos rotativos, horarios escalonados, uso de nuevas tecnologías e inclusive la aplicación de legislación vigente en Guatemala como lo es la Ley para el Reconocimiento de Comunicaciones y Firmas Electrónicas, tecnologías que previo a pandemia tuvieron poco uso.

El 2021 trae consigo la inminente transformación del sector legal a la digitalización (Legal Tech) y ello requiere la implementación de herramientas tecnológicas que permitan una eficiente atención al cliente, brindando certeza jurídica para las partes involucradas. Para que la transformación sea exitosa, en buena medida, se deben romper paradigmas que puedan hacer compleja su implementación, esto incluye necesariamente que el sector privado y público implemente y reconozca la transformación legal a la digitalización en sus actividades y/o procesos, para que sea así un proceso integral.

LEGAL TECH

En Guatemala, la transformación del sector legal a la digitalización en el sistema financiero regulado es un hecho, en buena medida está en proceso de implementación y desarrollo en beneficio del sistema y los clientes. Grupo Financiero Ficohsa Guatemala ha implementado el uso de firmas electrónicas, programas de automatización de control y ejecución de contratos, entre otros, lo que ha permitido ser más efectivos en tiempos de pandemia, sin dejar de mencionar que la transformación legal a la digitalización es considerada por el grupo como un pilar fundamental para el crecimiento.

EXPECTATIVAS Y ROL DE LAS FIRMAS DE ABOGADOS – 2021

En cuanto a la contratación de firmas legales externas por parte del departamento legal In House para el año 2021, son varios factores a tomarse en consideración, principalmente el alto nivel moral, ético y reconocida honorabilidad de sus socios, asociados y demás personal, la experiencia en el sector a ser contratados, la adaptabilidad a la nueva situación de las empresas, la oferta de eficiencia operativa y financiera y la alineación a los valores empresariales. Podemos estar seguros que las firmas legales de asesores externos en el 2021 seguirán teniendo un rol de importancia para cualquier sector de la industria, siempre que las mismas se reinventen y puedan adaptarse a las necesidades y los cambios de las empresas contratantes.

En la transformación del sector legal a la digitalización, el desarrollo de tecnologías de información, la creación e implementación de sistemas digitales que permitan mejorar la eficiencia y eficacia operativa, serán sin duda alguna la principal tendencia y serán consideras herramientas básicas para el efectivo desarrollo de las actividades de un departamento legal In House.

RECOMENDACIONES FINALES

El 2021 será retador en muchos sentidos y las expectativas son grandes; las experiencias vividas recientemente nos enseñaron que toda crisis tiene ganador y perdedor, que genera oportunidades y por lo tanto para tomar dichas oportunidades, necesitamos estar integrados por personas con mentalidad sujeta al cambio, adaptables y comprometidos.

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María Mercedes Castro Guerra de Contreras https://thelawyermagazine.com/maria-mercedes-castro-guerra-de-contreras/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=maria-mercedes-castro-guerra-de-contreras https://thelawyermagazine.com/maria-mercedes-castro-guerra-de-contreras/#respond Wed, 27 Jul 2022 08:03:32 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3741 Soy una mujer de 34 años y orgullosamente guatemalteca. Mi historia comenzó siendo la tercera de cuatro hermanos: dos hombres y dos mujeres. Crecimos en...

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María Mercedes Castro Guerra de Contreras | Abogada in House (Guatemala)

Soy una mujer de 34 años y orgullosamente guatemalteca. Mi historia comenzó siendo la tercera de cuatro hermanos: dos hombres y dos mujeres. Crecimos en una familia en donde había libertad para soñar, pero también estructura. De seis miembros, cinco somos abogados. Siempre hubo discusión. Toda mi vida he hecho deporte y eso me permitió desarrollar carácter, disciplina, pero principalmente a quitarme el miedo.

Colegio: Monte María, católico y sólo mujeres. Licenciatura en Derecho, de la Universidad Francisco Marroquín, con una formación e ideología basada en la libertad. Son dos mundos completamente distintos. Eso me dio balance y criterio. Mi inspiración y razón de existir, ha sido mi familia, quienes fortalecen mis principios y valores, todos los días. Mi carrera profesional inició en el despacho familiar, CASTRO BASTEGUIETA, en donde aprendí el trabajo duro y pude desarrollar mi creatividad como abogada; en donde se vive el optimismo y se promueve el trabajo en equipo, se aprende a ser prácticos, a diseñar estrategias, y que, todo problema se resuelve con sentido común y vocación de servicio especializado.

Actualmente, soy Vice Presidenta de la Asociación Abogadas en Guatemala, Transforma, entidad que tiene como objetivo principal reunir a mujeres y hombres guatemaltecos, comprometidos con la diversidad y el empoderamiento, principalmente en el sector legal del país.

Soy Tesorera para la Comisión Anti Corrupción y Responsabilidad Corporativa, Capítulo para Guatemala – International Chamber of Commerce, en donde se promueve la ética, transparencia empresarial, el cumplimiento, y lucha contra la corrupción.

Tengo al mejor compañero de fórmula, mi esposo. Una persona justa y noble. De quien aprendo todos los días, comparto mis altos y bajos, y me apoya para seguir adelante en esta aventura. Él me motiva, me inspira.

Tengo el privilegio de ser la Abogada in house para Chiquita Banana Guatemala, una compañía multinacional comprometida con el desarrollo del país, entidad que promueve y vive la ética, el respeto y cuidado de sus colaboradores. Empresa líder en el sector, operando bajo los más altos estándares internacionales. Sin duda, es un reto constante, el cual afronto con mucha ilusión y responsabilidad.

RETOS Y TENDENCIAS PARA DEPARTAMENTOS IN HOUSE

El futuro del sector legal es complejo, pero con muchas oportunidades por explorar, y sin duda, serán dueños de él los que sepan identificar las necesidades, y tengan una visión integral. Debemos de comprender los cambios, las nuevas necesidades, y actuar de forma efectiva. Existen nuevas maneras de prestar el servicio legal, pero al final, lo que importa es el resultado y la eficacia para resolver los problemas, y mejor aún, para prevenir y gestionar los riesgos. Los desafíos son distintos para cada industria, pero debemos ser capaces de anticiparnos, diseñar y planificar de una manera estratégica, y accionar alineados a una cultura corporativa transparente.

Los abogados in-house debemos de ser capaces de trasladar a las compañías el valor del “compliance” y resaltar que no es una moda, ni una tendencia, ni tampoco es sinónimo de fiscalización. Debemos de ser creativos para poder sumar y fomentar una cultura que busca la mejora continua, enfocarnos e implementar las herramientas y mecanismos que sean valores agregados para las compañías.

En Guatemala, hoy más que nunca, debemos de trabajar e invertir en la escala de valores, que la visión de liderazgo esté orientada al cumplimiento, que se promueva y se viva la empatía, que se aprenda hacer las cosas bien. Buscar que el colaborador sea feliz y pueda crecer. Debemos de regresar al origen de todo, derechos fundamentales, principios y políticas que busque el bienestar de las personas y de los diferentes grupos de interés.

EXPECTATIVAS Y ROL DE LAS FIRMAS DE ABOGADOS

La dinámica laboral ha cambiado alrededor del mundo. La abogacía, como la mayoría de las profesiones, tiene nuevos retos que afrontar. Sin embargo, nos hemos acercado como sociedad y se ha brindado mayor libertad en cuanto a los horarios y al lugar de trabajo. Nos hemos dado cuenta de la importancia de un buen liderazgo, aquel que permite ajustar el trabajo a las necesidades de los colaboradores, sin sacrificar la calidad y eficiencia, pero valorando al ser humano.

La expectativa siempre va ser la contratación de servicios y personas que estén alineados con los valores de la compañía. Que sumen, no sólo desde un punto de vista técnico, que sepan actuar, aún y cuando continúa la incertidumbre. Asumir la responsabilidad, es importante. Los estándares internacionales facilitan la ejecución de buenas prácticas. Debemos de evolucionar, encontrar el balance y reconocer la especialización. La pandemia no viene a modificar lo fundamental, la profesión es una relación entre personas y por el contrario permite ofrecer servicios en el acompañamiento de la crisis, con una visión estratégica. Es una realidad que la tecnología impulsa con más fuerza algunos cambios, pero hay oportunidad de expansión en otros ámbitos del derecho.

RECOMENDACIONES FINALES

Mi recomendación para todos los abogados y compañías es la conformación de equipos diversos. He podido comprobar que genera rentabilidad. Tenemos que nivelar el terreno del juego para las mujeres a través de metas medibles, mayor participación de las jóvenes profesionales y que, a través de sus capacidades y logros, puedan acceder a puestos de liderazgo, en un ambiente seguro y de igualdad de oportunidades. Esto tiene un efecto multiplicador, mejora la productividad y genera respuestas innovadoras.

Debemos de intentar, siempre, ser coherentes en lo que decimos y hacemos. Asimismo, expresar nuestras opiniones con la mayor claridad posible y es importante para poder enviar mensajes firmes, frente a cualquier situación. Hoy en día, la autorregulación y la inteligencia emocional juegan un papel fundamental. Debemos de profundizar y reflexionar en estos aspectos para poder crecer y posicionarnos. No perdamos la empatía con la cual logramos afrontar la Pandemia. Los abogados debemos de recordar que ejercemos una profesión de servicio, y que somos un gremio en donde debe de prevalecer la ética, la justicia y el bienestar. Debemos de encontrar un equilibro como profesionales, y continuar adaptándonos a las necesidades de nuestras empresas o clientes. La incertidumbre continuará, y debemos de navegar en aguas abiertas, continuar experimentando lo nuevo y fortalecernos. La creatividad, y la habilidad de identificar las emociones, serán el mejor aliado para un abogado. Debemos de ser espontáneos para que los clientes se sientan más conectados y podamos generar un ambiente en donde prevalezca la confianza.

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La Revolución Legal Tech en Centroamérica – Análisis de la Crisis del 2008 y 2020 https://thelawyermagazine.com/la-revolucion-legal-tech-en-centroamerica/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-revolucion-legal-tech-en-centroamerica https://thelawyermagazine.com/la-revolucion-legal-tech-en-centroamerica/#respond Wed, 27 Jul 2022 06:36:18 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3725 Todo inicia en 2008, la crisis financiera sienta las bases para una nueva forma de prestar servicios, el cliente quiere más por menos; y es...

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Todo inicia en 2008, la crisis financiera sienta las bases para una nueva forma de prestar servicios, el cliente quiere más por menos; y es así como empiezan a tomar fuerza empresas, no firmas de abogados, tales como Axiom, Riverview Law, Lawyers on Demand, Legal Zoom, Rocket Lawyer, entre otros.

En 2008, en Latinoamérica no se percibía aún la necesidad de cambiar la forma de prestar los servicios legales o la necesidad de constituir empresas de servicios legales. La estructura de los despachos de más de 100 años, donde el CEO o los propietarios contrataban al abogado de confianza, parecía continuar siendo la adecuada.

Roberto Valladares

Estudiante del “Certificado en Legal Tech en la Era Digital”

MIT Professional Education en colaboración con Esade

rvalladares@lmintelligence.com

En 2020, la historia es otra. Con una nueva crisis mundial a raíz del COVID-19, las empresas se replantean nuevamente sus costos legales, la contratación de los servicios legales se encuentra íntimamente ligada a los costos, a los números, ahora son los CFO y los abogados ‘in-house’ quienes parecen ser los que deciden sobre la contratación de los servicios legales. Hacer eficientes los servicios legales se convierte en una necesidad.

En la actualidad, los términos Legal Tech y Law Tech están a la orden del día. Pero ¿existe realmente una diferencia entre ambos? La respuesta es afirmativa, aunque parecieran ser terminologías similares es importante diferenciarlas. En un webinar de Antonio Serrano, responsable del Certificado en Legal Tech en la Era Digital de MIT Professional Education en colaboración con Esade, comprendí que la principal diferencia radica en que en el Legal Tech no se hace tanto uso de la Inteligencia Artificial, mientras que en el Law Tech sí existe una implementación más activa de la Inteligencia Artificial. Asimismo, en dicho webinar se expuso que existen principalmente tres tipos de tecnologías tanto en el Legal Tech como en Law Tech, siendo estas las siguientes:

1. Tecnologías facilitadoras: los servicios de nube o ciberseguridad

2. Herramientas de apoyo: los programas de gestión de despachos, expedientes, o programas de automatización, o de firma electrónica.

3. Soluciones que ayudan o sustituyen el asesoramiento jurídico.

En Latinoamérica ya encontramos estos tipos de tecnología. Me permito presentar algunas:

En cuanto a tecnologías facilitadoras, es muy común que los departamentos legales (tanto ‘in house’ como firmas legales) ya no tengan servidores físicos, sino que cada vez más opten por servicios en nube tales como One Drive, Dropbox, entre otros. Asimismo, en cuanto a servicios de ciberseguridad, ya encontramos empresas como Fintegrity (Panamá) que provee servicios de auditorías de ciberseguridad, y en especial de manejo y control de riesgos.

En cuanto a herramientas de apoyo, solo por nombrar algunas, podemos encontrar: herramientas de firma electrónica como Signaturit, Docusign y/o Adobe Sign; herramientas de gestión de despachos como las soluciones provistas por Lemontech (Chile, Perú y México); herramientas de automatización de documentos como los productos provistos por Legal Machine (Guatemala y Panamá).

En cuanto a soluciones que ayudan o sustituyen el asesoramiento, solo por nombrar algunas podemos encontrar Kleros (Argentina) para los arbitrajes, en los cuales se implementa tecnología Blockchain, o servicios jurídicos en línea como lo es Esvidal (Perú); o servicios en línea también en especial en materia laboral como lo es GEBD Legal Tech Firm (México).

En Latinoamérica, no cabe duda que la revolución del Legal Tech ha llegado. Mi percepción es que, en la curva de la Difusión de innovación de Everett Rogers, estamos en la fase de los innovadores y primeros seguidores, por lo que capacitarse en Legal Tech es una gran oportunidad. “No estamos en una época de cambio, sino que es un cambio de época”

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El Misterio del Colibrí | ¿Por qué no somos más Colibríes? – Daniella Sánchez – Directora de Darsc Art Gallery https://thelawyermagazine.com/el-misterio-del-colibri-por-que-no-somos-mas-colibries-daniella-sanchez-directora-de-darsc-art-gallery/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=el-misterio-del-colibri-por-que-no-somos-mas-colibries-daniella-sanchez-directora-de-darsc-art-gallery https://thelawyermagazine.com/el-misterio-del-colibri-por-que-no-somos-mas-colibries-daniella-sanchez-directora-de-darsc-art-gallery/#respond Wed, 27 Jul 2022 05:52:15 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3707 A veces me cuestiono cómo fue el inicio de todo. Cómo se manifestó y se declaró todo lo que conocemos, vemos y sentimos. Según el...

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A veces me cuestiono cómo fue el inicio de todo. Cómo se manifestó y se declaró todo lo que conocemos, vemos y sentimos. Según el Popol Vuh,  antes de la creación no habían hombres, ni animales, pájaros, pescados, cangrejos, árboles ni piedras, no había cosa en el mundo que hiciera ruido. El agua estaba con calma y todo estaba en silencio y en oscuridad.

¿Cómo evolucionó el mundo que conocemos hoy en día?

Evolucionó por medio de la luz, una gota de luz, hizo que lo oscuro se iluminara, que el agua tuviera movimiento y que la creación se formará. De está gota de luz se formo el color azul, el verde, el rojo y el amarillo y a partir de ellos los demás colores. De la misma gota de luz se formó el ave más pequeña del mundo, conocida como el colibrí. Cuya existencia la encontramos en civilizaciones antiguas, tales como los Aztecas, Mayas e Incas.  

Daniella Sánchez

daniella@daniellasanchez.com

Directora de Darsc Art Gallery & Arte_Catorze

www.darscgallery.com y www.artecatorze.com

El colibrí ha tenido un significado importante desde el inicio de la humanidad. A pesar de que es el ave más pequeña, puede alcanzar una velocidad de sesenta a ochenta kilómetros por hora y son los únicos animales que pueden volar hacia atrás, adelante, arriba y hacia abajo. La vida de los colibríes es de gran importancia para sus ecosistemas, ellos son agentes polinizadores de los bosques tropicales. El colibrí al visitar una flor, con sus movimientos golpea los estambres y el polen cubre su plumaje, es así como logran polinizar su ambiente . Está ave no tiene la capacidad de oler, se atraen solo por los colores de de las plantas y flores, según estudios el color que más los atrae es el rojo. Los encontramos sólo en el continente americano, desde Alaska hasta Chile. 

La señal de un colibrí tiene un significado espiritual poderoso, haciéndola un icono en la cosmogonía prehispánica. Civilizaciones antiguas como los Mayas y Aztecas le daban valor a las plumas de colores brillantes. El colibrí tiende a tener un plumaje colorido y casi metálico, por lo cual a dichas civilizaciones antiguas les causaba aprecio y admiración. 

Para los Mayas, los colibríes eran una especie de mensajeros entre los dioses y los humanos. Según sus creencias, cuando los dioses crearon todas las cosas, notaron que faltaba un medio por el cual podían llevar sus deseos al mundo, por lo que tomaron una flecha pequeña, la soplaron para que volara y cobró vida; convirtiéndose en un ave pequeña y la nombraron   

¨ts´ unu´ un¨.  Para esta civilización prehispánica, los colibríes no solo eran mensajeros de los dioses, sino también llevaban los buenos deseos y pensamientos de otros hombres. Si alguien te deseaba bien, el colibrí tomaba ese deseo y lo llevaba hacia ti. 

Artista: Richard Gándara 

Obra:    Desayunando 

Exhibición: febrero 2020, galería: Arte_Catorze

Para los Aztecas el colibrí era llamado ¨huitzilin¨, era considerado el nahual de la guerra. Según sus creencias, la diosa de la fertilidad llamada Coatlicue encontró unas plumas de colibrí que resguardo en su seno, quedando embarazada de Huitzilopochtli, el dios de la guerra y del sol. Cuando nació el dios de la guerra, llegó equipado con una armadura, un escudo de águila y una sandalia con plumas de colibrí. La existencia de esta ave está ligada a la fundación de la ciudad Tenochtitlán. La imagen del colibrí la vemos impregnada en murales, objetos y códices de la civilización Azteca. Hoy en día, para los mexicanos, los colibríes son reencarnaciones de sus parientes, según leyendas; los guerreros caídos en batalla reencarnaron en forma de colibríes después de haber viajado al mundo de los muertos. 

Para la civilización Inca los colibríes eran intermediarios de los mundos y manifestaciones de los dioses de la montaña. En el pueblo Nazca en Perú encontramos varios objetos de artesanías con formas y pinturas de colibríes. Las famosas líneas de Nazca en el sur de Perú, representan a varios animales, entre ellas destaca el colibrí. Existe una leyenda andina del Colibrí de Oro, la cual relata que solo el ave cóndor podía volar hacia los dioses. Pero al volar al cielo no se le permitía al cóndor ver a los dioses cara a cara. Cuenta la leyenda que un día el colibrí quiso conocer a los dioses y como no podía volar tan alto como el cóndor, se escondió en el plumaje de este.

Al llegar al cielo, el colibrí salió del plumaje del cóndor y este al notar que lo usó como vehículo para llegar a los dioses lo empezó a perseguir con rabia. El colibrí voló con rapidez tratando de huir del cóndor,  que de esa rapidez y audacia de querer ver a los dioses logró llegar a ellos y al verlos cara a cara se empezó a convertir en oro. 

Artista:          Richard Gándara 

Obra:             Majestuoso 

Materiales:    fotografía en papel seda

Exhibición:     Green Wall, en Darsc Gallery. 

La iconografía de un colibrí es poderosa, quizás por eso es el ave que más representación encontramos en el arte contemporáneo. Hoy en día tenemos esculturas, pinturas y fotografías de colibríes que no solo representan belleza sino también fuerza, proveniente de un animal tan pequeño que físicamente es imposible que posea las características físicas que tiene. Quizás nuestros antepasados usaron la metáfora del colibrí para que no nos olvidemos que como seres humanos, podemos tener las mismas características que él. Podemos ser fuertes, hermosos, guerreros, sobre pasar imposibilidades físicas pero sobre todo podemos ser luz y esperanza hacia los demás. 

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Derechos Humanos y Empresa de Naturaceites Guatemala – Christian Henry https://thelawyermagazine.com/derechos-humanos-y-empresa-de-nautraceites-guatemala-christian-henry/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=derechos-humanos-y-empresa-de-nautraceites-guatemala-christian-henry https://thelawyermagazine.com/derechos-humanos-y-empresa-de-nautraceites-guatemala-christian-henry/#respond Wed, 27 Jul 2022 05:36:04 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3694 En un mundo tan globalizado en donde cada vez más los consumidores mundiales exigen productos y servicios manufacturados utilizando las mejores prácticas responsables, éticas y...

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En un mundo tan globalizado en donde cada vez más los consumidores mundiales exigen productos y servicios manufacturados utilizando las mejores prácticas responsables, éticas y sostenibles, hoy en día, cualquier empresa que busque competir en el mercado internacional debe ser consciente de la creciente regulación y estándares internacionales que regirán su desempeño y compromiso con sus colaboradores, vecinos, comunidades y grupos de interés.

Christian Henry

Christian.henry@naturaceites.com

Gerente Legal – NaturAceites

En NaturAceites, como empresa comprometida con la producción sostenible de aceite de palma en Guatemala, siempre hemos creído y apostado al respeto a los Derechos Humanos como parte de nuestro ADN y se ha convertido en nuestro pilar estratégico para la sostenibilidad del negocio. Promover y respetar los Derechos Humanos hacia lo interno y externo de la organización, ha generado, no solo una cultura de operación responsable con nuestros grupos de interés y recursos naturales, sino también una operación más segura desde el punto de vista operativo y de riesgo legal.

La principal guía en materia respeto a los derechos humanos para la empresa la podemos encontrar en los “Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos” dictada por el Consejo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en el año 2011. Los Principios Rectores buscan unificar esfuerzos en pro del respeto de los derechos humanos, instando a los Estado y a las Empresas, a velar por la efectiva tutela de los derechos humanos de todos los agentes que directa o indirectamente puedan verse afectados de alguna forma por la operación de dichas empresas.

No obstante, para garantizar el cumplimiento de estos estándares, las empresas debemos cumplir con una serie de requisitos indispensables tales como: la matriz legal, la cual no debe ser un compendio de leyes, reglamentos o artículos de obligatorio cumplimiento, sino más bien una exposición de motivos o comportamientos que permitan por medio de ejemplos claros y sencillos, explicar a todo los niveles de las empresas el deber ser del comportamiento de la empresa y sus colaboradores, incluso a proveedores y clientes; el diagnóstico o due diligence de cumplimiento normativo que permite identificar el grado de cumplimiento de las normas positivas y vigentes del país, normativa internacional y más importante aún, las posibles áreas de mejora; y por último el Plan de Acción que es la parte más importante por ser nuestro plan de ruta para poder alcanzar nuestros objetivos, los cuales deben ser claros, medibles y alcanzables en un espacio de tiempo determinado.

Asimismo, con el objetivo de ir cerrando las brechas en materia de Derechos Humanos y de ser un referente en esta área, las empresas guatemaltecas contamos con programas internos u otras certificaciones de cumplimiento y responsabilidad que certifiquen nuestras buenas prácticas, respeto y responsabilidad para con nuestros distintos públicos de interés.

En nuestro caso, contamos con un compromiso corporativo enmarcado en nuestra Política de Derechos Humanos y Sostenibilidad, la cual fue recientemente fortalecida con el acompañamiento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Cámara del Agro (CAMAGRO) y Gremial de Palmicultores (GREPALMA). Esta Política contempla la implementación de programas corporativos y un esquema de certificaciones y buenas prácticas internacionales bajo la normativa de la Mesa Redonda de Aceite de Palma Sostenible (RSPO, por sus siglas en inglés), la cual acredita dichas buenas prácticas y el cumplimiento de nuestras plantaciones, plantas de beneficio y cadena de suministro, auditado anualmente por una tercera parte independiente.

Por eso, la construcción de una reputación sólida de cualquier empresa ya no pasa únicamente por la eficiencia y calidad de los productos y servicios que éstas ofrecen, sino que descansa en cómo, esa eficiencia y calidad, respeta el ambiente, es seguro para nuestros colaboradores, es responsable con nuestros vecinos y comunidades y como eso también se replica en nuestros proveedores.

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Derechos Humanos y Empresa – Laura Castañeda – Cementos Progreso https://thelawyermagazine.com/derechos-humanos-y-empresa-laura-castaneda-cementos-progreso/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=derechos-humanos-y-empresa-laura-castaneda-cementos-progreso https://thelawyermagazine.com/derechos-humanos-y-empresa-laura-castaneda-cementos-progreso/#respond Wed, 27 Jul 2022 05:33:49 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3691 Hablar sobre la Política de Derechos Humanos en las empresas implica el conocimiento holístico de los Derechos Humanos en general, en específico de los Principios...

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Hablar sobre la Política de Derechos Humanos en las empresas implica el conocimiento holístico de los Derechos Humanos en general, en específico de los Principios Rectores en materia de Derechos Humanos y Empresa, así como reconocer la importancia del rol del Abogado In House en la propuesta, promulgación y verificación del cumplimiento del sistema de gestión de los Derechos Humanos en la corporación.

Laura Castañeda

laura.castaneda@progreso.com

Gerente Legal Corporativo – Cementos Progreso

Los compromisos internacionales de los estados en materia de Derechos Humanos convierten a las empresas en sujetos de Derecho Internacional Público. En ese orden de ideas, aunque las normas de cumplimiento en materia de Derechos Humanos y empresa hasta ahora son voluntarias, se observa beneficiosa su adhesión por el valor agregado que le generan a las corporaciones.

Son 31 Principios Rectores en materia de Derechos Humanos y empresa que se sustentan en los siguientes pilares:

1. El deber del Estado de proteger los derechos humanos;

2. La responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos;

3. La necesidad de mejorar el acceso a las vías de reparación en casos de abusos relacionados con malas prácticas empresariales.

Operativamente la empresa debe considerar desarrollar un sistema de gestión en materia de Derechos Humanos proporcional al tamaño de su operación, que busque respetar los derechos humanos de todas sus partes interesadas, desde colaboradores hasta comunidades anfitrionas de sus operaciones. Dentro de los mínimos del sistema de gestión la empresa debe emitir un Compromiso político- La Política-, al más alto nivel de control (“Tone at the Top) que garantice e implique el “cascadeo” de las obligaciones a todos los ámbitos operativos de la empresa.

El rol del abogado corporativo en este tema es clave, pues su conocimiento del negocio y de la regulación en la materia lo convierten en la autoridad idónea para garantizarle a la empresa y sus accionistas no solo el correcto actuar como ciudadano corporativo, sino también la adecuada gestión de un activo intangible relevante, cuyo valor se monetiza en términos de atracción de nuevos inversionistas, reducción de costos operacionales, buen acceso a crédito, valoración para ofertas públicas de acciones, reducción de litigios nacionales e internacionales y acceso a mercados sofisticados entre otros.

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Derechos Humanos y Empresa | Andrea Bolaños – Asociación de Azucareros de Guatemala https://thelawyermagazine.com/derechos-humanos-y-empresa-andrea-bolanos-asociacion-de-azucareros-de-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=derechos-humanos-y-empresa-andrea-bolanos-asociacion-de-azucareros-de-guatemala https://thelawyermagazine.com/derechos-humanos-y-empresa-andrea-bolanos-asociacion-de-azucareros-de-guatemala/#respond Wed, 27 Jul 2022 05:31:24 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3685 Los Derechos Humanos son las normas o principios básicos que protegen al ser humano y que rigen su forma de vivir en sociedad. Los Derechos...

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Los Derechos Humanos son las normas o principios básicos que protegen al ser humano y que rigen su forma de vivir en sociedad. Los Derechos Humanos son inherentes a todos y van desde lo más fundamental como el derecho a la vida hasta los que dan valor a nuestra vida como los derechos de alimentación, el derecho al trabajo, a la libertad y a la propiedad.

El respeto a los Derechos Humanos es una conducta que se debe aplicar en los estados a todas las personas y a todas las empresas. Los Estados velan por los Derechos Humanos al respetarlos, protegerlos y cumplirlos en otras palabras al prevenir, mitigar y en su caso remediar aquellas consecuencias que puedan considerarse negativas sobre los Derechos Humanos. Por su parte las empresas respetan los Derechos Humanos al colaborar con el Estado en el respeto y promoción de los mismos.

Andrea Bolaños

Abolanos@azucar.com.gt

Gerente de Relaciones – Asazgua (Asociación de Azucareros de Guatemala)

Con base en lo anterior, la Asociación de Azucareros de Guatemala, enfocada en la sostenibilidad social, económica y ambienta, ha recorrido durante los últimos 20 años el camino necesario para la aprobación e implementación de políticas que garanticen el respeto a los Derechos Humanos. Nuestras políticas están enfocadas en contribuir con el Estado de Guatemala en el respeto de los Derechos Humanos a nuestros dos grandes grupos, el público interno que abarca a todos los colaboradores de las instituciones que conforman el Azúcar de Guatemala y el público externo, el cual considera a entidades de gobierno, gobiernos locales, sistema de consejos de desarrollo, comunidades, organismos internacionales, clientes y proveedores nacionales e internacionales.

Recientemente se presentó la Política de Respeto de los Derechos Humanos que reafirma el compromiso de la Agroindustria Azucarera de observar y cumplir los derechos fundamentales enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. La Política fue elaborada con el acompañamiento de la Organización Internacional del Trabajo -OIT–.

El objetivo de nuestra política es contribuir con el Estado de Guatemala en el respeto de los Derechos Humanos, desde el quehacer empresarial de nuestros asociados, por medio de la creación de capacidades, la debida diligencia y el diálogo con los grupos de interés en materia de Derechos Humanos.

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Caso hidroeléctrica Pojom II – Guatemala | Derechos humanos vs Derechos de empresa https://thelawyermagazine.com/caso-hidroelectrica-pojom-ii-guatemala-derechos-humanos-vs-derechos-de-empresa/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=caso-hidroelectrica-pojom-ii-guatemala-derechos-humanos-vs-derechos-de-empresa https://thelawyermagazine.com/caso-hidroelectrica-pojom-ii-guatemala-derechos-humanos-vs-derechos-de-empresa/#respond Wed, 27 Jul 2022 04:43:25 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3676 Con la finalidad de evitar infracciones a los derechos humano relacionadas con la actividad empresarial, los Principios Rectores sobre las Empresas y Derechos Humanos, proporcionan...

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Con la finalidad de evitar infracciones a los derechos humano relacionadas con la actividad empresarial, los Principios Rectores sobre las Empresas y Derechos Humanos, proporcionan un marco basado en los principios de proteger, respetar y remediar, entendidos como: el deber del Estado de proteger los derechos humanos, la responsabilidad de las empresas de respetarlos, y el acceso a mecanismos de reparación. Vale la pena estudiar casos de los últimos dos pilares, ya que revelan distintas maneras en que las situaciones de Empresas y Derechos humanos pueden ser tratadas.

Álvaro Enrique del Cid
alvaro.delcid@dcmlegal.gt


Alfonso Godínez Arana
alfonso.godinez@dcmlegal.gt

I. EL PILAR DE RESPETAR EN EMPRESAS Y DERECHOS HUMANOS:

LAS COMPAÑÍAS COMO ACTORES CLAVE

Según el informe de Naciones Unidas, que sirvió como antecedente a la elaboración de los Principios Rectores, hay pocos derechos reconocidos internacionalmente sobre los que las empresas no podrían incidir de alguna forma, y existen algunos derechos sobre los que tienden a incidir con mayor frecuencia, como en la gestión de recursos humanos y las relaciones con las comunidades, entre otros. Cada sector empresarial, por sus circunstancias particulares se acerca hacia determinados derechos, y en Guatemala, como en muchos otros lugares, la vinculación entre los proyectos hidroeléctricos y los derechos de los pueblos indígenas.

En esos casos, se ha vuelto común que exista una sentencia por parte e la Corte de Constitucionalidad para proteger los derechos de los pueblos indígenas. Sin embargo, las empresas son actores clave en la protección y promoción de derechos humanos, por lo que resulta indispensable que realicen acciones sin esperar a una resolución el Estado. Si bien la obligación del derecho de consulta es estatal, la responsabilidad en coadyuvarla y propiciarla incluso también recae en la empresa. A continuación se presenta un caso de estudio de nuestro país que puede servir de referencia para el futuro.

CASO HIDROELÉCTRICA POJOM II DE GUATEMALA

El respeto a los derechos humanos por las empresas, como toda decisión relevante para la vida de las empresas, necesariamente se origina de la decisión comprometida del más alto nivel directivo. Este es el caso del proyecto hidroeléctrico Pojom II, que promueve la empresa Energía y Renovación, y se ubica en el municipio de San Mateo Ixtatán, departamento de Huehuetenango (Guatemala).

Como es usual en este tipo de proyectos, la aparición en la zona de una empresa nueva, desconocida para las comunidades, tiende a generar desconfianza y con ello oposición a la intervención privada. Cuando los proyectos se ubican dentro de territorios de pueblos indígenas, esta oposición exige el proceso de consulta a los pueblos indígenas, prevista en el Convenio 169 de la OIT Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, el cual cabe recordar ha sido reconocido como derecho humano en la jurisprudencia constitucional guatemalteca y en la del sistema interamericano.

Como se mencionó, en Guatemala, la ausencia de legislación que determine las normas para realizar tal consulta ha trasladado a los tribunales la labor de fijar la forma de la consulta, y a la fecha existen varios fallos de la Corte de Constitucionalidad, que establecen estándares para el respeto del derecho de los pueblos indígenas a ser consultados. Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha desarrollado a través de sus fallos, estándares para verificar el respeto al derecho de consulta a los pueblos.

Energía y Renovación decidió abordar su intervención en el municipio de San Mateo Ixtatán, respetando los derechos humanos de las comunidades ubicadas en la esfera de influencia del proyecto. Desarrollar el proyecto con la debida diligencia en materia de derechos humanos implicó participar en un proceso de consulta ajustado a los estándares aplicables, es decir, que la consulta fuera previa o reparadora, libre e informada, realizada a través de un diálogo de buena fe, orientada a acuerdos.

En este caso, la plena observancia de los estándares en materia de derechos humanos aplicables a la consulta a las comunidades indígenas del área, la convirtieron en un verdadero de diálogo intercultural entre Gobierno, Pueblos Indígenas y Empresa, que sentó bases para la promoción del desarrollo integral de la población del área.

Preconsulta

El proceso de consulta no podía ser impuesto a la comunidad ni por las autoridades ni por la empresa y, en este caso, fue acordado luego de un proceso de preconsulta, que culminó con el Acuerdo Marco para el Proceso de Diálogo y Negociación para la Solución del Conflicto, la Paz y el Desarrollo de San Mateo Ixtatán. Este diálogo inicial permitió a las partes tomar conciencia de que el interés de las comunidades no se limitaba a pronunciarse sobre el proyecto hidroeléctrico, sino que el verdadero interés era mejorar condiciones socioeconómicas de la población del área, como marco general para los proyectos de cualquier naturaleza que se desarrollen en ella. Esta preconsulta fue el inicio de la verdadera inserción de la empresa en la comunidad, pues el contenido sobre el que se convino dialogar y negociar durante el proceso de consulta fue la conflictividad social y el desarrollo del municipio, superando el asunto específico del proyecto hidroeléctrico; Energía y Renovación pasó de ser un agente externo, ajeno a la problemática socioeconómica de las comunidades, enfocado exclusivamente en el proyecto de generación de energía, a convertirse en un aliado en la búsqueda de su desarrollo integral de las comunidades indígenas de su esfera de influencia.

Libre e informada

Una vez en el proceso de diálogo, se realizaron múltiples reuniones plenarias, por espacio de dos años aproximadamente, para informar a las comunidades sobre el proyecto, proporcionando datos precisos sin omitir los posibles riesgos y las medidas de mitigación previstas en la evaluación ambiental. La información se proporcionó a las comunidades por medio de las autoridades estatales competentes, ofreciendo asistencia técnica independiente de la empresa. La comunicación en esta etapa fluyó entre todas las partes en diálogo, en igualdad de condiciones, facilitando la formulación de consultas, críticas, discusiones y recomendaciones de las comunidades; no se limitó a la simple información.

Consulta de buena fe

Conociendo que la consulta no es un simple mecanismo de socialización de información, se procuró el diálogo abierto, lo que fue aprovechado para abordar medidas de desarrollo en las comunidades, extendiendo la participación del Estado a otros actores, como los Ministerios de Educación, Salud y Gobernación. Llegar a tal alcance en el proceso de diálogo solo fue posible luego de crear un clima de confianza mutua y respeto recíproco, lo que permitió una interacción positiva entre las partes, respetando las diferencias en un plano de igualdad.

Búsqueda de acuerdos por consenso

En algunos momentos del proceso, varios grupos de las comunidades indígenas se opusieron al proyecto, manifestando inconformidad con la forma en que el gobierno central y la municipalidad las habían tratado, pues se percibían ignorados. Esto abrió una ventana de oportunidad para que todas las partes pudieran aclarar malentendidos que existían o información errónea, y logró superar la visión antagónica, transformando el conflicto, luego de consensuarse que la viabilidad de la consulta y por lo tanto del proyecto, solo podía ocurrir si se buscaba el bienestar general de la población. Esto permitió que el proceso no se centrara en un sí o un no, sino en ir presentando las visiones de las partes para ir estructurando mejor el proyecto y otros acuerdos. La empresa tuvo una actitud propositiva de manera que su actuar ya no se limitara solo a realizar un proyecto hidroeléctrico bajo las recomendaciones y exigencias de la comunidad sino a participar proactivamente en el desarrollo integral de la comunidad, en cumplimiento del pilar de respeto.

Resultado de la consulta

El diálogo entre las partes, orientado hacia los acuerdos finales recogidos en el documento denominado Acuerdo para la Paz y el Desarrollo de San Mateo Ixtatán, abarca muchos más aspectos que la sola aceptación del proyecto de generación de energía. La gobernabilidad del área, seguridad y justicia, educación, salud, infraestructura vial, reconstrucción del tejido social, además del tema energético, son parte de este gran acuerdo resultado del proceso de consulta.

Conclusión

En este caso, la ausencia de legislación nacional en materia de consulta a los pueblos indígenas representó un obstáculo que fue superado por la empresa al actuar con la debida diligencia, acudiendo a los estándares del sistema interamericano y los precedentes contenidos en fallos de la Corte de Constitucionalidad, para establecer las características y condiciones que debía reunir el proceso de consulta. Aún y cuando la obligación es del Estado, la empresa reconoció su responsabilidad frente a los derechos humanos para ayudar a que estos se impulsaran más allá de tener acceso a energía eléctrica y al trabajo que esto generaría. Se buscaron otros puntos de contacto entre la actividad de la empresa y del Estado para lograr un Acuerdo multidisciplinario y multifacético, con incluso mecanismos de verificación constante.

Esto, además del buen resultado generado para la población del área, también plantea una importante reflexión respecto a la debida diligencia de las empresas en materia de derechos humanos: el simple cumplimiento de los requisitos legales previstos en las leyes y reglamentos locales no es suficiente, pues no garantiza el respeto a los derechos humanos; es necesario elevar la vista hacia la normativa internacional, a los fallos de los tribunales internacionales, y en general hacia todas las fuentes de estándares en materia de derechos humanos, de modo que las empresas cumplan adecuadamente con la obligación de respeto.

II. EL PILAR DE REMEDIAR EN EMPRESAS Y DERECHOS HUMANOS:

JUECES Y EL SISTEMA INTERAMERICANO

La primera línea de defensa para garantizar los derechos humanos de las personas es que el Estado cumpla con su obligación de proteger y las empresas, su responsabilidad de respetar. Cuando estos fallan, se activa el pilar de remediar, el cual muchas veces implica la intervención de las cortes para resolver las disputas. En los últimos años, cortes de distinta naturaleza y órganos del sistema interamericano de Derechos Humanos han realizado avances importantes en el ámbito de Empresas y Derechos Humanos, como los casos que se reseñan a continuación.

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Breve Biografía de Lic. Mario René Archila https://thelawyermagazine.com/breve-biografia-de-lic-mario-rene-archila/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=breve-biografia-de-lic-mario-rene-archila https://thelawyermagazine.com/breve-biografia-de-lic-mario-rene-archila/#respond Wed, 27 Jul 2022 04:33:54 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3670 La trayectoria legal del abogado Mario René Archila inicia en 1982 cuando decide hacer una pasantía en los tribunales de justicia, siendo ahí donde encuentra...

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La trayectoria legal del abogado Mario René Archila inicia en 1982 cuando decide hacer una pasantía en los tribunales de justicia, siendo ahí donde encuentra su vocación por el litigio que termina confirmado en el ‘83, cuando con un amigo deciden iniciar una oficina que sirviera de apoyo a algunos abogados, muy similar a lo que hoy sería una LPO (Legal Process Outsource)

Lic. Mario René ArchilaArias

mario.archila@ariaslaw.com

Posteriormente, en el ‘87, luego de su graduación hasta la fecha se ha dedicado fundamentalmente al derecho procesal. Figuras importantes en su ejercicio profesional, han sido su primo Luis Arturo Archila y Rogelio Zarceño Gaitán, ex presidente y ex magistrado, respectivamente, de la Corte Suprema de Justicia.

Más adelante, da un salto cualitativamente importante en su ejercicio profesión porque de formar parte de un grupo de abogados en el que básicamente solo compartían gastos de oficina, se convierte en socio fundador de una firma donde creció muchísimo tanto nivel profesional como personal. Y luego de más 20 años en dicha firma, se trasladó a la firma Arias de la cual actualmente es socio

Asimismo ha sido catedrático de derecho notarial, lo cual ha sido una de las grandes satisfacciones de su vida profesional, porque el notario al igual que el abogado, deben necesariamente saber de derecho sustantivo, y es esa combinación lo que le ha permitido afirmar que el abogado que sabe de derecho sustantivo, tiene mejores herramientas para desempeñarse como Notario. Posteriormente fue Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad San Pablo de Guatemala.

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Legislación en Privacidad de Datos en Guatemala | Internacional https://thelawyermagazine.com/legislacion-en-privacidad-de-datos-en-guatemala-internacionalguatemala-privacidad-de-datos/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=legislacion-en-privacidad-de-datos-en-guatemala-internacionalguatemala-privacidad-de-datos https://thelawyermagazine.com/legislacion-en-privacidad-de-datos-en-guatemala-internacionalguatemala-privacidad-de-datos/#respond Wed, 27 Jul 2022 04:11:35 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3652 La protección de datos personales y privacidad es una necesidad ante la tendencia global de digitalización. Cada vez más, las relaciones sociales y comerciales se...

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La protección de datos personales y privacidad es una necesidad ante la tendencia global de digitalización. Cada vez más, las relaciones sociales y comerciales se desarrollan por medio de plataformas digitales, de alta tecnología e informática que involucra el uso, procesamiento, almacenamiento y movimiento de información, datos confidenciales, personales y privados. La privacidad y protección de datos no debe verse como algo añadido al sistema sino ser parte integral de este. 

Jorge Luis Rodas
jorge.rodas@nexuslegal.gt

Nexus Legal
www.nexuslegal.gt

El uso de datos y privacidad trasciende las fronteras internacionales y por esto es necesario implementar o tener como referencia normas que regulen dicha protección. Es importante que en la medida que distintas organizaciones guatemaltecas quieran ser partícipes de la economía global implementen normas locales como complemento a otras reglas internacionales ya vigentes.

La legislación referente es la norma de protección de datos de la Unión Europea (GDPR por sus siglas en inglés) y, para América Latina, la ley modelo de protección de datos creada por la Organización de Estados Americanos -OEA-.

A pesar de que en Guatemala no se cuenta con una ley específica en materia de protección de datos1 sí se reconoce, regula y protege el derecho a la privacidad y la protección de datos por medio de la Constitución, los tratados internacionales ratificados y otras normas específicas (de acceso a la información, sobre inteligencia y contrainteligencia, contra la delincuencia y otra normativa penal, entre otras).

En las últimas semanas, debido a la crisis del COVID-19, se ha generado la necesidad de interactuar guardando distanciamiento social. Estas medidas han incrementado el uso de plataformas digitales para comunicarse, contratar servicios, comprar bienes y realizar cualquier actividad.

Cada vez es más importante que la protección de datos y privacidad sea tomada en cuenta desde el diseño del sistema, de forma preventiva y no reactiva, contar con cifrado extremo a extremo, y ser transparente con los distintos actores involucrados sobre las políticas

La legislación guatemalteca regula la protección de datos y la privacidad, sin embargo, cualquier organización que desee hacer negocios en este mundo globalizado o tener acceso a información y data deberá cumplir e implementar medidas establecidas en normas modelos como la propuesta por la OEA o la GDPR de la Unión Europea. La protección de datos debe abordarse desde el diseño del modelo de negocio de tecnología

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La Historia del Grafiti – Más allá del Vandalismo https://thelawyermagazine.com/la-historia-del-grafiti-mas-alla-del-vandalismo/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-historia-del-grafiti-mas-alla-del-vandalismo https://thelawyermagazine.com/la-historia-del-grafiti-mas-alla-del-vandalismo/#respond Wed, 27 Jul 2022 03:19:49 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3632 El grafiti se conoce como un movimiento de arte, pero es más que una tendencia artística, es una cultura. Su historia, diversidad de estilos, colores...

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El grafiti se conoce como un movimiento de arte, pero es más que una tendencia artística, es una cultura. Su historia, diversidad de estilos, colores y técnicas que varían y cambian según la ciudad, barrio o inclusive el país en el que se realiza va detallando características propias de sus ambientes. Relatando una historia, una protesta o inclusive una ilusión que pasó o está por suceder en una sociedad. 

El termino grafiti proviene del vocablo italiano, pero su esencia histórica proviene de los tiempos del Imperio Romano

Daniella Sanchez

Directora Darsc Art Gallery
daniella@daniellasanchez.com
www.darscgallery.com

Seint/Artista grafitero :

¨El grafiti para mi es la expresión total de mis sentimientos, en cada línea, color y estructura quiero demostrar la vida, pasión qué esto me hace sentir.”

La historia del grafiti tiende a ser ambigua y su estudio es complejo, pero sus inicios se encuentran en la época de las catacumbas de Roma; estos túneles subterráneos  fueron utilizados como lugar de enterramiento para los cristianos, con el fin de no ser incinerados. En las catacumbas los cadáveres se enrollaban en una sábana y se colocaban en nichos, posteriormente se cerraban con lapidas de mármol o barro cocido. Se escribía el nombre de la persona difunta sobre la tala acompañada de un símbolo cristiano. Y así fue evolucionando el grafiti en distintas sociedades. Pero fue hasta en los años 60s-80s que se conoció la época post grafiti en la cual se empezó a realizar el grafiti en canvas y se empezó a exhibir en galerías. Fue gracias a artistas urbanos tales como: Fab Freddy Five, Jean-Micheal Basquiat, Lee Quiñones y artistas plásticos como Andy Warhol

Warhol realizó una serie de 200 obras en conjunto con Jean-Micheal Basquiat, las cuales se exhibieron en galerías y hoy en día podemos encontrarlas en museos alrededor del mundo. En el año 2017 una de las obras de Jean-Micheal Basquiat se vendió por $110.5 millones de dólares, siendo una de las seis obras registradas con el precio más alto en la historia de una subasta. 

Sharty One/Artista grafitero

¨Grafiti la exploración de los rincones más escondidos de la tierra. La mejor forma de compartir con cualquier tipo de cultura, raza o religión.¨

Quisiera mencionar dos ejemplos de murales previos a estas fechas (1960-1980) que se consideran grafiti:

Kilroy was here:

en el período de los años 1940-1945 durante la segunda guerra mundial, La frase: ¨Kilroy was here¨ acompañada por un personaje calvo, con nariz estirada y sus manos estirándose sobre un muro se hizo viral por los soldados americanos. La frase junto con el muñeco fue pintada y tallada por las tropas americanas desde Túnez, Italia y posteriormente Francia.

Según historiadores el propio Adolf Hitler se sentía amenazado al ver el grafiti y Joseph Stalin vio el grafiti al entrar a un baño en una residencia privada. No se sabe el origen de este grafiti ni quien lo diseñó por primera vez, pero existen tres teorías. La primera teoría relata de que es algo místico, la segunda teoría surgió después de un concurso de la radio por la American Transit Association en el año 1946. Tuvieron un concurso para dar con el autor original, aplicaron miles de participantes, los cuales todos decían que eran los autores originales del grafiti. El concurso lo ganó James J. Kilroy, quien laboró para la empresa: Force River Shipyard en Massachusetts, dedicada a barcos. Dentro de las atribuciones de James estaba la revisión de las planchas metálicas en barcos y las tenía que marcar, por lo tanto las marco con la frase y el dibujo. Pronto estas planchas estuvieron en los barcos de la segunda guerra mundial, los cuales acarrearon a las tropas americanas y así pudieron observar la frase los soldados y posterior la copiaron durante la guerra. La tercera teoría, es de que es una réplica de dos grafitis anteriores:

Foo was here:

grafiti australiano, utilizado por las tropas australianas, inglesas y de Nueva Zelanda, durante la primera guerra mundial. 

Mr. Chad Wot no tea?:

Las tropas inglesas utilizaron este grafiti posterior a los inicios de: Foo was here. Simbolizaba la carencia de materiales para la guerra. 


Niber/artista grafitero

¨Que es grafiti para mí!?

Hay muchas palabras que no se pueden describir exactamente, pues pueden ser muchas cosas en un solo momento, adrenalina, pasión, miedo, paciencia, estrategia, y siempre existe el deseo de terminar lo que estás haciendo ya sea ilegal o legal! Sea cual sea la situación es muy importante para el escritor de grafiti poder terminar!

El grafiti arruinó mi vida! ¨

Independientemente de dónde vino la idea original del grafiti de: ¨Kilroy was here¨, hasta el día de hoy simboliza orgullo, valor pero sobre todo esperanza, victoria y valentía  para las tropas americanas. 

En los años 90 hubo un crew o grupo de grafiteros en Europa llamados: Dry Bread Z Crew (DBZ) quienes pintaban en muros en Bristol, Inglaterra. Uno de sus miembros fue el artista conocido como Banksy. Hoy es uno de los grafiteros más populares que mantiene su anonimato a nivel mundial. Pero ha tenido ciertas controversias las cuales gracias a su status de celebridad se han opacado.

Ciertas controversias como en su exhibición: Barely Legal, en el año 2006 en Los Ángeles, California. En la cual pinto a un elefante vivo como parte de su instalación. La idea de la instalación era interpretar la frase ¨hay un elefante en la habitación¨. Primero lo pinto de rojo con dístelos dorados y posterior lo pinto de rosa (en ambas ocasiones, cuerpo completo, la pintura no era toxica pero no era recomendable para usar en el cuerpo humano). Autoridades de California trataron de quitarle su permiso otorgado para el uso de un animal salvaje en un espectáculo pero no pudieron hacerlo a tiempo, lo más que lograron fue que él elefante fuera bañado antes de la inauguración, por lo cual el elefante se exhibió sin la pintura. También ha pintado cuerpos de hombres desnudos en parques de niños y se le ha criticada por utilizar diseños de otros artistas. Pero Banksy siempre será Banksy a pesar de estas controversias.

En la actualidad existe un boom de espacios públicos dedicados al arte urbano, significando que la cultura del grafiti va ganando popularidad dentro de las sociedades. Tal es el caso de ciertos barrios en Nueva York, cómo en Brooklyn, con el movimiento Bushwick Collective, los de Williamsburg donde encontramos murales por el artista urbano Kobra. En Miami, tenemos el famoso down town pero en los últimos años ha cobrado mucha fama las paredes de Wynwood, en el districto de arte, donde encontramos al primer Museo de Grafiti.

 México le ha dado importancia al arte urbano desde los años 90s, y hoy en día celebra festivales de grafiti y arte urbano con el fin de que puedan participar artistas internacionales y nacionales, como fue el caso de su último festival de Meeting of Styles, un proyecto sin fines de lucro que se dedica a difundir la cultura del grafiti y hip hop. 

En Centroamérica tenemos a Guatemala con el proyecto innovador Casa Catorze, en la ciudad de Guatemala; convirtiendo su espacio en murales de grafiti y a la vez crearon una galería de arte al aire libre llamada: Arte_Catorze. 

José Fernando García/ Galería arte_catorze

www.artecatorze.com

¨Arte urbano es considerado una forma de expresión callejera, abarca técnicas como el grafiti, arte culinario, entre otras. 

A través de la galería arte_catorze, buscamos brindar un espacio que permita a los artistas la oportunidad de expresarse y así demostrar en Guatemala que el estilo  no necesariamente representa los tabúes a los que originalmente se le ha relacionado. 

Este tipo de proyectos y espacios resultan disruptivos y a la vez atractivos para los vecinos, principalmente por ubicarse sobre una zona de la ciudad en plena fase de adaptación a los requerimientos de la vida urbana. 

arte_catorze es una expresión permanente, inspirada en Wynwood Walls (Miami) con un sentido moderno donde se mezcla comida, música y arte urbano en sus diferentes expresiones.¨

En el último festival de: Meeting of Styles en Ciudad de México, participaron grafiteros mexicanos entre los cuales estaba Azyer, Warner, Roye, Tiburón, entre otros y dentro de los internacionales estaba Franco de Colombia, Satr de China y Miedo 12 de España. Logré conocer a Miedo 12, quien es un artista cuya trayectoria llevo un tiempo estudiando. Es un artista polifacético, es ingeniero industrial e ilustrador y me gusta cómo ha ido desarrollando su obra y carrera.  Miedo 12 acordó hacer una entrevista exclusiva para The Lawyer Magazine, con el fin de que lo conozcamos un poco más. (La entrevista completa, ha sido publicada en las redes sociales de la revista The Lawyer Magazine) 

Como podemos observar, la cultura del grafiti abarca todos los continentes del mundo y hoy en día es una de las técnicas artísticas que está ganando más plusvalía en galerías y en subastas de arte. Es una de las tendencias artísticas con más historia y que ha salido de forma natural en diferentes momentos de la humanidad; por ello hay que proteger, cultivar y conservarla no solo en cuanto a la percepción visual sino también en cuanto la percepción legal.

Las legislaciones deben de separar el delito de vandalización del movimiento artístico grafiti y los estados deben de empezar a crear normativas bajo las cuales puedan acordar un mejor trato con los artistas urbanos quienes al final siempre interpretaran en su arte la percepción que reciben de la sociedad y del estado en que viven.

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Reflexiones a propósito de la carta de Don Quijote a Sancho Panza – Juan José Romero Guzmán https://thelawyermagazine.com/reflexiones-a-proposito-de-la-carta-de-don-quijote-a-sancho-panza/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=reflexiones-a-proposito-de-la-carta-de-don-quijote-a-sancho-panza https://thelawyermagazine.com/reflexiones-a-proposito-de-la-carta-de-don-quijote-a-sancho-panza/#respond Fri, 22 Jul 2022 19:31:22 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3602 Han pasado alrededor de 400 años desde que Cervantes escribiera su famosa obra y, sin embargo, siento que éste, a través de su personaje Don...

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Han pasado alrededor de 400 años desde que Cervantes escribiera su famosa obra y, sin embargo, siento que éste, a través de su personaje Don Quijote, nos desafía (al menos a mí) a reflexionar no sobre el pasado, sino sobre el futuro.

Específicamente, analizaré el importante tema de la ley y su observancia o cumplimiento a partir de las recomendaciones de buen gobierno que Don Quijote le hace a Sancho Panza, transformado (ya avanzada la novela) en Gobernador de la Ínsula Barataria.

ACERCA DE LA LEY Y SU OBSERVANCIA: REFLEXIONES A PROPÓSITO DE LA CARTA DE DON QUIJOTE A SANCHO PANZA, GOBERNADOR DE LA ÍNSULA BARATARIA.
Juan José Romero Guzmán

Don Quijote, en una carta enviada a Sancho le dice:

“[n]o hagas muchas pragmáticas, y si las hicieres, procura que sean buenas y, sobre todo, que se guarden y cumplan; que las pragmáticas que no se guarden, lo mismo es que si no lo fuesen; antes dan a entender que el Príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas, no tuvo valor para hacer que se guardaran; y las pragmáticas que atemorizan y no se ejecutan, vienen a ser como la viga, rey de las ranas; que al principio las espantó, y con el tiempo la menospreciaron y se subieron sobre ella”.

Del texto se pueden identificar, básicamente, cuatro ideas que un gobernante (o, regulador, de acuerdo a la óptica con que lo analizaré) debe tener presente: (1) no hagas muchas pragmáticas (es decir, leyes, regulaciones, o normas en general); (2) procura que sean buenas; y (3) que se guarden y cumplan.

Además de estas recomendaciones, Don Quijote, como cuarta idea, le hace una advertencia: que las leyes que atemorizan y no se ejecutan provocan el desprestigio y menosprecio de la autoridad.

Sancho es un hombre honesto, de modo que lo que diga, quizás salvo algunas excepciones, parte del supuesto de que el gobernante o regulador es alguien bien inspirado en la ejecución de sus funciones.

De hecho, ésta es normalmente la regla general. No se trata de ser ingenuos, pero a veces una excesiva suspicacia le hace mal a todos, incluyendo a las instituciones.

I

Comenzaré, y en esto me concentraré preferentemente, con la recomendación central del texto: “PROCURA QUE LAS PRAGMÁTICAS SE GUARDEN Y CUMPLAN”.

Lo primero que quiero resaltar es la preocupación de Don Quijote por el cumplimiento efectivo de una norma. Lo habitual es que se coloque mucho mayor énfasis en la etapa de formulación de una regulación que en la fase de implementación y cumplimiento de la misma. Tanta es la importancia que el Quijote le asigna a lo que en el mundo anglosajón se conoce como regulatory enforcement or compliance, que llega a decir “que las pragmáticas que no se guarden, lo mismo es que si no lo fuesen”.

Sobre este tema específico quiero comenzar señalando que existen diferentes causas que influyen en el incumplimiento de una regulación Y estas causas tienen su correlato en la existencia de diferentes tipos de incumplidores.

Por un lado, es posible identificar a aquellos incumplidores que podríamos denominar, sin un ánimo despectivo, incompetentes (es decir, los que no conocen la ley, o no la entienden, o no saben cómo cumplirla o, simplemente, no pueden cumplirla –aunque lo deseen- por el tipo de exigencia que impone).

Por el otro, están los incumplidores que pudiendo dar cumplimiento a la regulación que los obliga, son reacios a hacerlo, es decir, se trata de incumplidores poco dispuestos.

Enfoquémonos, por ahora, en estos últimos.

Pueden existir varias causas para esta falta de disposición. Por ejemplo, a veces una regulación pugna con normas sociales o culturales (las cuales pueden dar origen a hábitos muy acendrados difíciles de modificar).[1]

En ocasiones, la falta de disposición a cumplir tiene relación con el hecho de que no se les tomó en consideración en forma previa a su dictación, al menos por la vía de permitir la participación en el proceso de gestación de una norma.

De vez en cuando, la causa de la resistencia se encuentra en la percepción de patente falta de idoneidad o razonabilidad de aquello a lo que se les obliga para satisfacer el objetivo deseado. Al respecto, la OECD (2000, p. 16) advierte que las personas objeto de regulación pueden perder la confianza en las agencias reguladoras y, en general, en los gobiernos, si es que ellos son obligados a cumplir con normas o reglas que parecen no tener relación con los objetivos sustantivos de la regulación de que se trate.

En el mismo sentido, ante una regulación percibida como injusta (sea en cuanto a sus objetivos o a los procedimientos), la resistencia a ella será, probablemente, la actitud natural, salvo que seamos como Sócrates, lo que no es el caso.

No obstante, en este grupo de incumplidores reacios o poco dispuestos cabe mencionar especialmente a aquellos incumplidores oportunistas (esto es, aquellos racionales y calculadores, y que cumplirán o no con la ley no porque esté fuera de su alcance hacerlo, sino dependiendo de si les conviene o no, especialmente desde un punto de vista económico). Más específicamente, esto suele ocurrir ante la presencia de lo que puede denominarse como falla disuasiva.

Este tipo de falla ocurre cuando se olvidan algunas de las reglas que paso a explicar. Los regulados cumplirán con la ley sólo si los costos que para el infractor se espera deriven de la comisión del ilícito (fundamentalmente, la sanción) igualan o exceden sus beneficios esperados.[2]

Pero ojo, no sólo debe tenerse en consideración la severidad de la sanción, sino también el hecho de que la probabilidad de que se detecte la infracción, se lleve a juicio al infractor y se logre su condena no es de un 100%, muy por el contrario. En otras palabras, la persona u organización (la cual actuará según lo que más le convenga), calculará, aunque sea intuitivamente, por un lado, el riesgo de que, en buen chileno, lo “pillen”, lo lleven a juicio, y lo condenen aplicándole, por ejemplo, una multa o una pena privativa de libertad. Y, por el otro, el beneficio o utilidad que puede obtener si viola la ley.

Esto no es nuevo, y no estoy hablando de Gary Becker (premio nobel de economía, quien, hay que reconocer, refinó estas ideas). Ya Beccaria y Bentham lo habían expresado muy bien. A modo ilustrativo, Bentham, en su obra “An Introduction to the principles of morals and legislation” sostuvo que “el valor del castigo en ningún caso debe ser menor de aquel que es suficiente para compensar las ganancias derivadas de la ofensa”, agregando más adelante que “para que la magnitud del castigo compense las ganancias que reporta la infracción, el castigo debe incrementarse en proporción al grado de incertidumbre que exista respecto de su aplicación efectiva” (es decir, de la probabilidad de que lo sancionen).[3]

En términos prácticos, lo anterior significa que para incrementar el efecto disuasivo se puede actuar sobre dos variables. Primero, se puede actuar elevando la sanción (algo relativamente simple de obtener –sólo se requiere de una decisión legislativa- y que, en mi opinión, debe ser moderado aplicando un criterio de proporcionalidad). Y, segundo, también se puede actuar mejorando la probabilidad de que al infractor le sea aplicada la sanción o pena, algo importantísimo, pero más complejo y costoso de lograr.[4]

Muchos de los factores de incumplimiento que he mencionado tienen su origen en una falla en la formulación de la ley. Esto quiere decir que una buena regulación no es sólo aquella que en el papel (es decir, en su etapa de formulación) parece haber diseñado un instrumento o herramienta adecuada para solucionar un problema bien diagnosticado, sino que también aquella que ha previsto, apropiadamente, cómo ha de ser aplicada en el mundo real.

Por lo tanto, la formulación y la implementación de una ley tienen vasos comunicantes. No se puede evaluar la bondad de una regulación sino luego de verificar su grado de observancia por los regulados. Recuerdo nuevamente las palabras de Don Quijote: procura que las pragmáticas sean buenas, pero si éstas no se guardan y cumplen, “lo mismo es que si no lo fuesen”.

Sin perjuicio de lo recién manifestado, la fase de implementación y aplicación de una regulación reviste una importancia en sí mismo y su éxito no depende solamente de las bondades de la norma que ha de ser aplicada. Una norma bien formulada facilita su implementación y cumplimiento, pero no lo asegura.

Por lo tanto, repito, la estrategia a ser utilizada por la autoridad al momento de aplicar y hacer cumplir una ley o reglamentación es clave. Para cumplir su cometido, Sancho debiera actuar como un buen estratega.

Un regulador inteligente (o buen estratega) es aquel que es capaz de darse cuenta de la, a veces, compleja personalidad de los regulados y actuar o responder en consonancia.

¿Darse cuenta de la personalidad de los regulados?

Alguien podrá estar preguntándose qué está diciendo el expositor: acaso hay que ser psicólogo para afrontar el desafío de formular e implementar alguna legislación o regulación. No. Pero sí debiera tomarse en consideración el aporte de disciplinas como la psicología, la sociología o la economía –y por qué no, la historia- para entender el comportamiento de las personas y grupos sociales.

Si una de las funciones principales del Derecho consiste en guiar a las personas reforzando o modificando el comportamiento de éstas, primero debiera entenderse cómo actúan los individuos. Esto nos ayudará, además, a prever más adecuadamente cómo responderán los regulados frente a una determinada regulación; cuáles serán sus efectos.

No hay que olvidar que el Derecho es, bajo cierta perspectiva, una poderosa fuente de incentivos y que una de las importantes certezas que hay que tener es que los individuos responden a los incentivos.

Prestemos, entonces, atención a cómo posiblemente reaccionarán aquellas personas a las cuales va dirigida una regulación o pragmática. En este sentido, y como parece obvio, si el regulado no tiene conciencia o no sabe cómo cumplir con lo prescrito, resulta evidente que la estrategia principal ha de ser una de carácter colaborativa (basada, esencialmente, en la educación).

Lo que no es tan obvio para el regulador es cómo lograr que la ley se cumpla por aquellos regulados bien instruidos y capaces. Ante este escenario, Ian Ayres y John Braithwaite en su libro “Responsive Regulation” realizan una importante contribución. Dichos autores intentan reconciliar aquel modelo para entender el comportamiento basado en la racionalidad económica con aquellos modelos con una raíz más sociológica.

Ellos plantean que hay que combinar diferentes estrategias de enforcement y cumplimiento a modo de pirámide, comenzando (en la base) con aquellas estrategias colaborativas y persuasivas. Hay que subrayar que dicho tipo de estrategias suelen ser, muchas veces, las más rentables y, por lo tanto, debieran ser las más habituales, de modo de, luego, ir avanzando hacia la cúspide para terminar con las estrategias sancionatorias o de castigo, las cuales siendo esenciales, no debieran utilizarse como si fueran la regla general.

Como puede apreciarse, una adecuada estrategia para, en el lenguaje de Cervantes, lograr que las pragmáticas se guarden y cumplan, radica en combinar estrategias blandas con estrategias duras. Y esto, no es muy distinto de lo que, con gran intuición, Don Quijote le aconseja en otro pasaje a Sancho

Panza:

“[n]o seas siempre riguroso, ni siempre blando, y escoge el medio entre estos dos extremos, que en esto está el punto de la discreción”.

Obviamente, y esto lo digo yo, nunca debe perderse de vista que para hablar suave se requiere que sepan que tú eres capaz de golpear con el garrote si es necesario, es decir, de ser capaz llevar adelante un caso hasta obtener una sanción condenatoria que duela y que sirva de señal para el resto de los regulados.

Como nos lo recuerda Don Quijote, se debe tener valor para hacer que las pragmáticas se guarden, lo que implica, como ya lo recordé, “no ser siempre riguroso, ni siempre blando. Lo relevante no es, en sí mismo, sancionar. Lo que ha de buscarse es, fundamentalmente, que la ley o la regulación se cumpla, logrando, ojalá, el resultado deseado.

Voy a ser más preciso todavía: lo importante es que la regulación se cumpla, en la medida de lo posible o razonable, considerando las restricciones institucionales existentes, entre ellas, las relacionadas con los recursos presupuestarios y humanos.

Para un regulador no es viable (ni conveniente –eso ya lo vimos con anterioridad) ser siempre duro: se deben elegir las batallas, priorizando estratégicamente los casos respecto de los cuales se intentará obtener una sanción condenatoria. Esta selección de los casos puede obedecer a criterios como el impacto público, la magnitud del daño o la probabilidad de éxito, por nombrar algunos.

Incluso más, esta visión estratégica también debe darse a nivel de la fiscalización: algunas veces convendrá concentrar la mayor parte de los esfuerzos en aquellos regulados o áreas más riesgosas y, en otras ocasiones, la técnica más adecuada será una basada en un monitoreo aleatorio.

II

NO HAGAS MUCHAS PRAGMÁTICAS

¿Recuerdan que les hablé de los incumplidores “incompetentes”, es decir, aquellos que no conocen, no comprenden o no pueden cumplir con la norma?

El hacer muchas pragmáticas o dictar muchas normas puede afectar negativamente, como lo dijimos, la observancia de las mismas. La complejidad del sistema en su conjunto, unido a la complejidad de la norma en sí misma, afecta el grado de observancia de una legislación o reglamentación en razón de la ausencia de conocimiento y comprensión de lo que mandata o prohíbe y de cómo ha de cumplirla.

La complejidad de un sistema jurídico en su conjunto depende, en parte, de la presión por dictar nuevas normas o expandir las existentes, para cubrir circunstancias no previstas, para cerrar vacíos o resquicios, o para enfrentar nuevos problemas. Esta situación genera un efecto acumulativo que conlleva una pérdida de simplicidad y, por lo tanto, una pérdida de la habilidad del grupo objetivo a quien va dirigida una regulación para entenderlas y cumplirlas.[5]

En un provocador libro titulado “Simple rules for a complex world”, Richard Epstein advierte que “nuestro gran nivel de ambición social da lugar a un muy complejo sistema de reglas legales, que solamente abogados pueden entender y [en las que sólo ellos pueden] navegar”.[6]

Don Quijote alude en su carta al Príncipe que teniendo autoridad y discreción para dictar pragmáticas no tuvo valor para lograr su cumplimiento. Yo agregaría, si me lo permiten, que el valor no sólo hay que tenerlo para hacer cumplir una ley, sino que también hay que tener valor para no dictarlas o hacerlo sólo en lo estrictamente necesario. Incluso más, mucho valor ha de tenerse para hacer lo que a veces corresponde teniendo autoridad y discreción: utilizar la goma más que el lápiz (es decir, derogando o eliminando reglas).

III

PROCURA QUE LAS PRAGMÁTICAS SEAN BUENAS

Asumiendo que realmente se está en presencia de un problema que requiere ser solucionado (es decir, que se ha hecho un buen diagnóstico), para lograr que las reglas funcionen y proporcionen los resultados o soluciones esperadas se requiere algo más que el acto de producirlas.

Ya lo he recordado con anterioridad: regulaciones mal formuladas (tanto en aspectos de fondo como de forma) pueden afectar negativamente su observancia.

Pero ¡atención! No sólo es importante asegurar el cumplimiento de una regulación, sino también asegurar la obtención del resultado buscado. Lograr el cumplimiento de una norma no la transforma, en sí mismo, en una “buena pragmática”. En efecto, incluso si se asegurara que la norma legal o reglamentaria será efectivamente cumplida, éstas pueden fracasar en su intento de obtener el resultado de política pública buscado.

Para evitar que una regulación fracase debe existir, primero una verdadera justificación de interés público. Es decir, una falla o limitación que busca ser remediada. Luego, la formulación del remedio o solución debe ser técnicamente apropiada, tanto en el fondo como en la forma.

Es decir, debe elegirse el instrumento regulatorio apropiado (el arsenal de herramientas es amplio). El instrumento debe generar los incentivos adecuados para lograr el comportamiento idóneo para lograr el resultado y con los mínimos efectos colaterales negativos.

Igualmente, debe prestarse atención al grado de precisión con que la norma es redactada. Me explico, existen varios costos a tener en consideración al momento de evaluar cómo se redacta una norma o regla de conducta, Por ejemplo, una norma puede estar formulada de una manera que genere el problema de abarcar en exceso o abarcar insuficientemente, es decir, de disuadir conductas cuya realización puede ser deseable o de no disuadir conductas indeseables. Este problema se conoce como over and under inclusiveness.

Cuando es alto el costo de equivocarse abarcando lo que no se debería o dejando de abarcar lo que sí se debería (en otras palabras, sobre regular o regular insuficientemente), la ley debería formularse con un alto grado de precisión, aun cuando en algunos casos esto signifique una formulación intrincada[7] o, alternativamente, cuando aquello no es posible, dada la gran cantidad de situaciones diferentes que pueden ocurrir y que hace inviable abordarlas a través de distinciones normativas precisas (estoy pensando, por ejemplo, en libre competencia), puede resultar sensato formular la norma en términos un poco más vagos y, por lo mismo, con un mayor grado de flexibilidad al momento de su aplicación.

En contraste, cuando el efecto de un error tiene una significancia menor, debiera optarse por una formulación más transparente y simple de la norma, lo que, como ya advertimos, influye positivamente en la tasa de observancia y cumplimiento de una regulación.

Siendo, probablemente, la magnitud del costo del error en cuanto al ámbito cubierto por la ley la dimensión más relevante a tener en consideración, debe tenerse presente que existen, como ya lo manifesté, otros costos al momento de redactar una norma, entre estos, el costo de aplicarla y fiscalizar su cumplimiento y el costo de formular, en sí mismo, la norma.

Cuando el costo de aplicar la norma y asegurar su cumplimiento es alto, sea por el alto número de temas o casos involucrados, puede ser apropiado reducir los costos de litigación (debido a la diversidad de interpretaciones posibles) utilizando reglas claras, simples y precisas.

Igualmente, cuando para aplicar y asegurar el cumplimiento de una norma se necesita recurrir a un gran número de personas (como, por ej., inspectores o fiscalizadores) que actúan, además, descentralizadamente (como ocurre, a modo ilustrativo, con la legislación laboral) resulta recomendable que la regla o norma se redacte, también, de una manera clara, simple y precisa. De esta forma, además, será más probable que la aplicación de la regulación sea más uniforme, evitando los riesgos de interpretaciones disímiles dependiendo del juicio del inspector de turno.

Desde luego, nadie puede decir que lograr la mezcla adecuada es fácil. A veces un logro positivo respecto de una determinada dimensión implica un costo en una distinta.

IV

El pasaje de la Carta que estoy comentando finaliza con una fuerte advertencia:

“LAS PRAGMÁTICAS QUE ATEMORIZAN Y NO SE EJECUTAN, VIENEN A SER COMO LA VIGA, REY DE LAS RANAS; QUE AL PRINCIPIO LAS ESPANTÓ, Y CON EL TIEMPO LA MENOSPRECIARON Y SE SUBIERON SOBRE ELLA”.

Aquí Cervantes hace un guiño a una fábula de Esopo. Ésta dice así:

“Vivían muy felices las ranas en sus lagunas azules, cuando en mala hora, pidieron a Júpiter que les enviase un rey.

Sonrió benévolo el dios Júpiter al oír tal pretensión y lanzó al agua una viga de madera para satisfacerlas.

Al oír las ranas el estruendo producido por la caída de la viga huyeron espantadas. Pero una de ellas, curiosa por conocer al gran rey, sacó la cabeza y llamó a las demás.

Subieron todas al madero y se dieron cuenta que no se trataba de un rey que les pudiera servir. Luego lo ensuciaron y menospreciaron y, gritando a voz en cuello, pidieron otro rey.

Júpiter escuchó sus protestas y les envió una cigüeña carnicera, la cual comenzó a comérselas una tras otra, ante lo cual las ranas se quejaron amargamente a Júpiter, suplicándole que las librase de aquel tirano.

—Sufran las consecuencias de su ruego —les contestó Júpiter, para luego decirles: ya que con tanto afán pidieron un rey, la cigüeña reinará siempre sobre ustedes”.

Lo que en el fondo le está advirtiendo don Quijote a Sancho es que tenga cuidado, debido a que LAS LEYES QUE ATEMORIZAN Y NO SE EJECUTAN PROVOCAN EL DESPRESTIGIO Y MENOSPRECIO HACIA LA AUTORIDAD.

Una ley que no se cumple no sólo tiene un impacto negativo específico respecto de aquel ámbito al cual se ha dirigido, sino que podría llegar a provocar un efecto sistémico más general a nivel regulatorio.

Cuando el incumplimiento de pragmáticas pasa a ser la regla general, el desprestigio de la autoridad puede desembocar en ilegitimidad y desobediencia. Ilegitimidad es una palabra peligrosa con la cual no se juega. Uno sabe cómo comienza la historia, mas no siempre cómo termina.

Como se habrán dado cuenta, Cervantes no cuenta el final de la fábula. Deja claro el riesgo de desprestigio y menosprecio hacia la autoridad, pero como se trataba de aconsejar y estimular a Sancho y no de espantarlo, no le contó en qué consistía el peor de los riesgos (el peor de los escenarios).

V

En esta carta (así como en otras relacionadas con la gobernación de la ínsula Barataria) el ingenioso Hidalgo, (considerado un loco y, por algunos, fanático y anárquico) muestra una de sus facetas más realistas, pedagógicas, sensatas y prudentes.

Finalizo recordando lo que el secretario de Sancho le dice a éste, ante la petición de su gobernador de solamente conocer el contenido de las cartas que valieran la pena.

El secretario revisó en silencio el contenido de una carta, la que resultó ser de Don Quijote, para luego decirle a Sancho algo muy bonito:

“[b]ien se puede leer en voz alta, que lo que el señor don Quijote escribe a vuestra merced merece estar estampado y escrito con letras de oro”.

[1] No debiéramos olvidarnos, eso sí, que así como este tipo de normas socio-culturales pueden afectar negativamente la observancia de una ley, a veces la validación social de una norma puede tener un efecto benéfico en cuanto a su cumplimiento). [2] Como lo manifiesta Becker (1968, p.176), “[a]lgunas personas, entonces, se convierten en ‘criminales’ no porque su motivación básica difiera de las de otras personas, sino porque lo hacen sus costos y beneficios”. [3] Rule 1.- … “The value of the punishment must not be less in any case tan what is sufficient to outweight that of the profit of the offence”. IX. “the quantum of the punishment must rise with the profit of the offence”. Rule 7. “To enable the value of the punishment to outweigh that of the profit of the offence, it must be increased, in point of magnitude, in proportion as it falls short in point of certainty”. [4]“Modelo del embudo”: el número de delitos cometidos es superior al de aquellos denunciados, el de denuncias superior al de actuaciones judiciales, y el de actuaciones judiciales superior al de condenas, de modo que el sistema de justicia criminal funciona como un filtro en forma de embudo que va seleccionando los casos”. De este modo, para alterar el porcentaje de condenas por delitos o infracciones habría que aumentar los recursos humanos y financieros de las autoridades, así como mejorar la efectividad (y eficiencia) del sistema de adjudicación (administrativo y/o judicial). [5] OECD (2000), p.14. [6] Epstein (1995), p.15. [7] Louis Kaplow (1995) sostiene que las normas legales a menudo son complejas debido a que permite distinguir diferentes tipos de comportamientos que pueden tener diferentes consecuencias. Una mayor complejidad, por lo tanto, permite un mayor control de las conductas. Pero, reglas más complejas también son más costosas para los individuos de entender ex ante y para una corte de justicia aplicar ex post. [A Model of the Optimal Complexity of Legal Rules, Journal of Law, Economics, & Organization, Vol. 11, Nº 1, pp. 150-163].

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Privacidad de Datos en los Bancos | Jose Francisco Asensio – Banco Promérica https://thelawyermagazine.com/privacidad-de-datos-en-los-bancos-jose-francisco-asensio-banco-promerica/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=privacidad-de-datos-en-los-bancos-jose-francisco-asensio-banco-promerica https://thelawyermagazine.com/privacidad-de-datos-en-los-bancos-jose-francisco-asensio-banco-promerica/#respond Thu, 14 Jul 2022 00:06:08 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3535 Cuando se habla de protección de datos personales, la mayoría de personas distingue entre el sistema europeo y el norteamericano (EEUU). Cada uno tiene una...

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Cuando se habla de protección de datos personales, la mayoría de personas distingue entre el sistema europeo y el norteamericano (EEUU). Cada uno tiene una forma particular de tratar el tema, haciendo énfasis en distintos aspectos del mismo. Sin importar el modelo que se prefiera, lo importante es que el manejo adecuado y la protección de los datos personales son una imperiosa necesidad en una sociedad digital. 

Jose Francisco Asensio
jose.asensio@bancopromerica.com.gt
Banco Promerica

Esto no es nuevo para la banca; ya que, desde su concepción, ha tenido que manejar y resguardar cierto tipo de información. Lo que sí podría ser relativamente nuevo es el cambio que ha generado la transformación digital de la sociedad, los riesgos asociados y los requerimientos de la industria y los reguladores a nivel mundial.

El nuevo entorno constituye un verdadero reto; ya que, por un lado, la banca debe procurar que la información de sus usuarios sea resguardada adecuadamente; y por otro, debe compartir dicha información por temas regulatorios o prevención de lavado de dinero. Asimismo, para funcionamiento del negocio, también debe compartir u obtener información para distintos fines, incluyendo la gestión de productos y la administración de riesgos. Todo esto implica mantener un delicado balance que debe respetar varios principios fundamentales.

Los bancos deben implementar políticas claras y transparentes para el manejo y protección de datos personales; asimismo, se debe categorizar la información personal (pública, privada, confidencial), establecerse cómo se tratará dicha información, según cada categoría, tanto internamente como con posibles terceros; implementarse cláusulas y protocolos para compartir información según corresponda; y proporcionar dichas políticas a los clientes y usuarios.

También es importante que los proveedores tengan políticas para manejar los datos personales, no tanto la que compartan con los bancos (esa es responsabilidad de los proveedores) sino la que puedan recibir de éstos. Para ello son necesarias cláusulas de confidencialidad y responsabilidad en los contratos y ejercer una adecuada administración integral de riesgos.

Estas son solo algunas consideraciones ya que el tema seguirá siendo sensible para todos; por lo que, la banca tendrá que mantener el equilibrio para cumplir con sus funciones y respetar la correcta protección de datos personales; y los usuarios y autoridades deberán manejar adecuada y racionalmente las dinámicas que se generan en torno a este.

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Entrevista con “Veneno” Luis Enrique Cruz Asturias | Resiliencia en el Derecho https://thelawyermagazine.com/entrevista-a-veneno-luis-enrique-cruz-asturias-resiliencia-en-el-derecho/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=entrevista-a-veneno-luis-enrique-cruz-asturias-resiliencia-en-el-derecho https://thelawyermagazine.com/entrevista-a-veneno-luis-enrique-cruz-asturias-resiliencia-en-el-derecho/#comments Wed, 13 Jul 2022 19:14:30 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3507 Abogado y Notario graduado de la Universidad Francisco Marroquín, representa el ejercicio profesional de una manera distinta, retadora e innovadora. Además de Abogado, Luis Enrique...

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Abogado y Notario graduado de la Universidad Francisco Marroquín, representa el ejercicio profesional de una manera distinta, retadora e innovadora. Además de Abogado, Luis Enrique obtuvo una maestría en Políticas Públicas de la Universidad Rafael Landívar.

La historia de Luis Enrique o “Veneno”, inicia en el año 2008, Luis Enrique tenía la inquietud de iniciar su propia firma legal, por lo que junto con su amigo Fernando Verdugo, con algunos clientes y sus ahorros, se atreven iniciar una prestigiosa firma legal boutique en Guatemala, que con el tiempo ha ido evolucionando.

Durante este mismo tiempo, Luis Enrique se entera de un casting a nivel nacional para participar en la televisión, y entre cientos de jóvenes es electo, iniciando así su carrera también como comunicador; esta oportunidad le permite ir creciendo en dicho ámbito, construyendo varios programas hasta llegar al que en la actualidad participa “Veneno Presenta” que se transmite en Tv Azteca Guatemala.

En 2015, a sus 32 años, sin presupuesto y con opiniones de que era demasiado joven, participa como candidato a Alcalde de la Ciudad de Guatemala, en el cual queda en segundo lugar, perdiendo nada más y nada menos que frente a Álvaro Arzú, varias veces alcalde y ex presidente de la República. Y en 2020 se incorpora a Grupo Salinas como Consultor para Guatemala y Honduras.

Como podemos ver, Luis Enrique es un abogado que muestra la versatilidad de la profesión del abogado teniendo experiencia en la abogacía, en la política y en la comunicación, lo cual deviene muy interesante ya que la profesión legal tiene gran relación con la política y los medios de comunicación; sin política no hay leyes, y en la política los medios de comunicación son un pilar, por lo que con esta entrevista buscamos proveerle esta visión general a nuestros lectores, en aras de ampliar su mente, y ver nuevas oportunidades o anticiparse a los cambios; para ello hablaremos un poco de la versatilidad, estrategia y tecnología en la profesión del abogado.

Versatilidad en la profesión legal

Luis Enrique nos comparte que el mundo ha cambiado y la profesión con él. El abogado actúa y se conduce de manera distinta, en respuesta a que vivimos en un mundo mas rápido. El modelo de negocio de los abogados, en especial de los despachos grandes, es un modelo de más de 100 años pero el cliente y la forma de prestar los servicios ya no son los mismos de hace 100 años, por lo que es momento de considerar un cambio. Cuando un abogado se gradúa, piensa que sólo tiene 3 opciones para empezar a trabajar:

  1. Como abogado dentro de una Firma legal tradicional
  2. Como abogado de una empresa (In House Counsel)
  3. Como abogado en alguna Institución pública.

A pesar de este paradigma, algunos abogados que nos hemos salido del molde y entendemos que la destreza de un abogado está en encontrar las herramientas legales idóneas para poder dar soluciones distintas. Es aquí donde encontramos una nueva oportunidad para una nueva generación de abogados. Estas tres opciones ya no son suficientes y se han creado nuevas oportunidades.

En la mayoría de los casos, el cliente busca tener respuestas rápidas, por lo que el abogado debe ser cada vez más rápido y flexible. A pesar de ello, es muy importante señalar que la rapidez siempre debe ir con absoluto apego a la ley… es decir: no podemos cambiar el “qué” sino el “cómo”.

Cambiando el “cómo” nos damos cuenta que los retos que antes existían para los abogados jóvenes en asumir retos legales grandes, cada vez se han ido reduciendo con el uso de la tecnología. No es secreto que los jóvenes traen a la mesa mucha ventaja por el buen uso y dominio que tienen de ella, simplemente se debe adaptar la tecnología al plano legal.

La gestión de un abogado en la actualidad, de la mano de la tecnología, le permite pulir procesos internos y externos, reduciendo tiempos de entrega y costos. Ante un problema legal, la tecnología permite al abogado trabajar de forma más eficiente, por medio de la proyección de más escenarios de solución de una manera más rápida e incluso en ciertos casos de forma visual.

Hoy en día hay formas más eficientes de medir el riesgo, gracias a un mejor acceso a la información, lo cual permite tomar mejores decisiones.

La verstalidad es la destreza que se tiene dentro de la personalidad y conocimiento para adaptarse a escenarios legales o cambios culturales.

Estrategia en el ejercicio de la profesión

Una buena estrategia parte de tener una visión clara del objetivo y de lo que se busca. No cualquiera sabe prepararse para lo que puede venir, pero tampoco se puede estar sentado esperando a que las cosas pasen para reaccionar. El abogado debe tener visión, perspicacia, y desarrollar una especialidad habilidad para mapear y anticiparse a escenarios futuros. De esta manera, el abogado puede obtener los mejores resultados, reduciendo los riesgos al mínimo o bien, preparando al cliente que asesora para que esté preparado para lo que viene. En resumen, los abogados debemos que tener una estrategia legal preventiva y no reactiva.

Como expuse anteriormente, la profesión ha cambiado bastante. Antes las estrategias se planificaban en papel, basado en información que se tenía a la mano, pero hoy, la tecnología permite no solo crear estrategias, sino también correr escenarios que prueben los presupuestos legales.

Parte de una buena estrategia implica también tener una visión y conocimiento global. En la mayoría de ocasiones, temas tecnológicos que ya se encuentran regulados en otros países, como lo son la protección de datos, los programas de cumplimiento y la firma electrónica, no se encuentran totalmente regulados en Centroamérica, sin embargo el abogado debe estar al tanto de estos desarrollos para poder prepararse con suficiente anticipación. Tener conocimiento globalizado permite aportar ideas innovadoras o entender nuevas ofertas en el mercado, una vez mas, buscando el mejor servicio para el cliente.

Otro componente de una estrategia efectiva es tener una buena comunicación y saber hacer buen equipo, tanto entre la profesión como entre miembros del equipo del Cliente, es decir de forma multidisciplinaria. Los financieros se complementan con los planificadores fiscales, y ellos a su vez con el equipo de logística. Esta combinación de sombreros es una manera coherente de plantear una estrategia legal.

Tecnología para los servicios legales (Legaltech)

La disrupción en el mundo y en la profesión del abogado impacta hasta las áreas de especialidad. El abogado tiene que identificar bien sus fortalezas, las cuales no necesariamente serán el conocimiento de la ley, la experiencia o años de ejercicio, ya que a medida que la tecnología avance, muchas de las características del abogado serán suplidas.

Como en todo, muchos abogados no creen que la tecnología puede llegar a reemplazar tareas humanas, y quedarán rezagados en la incredulidad, hoy en día ya existen en el mercado centroamericano programas de automatización de documentos, CRM, programas de monitoreo de marcas y de procesos muy potentes.

El miedo al crecimiento exponencial de la tecnología es nada mas que un reto a superar en este proceso de evolución en la profesión. Este reto provocará que identifiques o encuentres qué valor agregado le darás a esa tecnología que ya existe. De hecho la inteligencia artificial pudiera en algún momento llegar a superar el cerebro humano, pero no todos los talentos del ser humano.

No solo la profesión legal se verá afectada por la tecnología, sino que cualquier profesión. El reto debiera de ser que evaluar que aspectos interno como persona aportan a un cliente.

Las profesiones se verán amenazadas por cambios drásticos en estructuras laborales, en ambientes físicos que ya no serán requeridos, y en procesos electrónicos que serán implementados en dependencias públicas.

De hecho las entidades públicas ya utilizan procesos electrónicas que ayudan a que los procesos sean mas eficientes, incluso, en algunas instituciones la distancia ya no es un problema, y poco a poco dejará de ser obstáculo para muchos trámites. Eso sí, la confianza será fundamental.

Recomendaciones para los abogados.

La tecnología equipará el plano profesional entre los abogados independientes y aquellos que se incorporan a una firma, es por ello que ejercer de manera independiente cada vez será mas normal. El diferenciador ahora será la forma en que usted se presente ante el cliente. La base de cualquier negocio, no importando a qué se dedique siempre será lo legal.

Como podemos ver la formación de abogado es muy versátil, y en estos tiempos de adaptabilidad es muy importante la versatilidad, estrategia, y tecnología.

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Entrevista a S. Todd Crider | Lawyers Council Delegacion a Guatemala https://thelawyermagazine.com/entrevista-a-s-todd-crider-lawyers-council-delegacion-a-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=entrevista-a-s-todd-crider-lawyers-council-delegacion-a-guatemala https://thelawyermagazine.com/entrevista-a-s-todd-crider-lawyers-council-delegacion-a-guatemala/#respond Wed, 13 Jul 2022 18:45:49 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3487 ¿Qué es el Lawyers Council for Civil and Economic Rights?, ¿Cuál es la relación con la Barra de Abogados de la Ciudad de Nueva York?...

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¿Qué es el Lawyers Council for Civil and Economic Rights?, ¿Cuál es la relación con la Barra de Abogados de la Ciudad de Nueva York?

El Lawyers Council for Civil and Economic Rights (Consejo de Abogados para Derechos Civiles y Económicos) es un consejo compuesto de abogadas y abogados en el ejercicio privado de la profesión, y multi-jurisdiccional, que reúne a 18 profesionales del derecho de reconocida trayectoria en la práctica privada en 14 países de la región, para apoyar el estado de derecho, combatir la corrupción y para apoyar el trabajo de la sociedad civil. Se compone de abogados seleccionados por haber demostrado un compromiso cívico importante en sus carreras jurídicas. La administración del Lawyers Council está a cargo del Cyrus Vance Center for International Justice y coordinado por Jaime Chavez Alor, abogado Mexicano.

El Vance Center es un programa sin fines de lucro de la Asociación de Abogados de la Ciudad de Nueva York que reúne a los principales estudios jurídicos internacionales y a otros colaboradores alrededor del mundo para promover iniciativas de justicia internacional y proporcionar representación legal gratuita a organizaciones de la sociedad civil que luchan por el acceso a la justicia.

Lawyers Council Delegacion a Guatemala Agosto 2019
Entrevista a: S. Todd Crider
Socio de Simpson Thacher & Barlett.

No es común que abogados dedicados a la práctica del derecho privado estén comprometidos en estos temas, ¿Cómo surge el interés?

Existe una noble tradición en la abogacía, en cada uno de nuestros países, de abogados que se entregan a redactar las leyes y a construir el estado de derecho. Hoy día construimos sobre lo que edificaron nuestros predecesores, pero los retos y los desafíos al estado de derecho y a sociedades justas no se mueren, sino se adaptan, mutan y siguen atacando los fundamentos de nuestro sistema de justicia. Como abogados en el ejercicio privado, reconocemos la importancia primordial del estado de derecho para el desarrollo económico y social y para atraer y retener inversión. Aunque relevante también para actores nacionales, el estado de derecho es particularmente importante cuando un país desea atraer inversión nivel internacional. Hemos visto lugares como Venezuela o Nicaragua en donde el estado de derecho se ha degradado al punto que la inversión, y actividad económica, desaparece, dejando sociedades empobrecidas. Creyendo que la actividad multi-lateral es y se percibe como menos “interesada” o política, buscamos usar esta plataforma para fortalecer a los países de la región de la que formamos parte.

¿Por qué el Lawyers Council está interesado en el proceso de nombramiento de Magistrados en Guatemala?

Esto es básico y no controversial: la administración de una justicia imparcial e independiente y que salvaguarde el estado de derecho es un elemento fundamental de una democracia efectiva y duradera, para una economía dinámica y para una sociedad que protege los derechos de sus ciudadanos sin mirada a su condición. Los procedimientos mediante los cuales se nombra a jueces y magistrados es una pieza clave para que las y los jueces puedan impartir justicia de manera independiente e imparcial.

Nuestro enfoque es apoyar a personas y organizaciones trabajando en Guatemala, de los cuales existen muchos abogadas y abogados comprometidos, para un sistema de justicia de integridad. También somos conscientes que todos nos hacemos fuertes o más débiles juntos y dado que la vulnerabilidad de la independencia judicial es una problemática regional, el proceso que lleva a cabo Guatemala será un referente, para bien o para mal. El contexto particular de Guatemala, de un grado de corrupción e influencia indebida en la administración de justicia alarmante, requiere particularmente, a nuestro criterio, de un proceso activamente transparente, público, abierto a la sociedad y legítimo para reforzar la percepción y la realidad de una administración justa.

¿Cómo aporta el Lawyers Council en este proceso?

Guatemala tiene una estructura de designación de la Magistratura de la Corte Suprema de Justicia y Corte de Apelaciones realmente única en la cual, cada cinco años, se renuevan todos los jueces de la magistratura. Entendemos que esta estructura respondió a problemáticas de otra época pero, sobre los años, ha generado sus propias problemáticas, incluyendo la administración, cada cinco años, del proceso de selección. Decidimos llevar a cabo un acompañamiento del proceso de nombramiento de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Corte de Apelaciones, el cual está ocurriendo ahora mismo. Este acompañamiento ha incluido la publicación de un documento exponiendo una serie de consideraciones basadas en los criterios fundamentales de la legislación y jurisprudencia nacional de Guatemala, estándares internacionales y experiencia comparada, en cada una de las etapas fundamentales del proceso de nombramiento de Magistrados.

Adicionalmente, como parte de este acompañamiento los pasados 5 y 6 de agosto, una delegación de abogados del Lawyers Council representando cinco países, Chile, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos y México, visitamos Guatemala para vincularnos con sectores clave de la profesión legal guatemalteca para acompañar y monitorear la actuación de las Comisiones de Postulaciones y el Congreso, así como identificar las consideraciones clave para que estos actores cumplan con los estándares nacionales e internacionales para la selección de funcionarios judiciales.

Las reuniones que sostuvimos tuvieron el objetivo de aprender y escuchar de diferentes sectores de Guatemala sobre el proceso de nombramiento y sus problemáticas. Buscamos además reforzar la importancia y trascendencia de este proceso a nivel regional, acompañar y fortalecer la participación de la comunidad jurídica en este proceso y presentar las consideraciones particulares para fortalecer el mismo, así como comprender a profundidad los retos y las oportunidades de cooperación.

¿Cuáles fueron las principales observaciones y recomendaciones del Lawyers Council para este proceso?

La delegación observó en términos generales, que a diferencia de otros países en la región con los que el Lawyers Council ha trabajado, la dificultad que se presenta en Guatemala es doble. Por un lado, existe un problema de diseño y de forma en el sistema de justicia, y por otro lado, un problema de fondo relacionado con la corrupción e indebidas influencias políticas en el proceso. Modificar el proceso mediante el cual se nombra a los Magistrados será muy complicado mientras el nivel de corrupción continúe, y el problema de corrupción no se puede solucionar mientras siga existiendo una situación de impunidad tan elevada, en parte permitida por las debilidades del poder judicial.

Como parte de las recomendaciones a corto plazo, es decir, para el proceso que se lleva a cabo en estos momentos, recomendamos el involucramiento de la comunidad jurídica en el proceso, ya sea como participantes o como observadores activos del proceso. A medida que esta comunidad exija una actuación apegada a los principios constitucionales y a las mejores prácticas internacionales, se puede contar con un proceso transparente y abierto que pueda eliminar vicios del pasado, y garantizar un proceso legítimo en el que solo los mejores perfiles sean seleccionados.

A mediano y largo plazo, es importante retomar la discusión para una reforma integral al sistema de justicia que permita, entre otros temas fundamentales, que los magistrados de la Corte de Apelación puedan dejar de ser nombramientos políticos y se conviertan en parte de la carrera judicial basada en el mérito. Temas como la creación de un órgano encargado de la administración del poder judicial, el fortalecimiento de la carrera judicial en general, el periodo de nombramiento y escalonamiento de la renovación de los jueces y magistrados, y otras garantías de independencia judicial, son necesarios para fortalecer la impartición de justicia en Guatemala.

Un reconocimiento de la complejidad e intransigencia de estos desafíos nos refuerza en nuestra convicción de la imprescindible participación de los líderes de la abogacía privada en activo ejercicio de la profesión en estos desafíos. La vitalidad de nuestras economías y sociedades se construyen sobre la base de nuestro sistema de justicia por el cual nuestra profesión tiene un alto grado de responsabilidad.

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Gestión de Riesgos Legales en Guatemala | por Oscar A. Morales https://thelawyermagazine.com/gestion-de-riesgos-legales-en-guatemala-por-oscar-a-morales/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=gestion-de-riesgos-legales-en-guatemala-por-oscar-a-morales https://thelawyermagazine.com/gestion-de-riesgos-legales-en-guatemala-por-oscar-a-morales/#respond Wed, 13 Jul 2022 18:32:16 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3481 En junio de 2009 se remitió el cuestionario de cuarenta y ocho preguntas que la Superintendencia de Bancos remitió para las instituciones financieras y bancarias...

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En junio de 2009 se remitió el cuestionario de cuarenta y ocho preguntas que la Superintendencia de Bancos remitió para las instituciones financieras y bancarias del país, con el objetivo de recabar información sobre el grado de conocimiento y experiencia de las entidades, en materia de Gestión Integral de Riesgo y uso de las metodologías relacionadas; todo ello, en el marco de las recomendaciones del Banco Internacional de Pagos (BIS), que se explicitan, en los Acuerdos de Basilea.

Por: Oscar A. Morales H
Economista con especialización en Riesgos y Consultor independiente

Guatemala, ha ido dando pasos firmes en cuanto a Administración Integral de Riesgos. En efecto, en 2005 se aprueba y divulga el Reglamento para la Administración del Riesgo de Crédito; en 2009 se continua con la segunda etapa, la cual ha ido progresando, hasta el día de hoy. Es un hecho que, el marco regulatorio ha venido a modificar la estructura organizacional de las entidades, moviéndose, poco a poco hacia el fortalecimiento de esta área que constituye un compromiso institucional que trasciende las fronteras. De esa cuenta el órgano supervisor también fortalece el Enfoque de Supervisión Basado en Riesgos, cuya finalidad es evaluar y dar seguimiento a los riesgos, financieros y no financieros, propios al Sector; el propósito ulterior, es evitar, por esta vía, daños a la solvencia y patrimonio de las instituciones supervisadas.

Aunque la parte más importante de la supervisión se encuentra en las instituciones que integran el sector financiero, mismas que a su vez, apuntalan sostenidamente sus controles, la Gestión de Riesgos, no es exclusiva atinente al sistema financiero y bancario, sino aplicable a cualquier tipo de empresa, entidades no lucrativas, instituciones del gobierno, autónomas semiautónomas y descentralizadas y cualquier otro tipo de organización. Indudablemente, así como las malas prácticas son extrapolables, las buenas prácticas y la rigurosidad en los controles también debe serlo.

Ello es una tarea global, desde donde se rige hoy, el esfuerzo económico y de expansión por medio del Foro Económico Mundial celebrado en enero de 2019. Así como la emisión de mejores prácticas para el sector financiero a través del Banco Internacional de Pagos BIS, y el Comité de Basilea, definiendo, que: La Gestión de Riesgos debe formar parte de una estrategia, acompañada del fortalecimiento del Gobierno Corporativo y del Compliance, que permitan evaluar y brindar un seguimiento a los diferentes riesgos( De crédito, liquidez, mercado, operacional, legal, tecnológico, reputacional, Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, ambientales y social, y otros) a los que se encuentran expuestas las organizaciones, de acuerdo a la naturaleza, complejidad y volumen de operaciones que realizan.

Es indudable, la rápida evolución de la tecnología e información, en los diferentes mercados y actividades productivas, en especial en el sistema bancario y financiero. Ello ha obligado a las instituciones y empresas a estimular su creatividad para subsistir, con éxito, en un entorno altamente competitivo y demandante. La Gestión de Negocios como factor que origina los ingresos de cualquier entidad o empresa, requiere del acompañamiento de la Gestión de Riesgos- la que debe considerarse como un aliado estratégico y nunca un costo hundido u obstáculo, como frecuentemente se ha visto-. Este esfuerzo, debe formar parte de la visión estratégica de toda actividad que pretenda prevalecer en el tiempo.

La Gestión de Riesgos a cobrado una gran relevancia en estos diez años, las entidades bancarias y financieras han tenido que realizar asignación de recursos financieros, técnicos, y humanos para facilitar la implementación de la Gestión Integral de Riesgos bajo un marco de una nueva cultura organizacional, la adquisición o desarrollo de herramientas tecnológicas, la investigación y adopción de metodologías de medición, programas de capacitación y la contratación de personal experimentado, tercerización de servicios y de asesores o técnicos especialistas en la materia. Todo este esfuerzo ha sido -indudablemente- redituable, tanto desde la perspectiva de los accionistas, como de quienes utilizan los servicios del sector, confiándole sus recursos y tranquilidad.

La implementación de la gestión de riesgos exige especialización y compromiso, por ello la Asociación Bancaria de Guatemala, a través de su marca Escuela Bancaria de Guatemala, tiene a la disposición de Instituciones bancarias y financieras, empresas en general, así como entidades del Estado, diferentes programas, que se adaptan perfectamente a las necesidades y giro de actividades de cada una de estas organizaciones. Los programas se encuentran diseñados bajo la normativa aplicable a cada tipo de organización y tomando en cuenta los estándares y mejores prácticas internacionales, incluyendo temas de actualidad.

La implementación de las herramientas para riesgos financieros, como punto de apoyo para la toma de decisión por parte de los órganos de dirección, incuestionablemente fortalece a la entidad y permite generar un alto grado de confianza de parte de los usuarios de los servicios, proveedores, entes supervisores, fiscalizadores, así como entidades locales e internacionales.

Algunos de los beneficios de la administración integral de riesgos que nos propone la Organización Internacional de Normalización (ISO) son:

  1. Aumentar la probabilidad de alcanzar los objetivos.
  2. El cumplimiento de los objetivos estratégicos se traduce en una mayor rentabilidad, crecimiento y sostenibilidad de la organización.
  3. Facilitar el aprendizaje organizacional Identificar las oportunidades y amenazas.
  4. Mejorar la eficiencia y eficacia operacional, la gobernabilidad y la prevención de pérdidas.
  5. Aumentar la seguridad, la confianza en la institución.
  6. Cumplir con las exigencias legales y reglamentarias, además de las normas internacionales.
  7. Optimizar la información financiera.
  8. Promover la salud, la seguridad y la protección del medio ambiente, extremo que es y será una tendencia mundial imparable, formando parte intrínseca de la Responsabilidad Social Empresarial.

Cierro este valioso espacio que me han concedido, con una reflexión que encontré, en el ejercicio de aprender más continuamente sobre la Gestión Integral de Riesgos; es autoría del respetado banquero español Aristóbulo de Juan, misma que continua vigente y que describe en su obra “De buenos banqueros a malos banqueros”: Los buenos banqueros son profesionales íntegros, capaces de rodearse de gente competente y sucesores potenciales, buenos administradores de los recursos, son de los demás, capaces de implantar una buena política de créditos, tener cuentas transparentes y resolver sus problemas tempranamente.

El mal banquero carece de estas cualidades: maquilla las cuentas e incluso puede entrar en una espiral letal, ocultar la insolvencia e incurrir en el fraude.

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Acuerdos de Extradición en Guatemala | por Fernando Mendizábal de la Riva https://thelawyermagazine.com/acuerdos-de-extradicion-en-guatemala-por-fernando-mendizabal-de-la-riva/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=acuerdos-de-extradicion-en-guatemala-por-fernando-mendizabal-de-la-riva https://thelawyermagazine.com/acuerdos-de-extradicion-en-guatemala-por-fernando-mendizabal-de-la-riva/#respond Wed, 13 Jul 2022 17:36:08 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3456 En Guatemala, la extradición es un mecanismo legal que ha tomado relevancia especial derivado de la creciente existencia de grupos delictivos organizados que operan a...

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En Guatemala, la extradición es un mecanismo legal que ha tomado relevancia especial derivado de la creciente existencia de grupos delictivos organizados que operan a un nivel trasnacional. Millones de víctimas se ven afectadas cada año por las actividades de los grupos delictivos organizados. Por la posición geográfica y el poco control de autoridades locales, Guatemala es un país de tránsito para el trasiego de drogas y productos ilícitos.

El tráfico de drogas sigue siendo la forma más lucrativa de negocio para los delincuentes, ya que tiene un valor anual estimado a nivel mundial en 320.000 millones de dólares. Existe también un incremento en la participación de Guatemala en extradiciones pasivas derivadas de actos relacionados con el Lavado de Activos procedentes del mismo Narcotráfico , así como también por acciones relacionadas con Corrupción.

En el sistema jurídico guatemalteco, la extradición se encuentra regulada en la Constitución, en el Código Penal y específicamente en la Ley Reguladora del Procedimiento de Extradición, las cuales establecen que la extradición se rige principalmente por lo dispuesto en tratados y convenios internacionales, en los que destacan los tratados de extradición bilaterales con Gran Bretaña, España, Bélgica, Estados Unidos, México y Corea; así como de forma multilateral, la Convención Centroamericana sobre Extradición y la Convención de Palermo, entre otros.

La extradición sólo puede intentarse u otorgarse por delitos comunes y no será procedente por delitos políticos, ya que estos últimos atentan directamente contra la soberanía o el gobierno de un Estado en específico, que queda como el único legitimado para juzgar el delito.

De igual forma, La Corte de Constitucionalidad, ha sostenido el criterio, como en el expediente 1566-2011, que cuando una persona solicitada para extradición ya era objeto de persecución penal en Guatemala la entrega al Estado solicitante debe quedar aplazada hasta cuando haya concluido en definitiva su juzgamiento y cumplido, si fuere el caso, la totalidad de la pena, o hasta que por cesación del procedimiento o auto o sentencia absolutoria la situación del requerido haya sido solventada, así como también que la entrega de un ciudadano guatemalteco puede ser entregado para ser juzgado en el extranjero y conforme leyes y sistemas extraños a él, cuando el Estado requirente otorgue al extraditado los derechos humanos aplicables en su condición de justiciable.

La extradición, a través de los distintos tratados y convenios internacionales ha contribuido con el combate a los flagelos sociales modernos, ya que sostener relaciones de cooperación y asistencia mutua en materia de extradición ayuda a procurar el efectivo juzgamiento de los responsables en colaboración con los Estados parte de la región. Apreciamos una tendencia creciente en cuanto al uso del mecanismo de extradición en el combate del crimen transnacional por parte de Guatemala.

1. Basado en cifras de la Oficina de las naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC): Informe Mundial sobre las Drogas 2011 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta S.11.XI.10). Figura en www.unodc.org/wdr.

2.https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/extraditan-a-ee-uu-a-narcotraficante-guatemalteco-socio-de-el-chapo-guzman/

Mauricio Ordoñez
maauricio.ordonez@carrillolaw.com

Con el apoyo de:
Javier Cabrera

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El Fideicomiso en Guatemala | por Luis Augusto Zelaya – Banco Industrial S.A. https://thelawyermagazine.com/el-fideicomiso/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=el-fideicomiso https://thelawyermagazine.com/el-fideicomiso/#respond Wed, 13 Jul 2022 17:29:50 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3452 Nos comentan los profesionales Lucho (Luis Augusto Zelaya) y Elizabeth Estradé, que Banco Industrial, S.A., dentro de su estrategia de atención personalizada, ha especializado áreas...

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Nos comentan los profesionales Lucho (Luis Augusto Zelaya) y Elizabeth Estradé, que Banco Industrial, S.A., dentro de su estrategia de atención personalizada, ha especializado áreas dentro de la Banca Fiduciaria para atender negocios específicos como lo son los fideicomisos de Planeación Patrimonial brindando asesoría profesional en cuanto a la administración de patrimonio que se adapten a las necesidades del cliente y su familia, ayudándole así a proteger el futuro de su patrimonio, por lo que Banco Industrial tomó la decisión de especializar un equipo de profesionales dirigido por la licenciada Jennifer Coffey, y a cargo del área legal de dicha unidad, por la licenciada Stefanie Knoke; y se cuenta con el apoyo de un equipo multidisciplinariode profesionales.

EL FIDEICOMISO

Vehículo idóneo para la certeza en cualquier negocio y la eficiente planeación patrimonial.

Corporación BI sabe que para sus clientes es importante la protección de su patrimonio y tranquilidad de sus seres queridos; el futuro es incierto y existen situaciones que no se pueden prevenir o evitar y en cualquier momento puede surgir alguna adversidad, por lo que una adecuada planeación patrimonial es de vital importancia y el vehículo idóneo para ello, es el fideicomiso. Es importante que el cliente decida cómo desea organizar su patrimonio, que sus seres queridos sepan qué hacer en caso él llegue a faltar y sobre todo, planificar con tiempo para evitar conflictos familiares al momento de no estar presentes. Todo ello es posible por la experiencia del equipo profesional de Corporación BI.

El Fideicomiso de Planeación Patrimonial es una de las mejores herramientas para ello y cada vez la más recomendada, ya que es un contrato mediante el cual una persona, individual o jurídica, transmite a un Fiduciario (administrador experto) su patrimonio para que éste lo custodie, lo administre en vida, y a su fallecimiento o incapacidad lo administre o entregue a sus beneficiarios, cumpliendo en todo momento sus instrucciones y respetando su voluntad. Este producto proporciona tranquilidad al cliente garantizándole que en vida continúa gozando y administrando su patrimonio y en caso de su fallecimiento, su voluntad serácumplida en cualquier circunstancia.

Cada familia es única por lo que no hay una estructura patrimonial idéntica. Dentro de la planificación patrimonial pueden haber infinitas variables a considerar y debido a ello, los asesores expertos tomarán en cuenta aspectos como la edad del cliente y su estado de salud, el tamaño de la familia o si hay uno o dos núcleos familiares, si hay beneficiarios menores de edad o con capacidades especiales, entre otros, para asesor personalmente y ayudar al cliente a elegir la estructura patrimonial ideal él y su familia. Todo esto queda plasmado en los fines del contrato, los cuales deben ser específicos y estar claramente definidos, tanto así, que a través de ellos es que el contrato de Fideicomiso se vuelve único y se convierte en un “traje hecho a la medida”. Los asesores orientan al cliente guatemalteco qué estructura sea la idónea, pudiendo ser un fideicomiso en Guatemala o en Panamá por medio de BI-BANK una sociedad panameña, con licencia general y especial para operar fideicomisos, siendo parte del grupo financiero Corporación BI, e incluso se cuenta con la posibilidad de utilizar jurisdicción anglosajona en Bahamas actuando Westrust Bank como trustee. Muchos clientes hoy en día utilizan otros mecanismos de planeación patrimonial como la constitución de fundaciones de interés privado en Panamá; sin embargo, a criterio de varios clientes, prefieren el fideicomiso por contar con el soporte de una entidad sólida e imparcial con las regulaciones bancarias existentes.

En tal sentido, el cliente podrá solicitar a través de su fideicomiso que se realicen actos tan específicos como la entrega de patrimonio a los beneficiarios al cumplir mayoría de edad o a determinadas edades, al concluir una licenciatura o maestría, realizar la entrega de una mensualidad a la pareja o conviviente, o destinar los fondos específicamente para los estudios de hijos o nietos.

El patrimonio que se transmite a un Fideicomiso puede estar conformado por dinero, títulos de acciones de sociedades, títulos de inversiones, flujos de fondos, dividendos, bienes muebles e inmuebles, y los beneficios o indemnizaciones de seguro de vida.

Ventajas y beneficios del Fideicomiso de Planeación Patrimonial

  1. El patrimonio del fideicomiso es inembargable e independiente al del fiduciario.
  2. Permite al cliente disponer en vida y gozar de los beneficios de su patrimonio y al momento de la entrega a los beneficiarios es un proceso ágil.
  3. Siempre se respeta la voluntad del cliente.
  4. Confidencialidad total y transparencia.

¿Cómo inicia su interés por la fiducia y el tema de Fideicomisos?

Tuve la oportunidad de especializarme en el fascinante tema de fideicomisos representando a Banco Industrial, S.A. ante los distintos Congresos Latinoamericanos de Fideicomisos (COLAFI) que se organizan cada año, donde he logrado aprender de otros expertos sobre esta fascinante figura mercantil. Este año tenemos el privilegio de ser los anfitriones de este congreso que se llevará a cabo en la ciudad de Antigua Guatemala, del 23 al 25 de octubre.

En el año 2006, Banco Industrial,m S.A. absorbió por fusión a Banco de Occidente, S.A., banco que era líder en la operación de fideicomisos y una de las colaboradoras del banco absorbido con gran experiencia en el tema fiduciario, la licenciada Elizabeth Andrade de Iriarte, ingresó a Banco y al poco tiempo fue nombrada como subgerente a cargo de la dirección administrativa, por lo que junto a ella somos los responsables de dirigir la Banca Fiduciaria y la estructuración de negocios fiduciarios.

“Me apasiona el tema de fideicomisos pues es a mi criterio el vehículo o mecanismo más ágil, seguro, confiable y flexible, mediante el cual se puede realizar innumerables negocios y cumplir distintas finalidades.”

Tal y como se desprende del propio nombre de la figura, “Fideicomiso” significa una comisión a base de fidelidad o bien, el nombre anglosajón “Trust” deriva que es un acto de confianza, en virtud del cual el fideicomitente transmite a un administrador fiduciario uno o más bienes determinados, efectivo o derechos, con el propósito que se cumpla con ellos una finalidad específica, ya sea en beneficio de quien lo constituye o de un tercero. Pero el mayor atractivo del Fideicomiso es la inmensa variedad de fines que pueden ser realizados, con las únicas limitaciones que la ley contempla.

Hoy en día, a diferencia de hace años donde existía aún un respeto a la confianza y pactos de las partes en un negocio jurídico, esos acuerdos se violan constantemente, por lo que confiar en un tercero imparcial en la transmisión de la titularidad legal de los bienes afectados únicamente a los fines de atender y garantizar créditos como sucede con el fideicomiso de garantía hace que los negocios y más aún aquellos que involucren otros países, sean posibles gracias a esta figura; o bien, confiar en la experiencia y especialidad de un fiduciario confiable para la gestión administración de bienes y efectivo, es posible por la figura del fideicomiso de administración y/o inversión.

¿Cómo se regula el Fideicomiso en Guatemala hoy en día?

Es difícil saber cuál fue el verdadero origen del Fideicomiso, unos sostienen que proviene del Derecho Romano y para otros del Derecho Anglosajón. En el Derecho Romano existió una figura parecida al fideicomiso en cuanto que había una similar “transmisión de propiedad de una persona a otra” bajo un compromiso llamado “la mancipatio o la injure cesio”, cuyo compromisoconsistía en devolver la propiedad al cumplir la finalidad del acuerdo, siendo las principales modalidades: “Pactum fiduciae cum creditore” y el “pactum fiduciae cum amico”, que implicaba un acuerdo contractual entre vivos, se respetaba la voluntad de las partes, pero siempre obligando al adquirente de retransmitir los bienes al cumplirse la condición a que se había sujetado ese “pacto”. Adicionalmente y dentro del marco del derecho sucesoral se desarrolló el fideicommissum como disposición de última voluntad. Pero en ambas figuras, siempre existió la confianza. La fiduciae cum creditore como forma de garantía en los negocios es el “antecedente inmediato” a la figura del fideicomiso de garantía que hoy en día se usa en muchos negocios, pero a diferencia del fideicomiso, el deudor era el obligado a prestar una seguridad o garantía real al acreedor transfiriéndole por mancipatio la propiedad de un bien con cargo, es decir, sujeto a condición que cumplida la obligación le debía ser devuelta por el propio acreedor garantizado. Como podemos imaginarnos, esto creaba, si bien es cierto, seguridad al acreedor pero una total inseguridad al deudor, toda vez que el mismo acreedor que tenía la propiedad en garantía podía fallecer o bien no honrar el compromiso. En cuanto la figura del Trust en el Derecho Anglosajón, el antecedente más remoto es la figura del “use” en el que se transmitía inmuebles a una tercera persona en beneficio del propio transmitente o de otra persona.

La figura del trust, se diferencia de nuestro sistema de derecho latino pues existe la posibilidad de haber dos cualidades de propietarios, no de copropiedad en el que cada persona es titular de una parte alícuota de un mismo bien, sino dos personas resultan ser propietarios del mismo bien, siendo el trustee el propietario legal y el beneficiario el propietario en equidad. Por ello, se cree que el trust fue complemento del derecho romano al legislar en el sistema latino, tal es el caso en Panamá con la obra del jurista panameño, doctor Ricardo J. Alfaro: “El fideicomiso. Estudio sobre la necesidad y conveniencia de introducir en la legislación de los pueblos latinos una institución nueva semejante al trust del derecho inglés” y dicho proyecto sin duda fue la adaptación del Trust anglosajón a las legislaciones de descendencia romana sobre todo las legislaciones del área centroamericana y resultó ser la ley de Panamá, la base de nuestro sistema legislativo por ser la primera ley de la materia en la región. Esta figura del “Fideicomiso” se asimilaba a una especie de mandato irrevocable y se reconocía la dualidad de la propiedad del trust y se reconocía la “Transmisión de Propiedad”. En contraposición a esta teoría del mandato, surge la teoría de la afectación, sostenida por el jurista francés Pierre Lepaulle, en la que la transmisión de propiedad es afectada a fines del contrato, y se crea un PATRIMONIO INDEPENDIENTE, con bienes separados tanto del fiduciario como del fideicomitente, considerando que es un patrimonio sin dueño y el titular del patrimonio es el fiduciario para poder cumplir su objetivo y realizar sus fines. Estas teorías influyeron en nuestra legislación y fue así que en el Código Civil de Guatemala, el cual entró en vigencia en 1964 fue regulado y tratado por primera vez en el capítulo IV (Propiedad en Fideicomiso), del Título II (Propiedad), como una forma de adquirir propiedad, pero fue derogado todo el capítulo del Fideicomiso al entrar en vigor el Código de Comercio en 1970, donde se reguló el fideicomiso, dentro de los contratos mercantiles, basado en la teoría del negocio fiduciario, en cuanto que el fiduciario recibe sólo la titularidad legal de los bienes afectados al fin del propio negocio fiduciario, y esa titularidad del propietario no implica la propiedad plena sino titular de ese patrimonio afectado a fines instituidos por el fideicomitente

en el contrato para poder cumplir los fines del mismo. Por lo que mi criterio es mejor hablar de “propiedad fiduciaria” o “Dominio Fiduciario” que simplemente de propiedad, para no confundir el concepto que nuestra legislación le da al término de propiedad y los elementos del mismo.

¿Por qué considera que el Fideicomiso es una excelente herramienta para los negocios y así garantizar la certeza en las transacciones?

Cada vez es más frecuente que se pida o se exija el uso de la figura del fideicomiso en negocios mercantiles y civiles, especialmente en aquellos en que participan entidades bancarias y financieras de otras jurisdicciones, como en los créditos sindicados. La razón es lógica, toda vez que en operaciones de financiamiento se ha perdido la confianza en las garantías tradicionales como son los derechos reales de garantía de la hipoteca y prenda que hoy conocemos como garantía mobiliaria. Con el uso del fideicomiso de garantía, al transmitir el dominio fiduciario a un banco o financiera fiduciaria toda vez que en Guatemala sólo pueden ser fiduciarios los bancos y financieras sujetas a supervisión, se garantiza: en primer lugar que el patrimonio esté “libre de embargos” por otros acreedores del deudor y es lógico, puesto que los bienes salen de la titularidad legal del deudor garante constituyéndose una unidad independiente que se le conoce como “patrimonio autónomo” en el que el fiduciario ostenta únicamente la titularidad legal de los bienes para cumplir los fines; y en segundo lugar, que en caso de incumplimiento deberá el fiduciario proceder a la venta de los bienes en pública subasta notarial y así atender la obligación financiera sin que se acepten recursos como los que la ley procesal contempla. A la vez, esta figura garantiza al propietario de un bien que lo ha afectado a fines de garantía, que pueda gozar de la tranquilidad que en caso de su fallecimiento, al cumplirse la o las condiciones a que se condicionó la afectación de los bienes al fideicomiso como pudiese ser el pago de las obligaciones financieras, el fiduciario los transmita a las personas seleccionadas por el fideicomitente como “fideicomisarios” pagándose el respectivo impuesto, en virtud que está exento el pago de impuestos del fideicomitente al fiduciario y la devolución de los mismos al propio fideicomitente, no así cuando la transmisión es a terceros.

“Considero que una de las bondades de la figura del fideicomiso consiste en que se confía en la experiencia y profesionalismo del fiduciario, experto en temas financieros y de administración”

¿En qué consiste la gestión de un fiduciario en Guatemala?

La licenciada Elizabeth Andrade comenta que la administración y gestión de patrimonios que le confían los clientes de Corporación Bi es una labor que requiere mucha responsabilidad. A lo largo de los últimos 15 años se han creado constantemente soluciones y estructuras tanto a clientes individuales como corporativos, brindando siempre un valor agregado. Dentro de los pilares de gestión se encuentra el profesionalismo, la confidencialidad, transparencia, implementación de tecnología y especialización con la que se trata a los clientes, muestra de ello es que la Banca Fiduciaria de Corporación Bi en el 2018 logró alcanzar un monto que para la economía guatemalteca es bastante significativo como lo son Q 14,217,130.00 equivalente a casi US$2,000.00 millones de dólares de patrimonio administrado en Fideicomiso, duplicando casi el segundo lugar quien administra Q7,559, 927.00, alcanzando así una participación de mercado del 42%.

En Banco Industrial, S.A. nos hemos especializado en la administración de fideicomisos de inversión bajo sistemas de cuentas de capitalización individualizada, en los cuales se cuenta con un esquema complejo e interesante como lo son los planes de ahorro para empleados ligados a las empresas bajo un contrato de trabajo permanente (por tiempo indefinido) vigente y que estén debidamente inscritos en el plan y se crean a través de este tipo de fideicomisos sistemas autofinanciables de prestación para los trabajadores de las empresas privadas, con características de capitalización individualizada. Son esquemas que se complementan con políticas y reglamentos diseñados específicamente para cada fideicomiso y que fomentan el ahorro. Otro ejemplo de fideicomiso único es el relacionado a los fondos derivados del peaje de la única concesión que tiene nuestro país, que consiste en la operación y mantenimiento con cobro de peaje de un tramo carretero; obra financiada con deuda bancaria privada que juntos con el fiduciario trabajaron en un esquema de atención a la deuda donde los fondos de peaje ingresaran a un fideicomiso de administración para la atención y repago del crédito. Este mismo esquema se puede utilizar de plataforma para la ejecución de los mega proyectos de infraestructura que se están impulsando a través la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, ya que la ley constituye una plataforma legal y moderna, para promover proyectos de inversión en: carreteras, generación y distribución de energía eléctrica, puertos, aeropuertos entre otras, que son necesarias para el desarrollo del país, pero que exceden la capacidad financiera del Estado, por lo que el sector privado, en alianza con el sector público, pueden construirlas y administrarlas a través de un esquema de Fideicomiso. Por otro lado, en Guatemala como en otros países, existen los créditos sindicados que son básicamente una forma en la que las empresas que necesitan fondos y por el tamaño del préstamo, se divide entre varios bancos, créditos que conlleva a que un banco en calidad de agente presente los términos y condiciones del repago, así como un esquema de garantías que se administran a través de uno o varios fideicomisos.

Luis Augusto Zelaya Estradé, más conocido como Lucho, nació en la ciudad de Guatemala, es Abogado y Notario, tiene un postgrado de Magister Artium, Maestría en Dirección de Empresas y en Derecho Mercantil, ambos de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Cuenta con más de 20 años de experiencia en el sector fiduciario y financiero y es catedrático titular de contratos y derecho empresarial en las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas de dicha universidad. Desde 2007 a la fecha es el Coordinador Titular del Comité Fiduciario de la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG) y representante ante el Congreso Latinoamericano de Fideicomisos (Colafi); actualmente ocupa el cargo de Vicepresidente de Junta Directiva de dicho Comité y es Director Comisionado Titular ante la Comisión Nacional Registral (Registro de la Propiedad).

En 1998, por estrategia de la gerencia de Banco Industrial, S.A., fundó la entidad “Servicios Jurídicos, S.A.”, conocida como SERJURSA y desde esa fecha la representa.SERJURSA cuenta con más de 45 abogados colegiados y más de 200 colaboradores y es la encargada a través de dichos profesionales de prestar todos los servicios legales, asesoría jurídica y consultoría en diversos temas a Banco Industrial, S.A. y empresas que forman parte del Grupo Financiero Corporación BI.

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Regulación en Lavado de Activos en Guatemala | Escuela Bancaria de Guatemala. https://thelawyermagazine.com/regulacion-en-lavado-de-activos-en-guatemala-escuela-bancaria-de-guatemala/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=regulacion-en-lavado-de-activos-en-guatemala-escuela-bancaria-de-guatemala https://thelawyermagazine.com/regulacion-en-lavado-de-activos-en-guatemala-escuela-bancaria-de-guatemala/#respond Wed, 13 Jul 2022 17:17:58 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3448 En un mundo globalizado, de múltiples formas de inversión, paraísos financieros y creación de muchas formas de entidades off shore, muchas familias y empresas alrededor...

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En un mundo globalizado, de múltiples formas de inversión, paraísos financieros y creación de muchas formas de entidades off shore, muchas familias y empresas alrededor del mundo, buscan proteger sus capitales a través del uso de múltiples figuras disponibles en los mercados internacionales, ya sea por optimización fiscal, por planificación patrimonial, por manejo de herencias y donaciones, etc.

Lamentablemente también existen organizaciones criminales internacionales que buscan aprovechar todas estas facilidades para ocultar bajo la creación de capas de movimiento e inversión el producto de sus delitos, aprovechando especialmente la existencia de poca regulación y un alto secretismo existente en muchos países, especialmente aquellos calificados como paraísos fiscales, esto utilizando diversas técnicas de lavado como son el uso de empresas fachada y entramados societarios de múltiples capas y especialmente testaferros o presta nombres.

Lic. M.A. Ricardo G. Vélez Lara

Facilitador de la Escuela Bancaria de Guatemala.

Existen en Internet muchas entidades que prestan servicios de creación de empresas, uso de cuentas bancarias, tarjetas pre pagadas, etc., incluyendo un menú de diversos paraísos financieros en los cuales resulta muy barato constituir una empresa e incluso en muchos casos ellos también proveen los llamados nominales que son personas utilizadas como representantes legales o incluso hasta juntas directivas, en las cuales nunca aparecen los nombres de los propietarios reales.

Todo esto ha llevado en los últimos años al incremento de esfuerzos por parte, tanto de gobiernos como de los organismos internacionales involucrados en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, especialmente el Grupo de Acción Financiera Internacional –GAFI- a mantener en sus agendas, temas como el conocimiento de los beneficiarios finales y personas con poder de decisión e incluso un mayor grado de supervisión en los llamados centros off shore, un caso que puso en evidencia el alcance y tamaño de estos mercados fue el caso denominado Panamá Papers en el cual se develo la cantidad de personajes públicos incluyendo jefes de estado, figuras políticas, deportivas, empresas, sociedades, asociaciones, de toda índole, manejando inversiones billonarias a través de este tipo de figuras, cabe comentar que no todos los casos corresponden a actividades ilícitas y en muchos casos los capitales son legítimos y únicamente corresponden a una planificación patrimonial, pero como lo comentamos anteriormente, las organizaciones criminales aprovechando todas estas facilidades y especialmente los pocos requisitos para establecer este tipo de empresas más el anonimato y el velo de secreto, constituyen un incentivo para mezclar capitales lícitos con ilícitos.

Se han documentado grandes casos de lavado de activos multimillonarios donde se ha podido observar la utilización de todos los recursos disponibles para la creación en paraísos fiscales de trust los cuales se convierten en el centro para la creación de múltiples empresas del mismo tipo, las cuales pueden mover grandes capitales alrededor de los mercados financieros mundiales, comprando bienes, haciendo inversiones en inmuebles, obras de arte, oro y joyas preciosas, etc. y sin que nunca se devele quienes son beneficiarios finales de tales operaciones, entre la información disponible en internet se cree que una tercera parte del producto interno bruto a nivel mundial se encuentra en paraísos fiscales equivaliendo a la economía de la Unión Europea y Estados Unidos juntos.

Finalmente como puede observarse en las evaluaciones que son realizadas periódicamente a todos los países del mundo bajo los estándares anti lavado del GAFI, este tipo de inversiones y operaciones no solamente corresponden a los típicos paraísos financieros sino en muchos casos países con las economías más grandes en el mundo, también permiten la creación de todo tipo de empresas y figuras que en muchos casos presentas una alta opacidad de la información de los beneficiarios finales y/o verdaderos inversionistas.

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Planeación Patrimonial – Consideraciones básicas para Guatemala | Luis F. Herrera https://thelawyermagazine.com/planeacion-patrimonial-consideraciones-basicas-para-guatemala-luis-f-herrera/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=planeacion-patrimonial-consideraciones-basicas-para-guatemala-luis-f-herrera https://thelawyermagazine.com/planeacion-patrimonial-consideraciones-basicas-para-guatemala-luis-f-herrera/#respond Wed, 13 Jul 2022 16:18:12 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3420 La planeación preventiva y eficiente del patrimonio personal y empresarial se convierte en una necesidad básica principalmente en los sistemas civilistas como el de Guatemala....

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La planeación preventiva y eficiente del patrimonio personal y empresarial se convierte en una necesidad básica principalmente en los sistemas civilistas como el de Guatemala.

La experiencia muestra claramente el impacto negativo que puede darse, al momento que una persona no invierte el tiempo necesario para planificar el uso, la sucesión del patrimonio y de las empresas.

Luis F. Herrera
lherrera@amberguatemala.com
Amber Legal
www.corporacionamber.com

Para una correcta planeación patrimonial, se deben tener claros los objetivos de la familia o grupo empresarial. Las decisiones deben ser tomadas en forma objetiva, acompañadas de la creación de una estructura legal de resguardo que permita utilizar los bienes en forma eficiente y entregarlos a la siguiente generación en forma clara y con certeza.

En Guatemala existen vehículos legales muy eficientes para el resguardo, uso y sucesión patrimonial a favor de los beneficiarios o herederos. Figuras como el fideicomiso, las sociedades mercantiles, el usufructo condicionado y/o con disfrute sucesivo y facultad de acrecer, pueden apoyar a abogados, empresarios, comerciantes y a cualquier ciudadano para que su familia reciba en forma casi inmediata y segura los bienes y empresas antes o al momento del fallecimiento del causante.

El no crear estas estructuras legales pone en grave riesgo el patrimonio, ya que puede ser afectado por contingencias laborales, fiscales, comerciales y societarias, que podrían llevar al embargo y/o pérdida del mismo.

El Decreto 55-2,010, Ley de Extinción de Dominio, trae consigo también riesgos inesperados, ya que los fiscales del Ministerio Público podrían hacer uso de dicha norma para atacar patrimonios ilegítima e injustificadamente.

La Planificación Patrimonial permitirá sin duda, eliminar costos inesperados, conflictos familiares, aumento de impuestos hereditarios y territoriales y muchos años de desgaste, ya que permite disponer en vida, de la forma y momento de la sucesión patrimonial; por lo mismo cada año más familias y empresas invierten en ejecutar dicho proceso.

Una planeación patrimonial puede ser tanto familiar como empresarial. La misma permite mejores formas de sucesión, tomas de decisión y eficiencia; por lo que a continuación recomendaciones básicas de abogados destacados en respecto a este tema en la región

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Sentencias relacionadas con programas de cumplimiento en Centroamérica (Compliance) https://thelawyermagazine.com/sentencias-relacionadas-con-programas-de-cumplimiento-en-centroamerica-compliance/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=sentencias-relacionadas-con-programas-de-cumplimiento-en-centroamerica-compliance https://thelawyermagazine.com/sentencias-relacionadas-con-programas-de-cumplimiento-en-centroamerica-compliance/#respond Wed, 13 Jul 2022 16:06:15 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3403 Los programas de cumplimiento o conocidos también como “compliance” eran considerados exclusivos para las instituciones financieras, sin embargo hoy en día se van generalizando en...

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Los programas de cumplimiento o conocidos también como “compliance” eran considerados exclusivos para las instituciones financieras, sin embargo hoy en día se van generalizando en la práctica comercial, y no solo a nivel internacional, sino que también nacional. En la región centroamericana estos programas de cumplimiento empiezan a surgir ya sea por nuevas legislaciones, iniciativas de ley, o sentencias. A continuación presentamos la tendencia de cada país, en la región.

Guatemala

La eficacia de los programas de cumplimiento se ha vuelto un referente internacional para valorar niveles de compromiso de las empresas. Por ejemplo, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, ha publicado directrices que usa para medir la efectividad de los mismos mientras que el Manual del Fiscal General describe como uno de los factores que deben tomarse en cuenta cuando se investiga a entidades mercantiles, la existencia y efectividad de los programas pre-existentes de cumplimiento. Dichas evaluaciones son consideradas al momento de sancionar o no cualquier violación.

En Guatemala, los programas de cumplimiento tomaron más relevancia tras la sentencia emitida dentro del caso denominado Construcción y Corrupción con fecha 4 Abril 2018. Mediante procedimiento abreviado, los acusados aceptaron los hechos que se les imputaron, fijando sanciones que incluyeron multas, la reparación digna y medidas que intentan la no repetición del delito. Las sanciones implicaron prisión conmutable de las personas individuales vinculadas a las sociedades denunciadas (al equivalente de Q100 x día), Multas individuales de Q500,000, Reparación Digna, estableciendo construcción y reparación de obras públicas a las personas individuales, y medidas para la no repetición del delito.

En cuanto a estas últimas, la Juzgadora estableció:

a) Un canal de denuncia anónima;

b) Un sistema de evaluación de riesgos cumplimiento normativo (compliance);

c) Un oficial de cumplimiento;

La sentencia constituye un giro judicial en concepto de medidas contra la repetición del delito. Es pronto para afirmar que la implementación de programas de cumplimiento se generalizará como una defensa judicial efectiva. No obstante en nuestras matrices de manejo de riesgo legal sin duda genera una ponderación importante y las métricas que utilizamos están ligadas a la cuantificación de un programa de cumplimiento efectivo que permita valorar correctamente los potenciales riesgos propios de cada empresa.

1. https://www.justice.gov/criminal-fraud/page/file/937501/download

2. https://www.justice.gov/jm/jm-9-28000-principles-federal-prosecution-business-organiza

tions#9-28.200_ftn1

3. Una versión completa de este resumen aparece en www.qil4.com

Equipo Compliance

José E. Quiñones
jquinones@qil4.com

Luis Pedro Martinez
lmartinez@qil4.com

Ignacio Grazioso
igrazioso@qil4.com

QIL+4 Abogados

El Salvador

En El Salvador, el compromiso de contribuir a los esfuerzos internacionales para la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo es cada vez más palpable, atendiendo estándares emitidos por organismos internacionales y en cumplimiento a diversos tratados internacionales de los cuales nuestro país es parte.

En este esfuerzo, los programas de compliance o de cumplimiento juegan un papel fundamental y es la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos la que impone la obligación de contar con una política interna fehaciente y una intensificada diligencia. El Reglamento de la ley establece algunos parámetros que deben cumplirse, pero es en el Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, emitido por la Fiscalía General de la República, el que señala los aspectos mínimos que deben contener los manuales de políticas y procedimientos para la prevención, así como el Código de Ética de los sujetos obligados a su cumplimiento.

En las últimas reformas de la ley, se amplió su rango de aplicación abarcando ya no sólo las instituciones financieras sino también otros sectores y todas las sociedades mercantiles. Esto se detalla en la circular emitida por la UIF en diciembre de 2015 adonde se establece que también deben tener el programa aquellos con ingresos brutos anuales superiores a $1,212,438.90 y más de 50 empleados.

Para el caso de las entidades financieras supervisadas, en la formulación de sus programas deben además acatar las Normas Técnicas para la Gestión de los Riesgos de Lavado de Dinero y de Activos y de Financiamiento al Terrorismo (NRP-08) emitidas por el Banco Central de Reserva del país, siendo la norma directa que regula la materia.

A pesar de contar con jurisprudencia específica en la materia, El Salvador cuenta con las regulaciones suficientes para la elaboración de los programas de cumplimiento, que permitan a los sujetos obligados establecer políticas, lineamientos, pautas y directrices para prevenir las actividades relacionadas al lavado de dinero; sin embargo, serán los mismos sujetos los encargados de su correcta implementación y compromiso para evitar el riesgo reputacional y las sanciones por el incumplimiento.

Norma Yaneth Villalobos
nvillalobos@latinalliance.co

LatinAlliance El Salvador
www.latinalliance.co

Honduras

El cumplimiento normativo en Honduras y la regulación encaminada a ello, responden a un interés sectorial y no a un programa de cumplimiento normativo de organizaciones en general; dicho en otras palabras, es más un grupo de normas dictadas en función del riesgo relacionado a cada sector, como, por ejemplo, con el lavado de dinero, o conductas asociadas con la corrupción.

En materia de corrupción Honduras no cuenta con una Ley Anticorrupción propiamente, sin embargo, ha suscrito y ratificado convenios internacionales relacionados con la materia y, su normativa interna regula diferentes aspectos de la misma.

Los convenios suscritos y ratificados por Honduras en materia anticorrupción son: (i) Convención Interamericana contra la Corrupción; (ii) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; (iii) Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

Dentro de la normativa local podemos destacar: Código Penal que tipifica y sanciona conductas constitutivas de delitos tales como cohecho, soborno doméstico y transnacional, delitos financieros; Código de Conducta Ética de los Servidores Públicos contiene normas de conducta, regulación de conflictos de intereses y restricciones adecuadas para quienes desempeñan un cargo público, asimismo contempla el régimen aplicable a regalos y beneficios a los funcionarios públicos; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que establece mecanismos para hacer efectiva la transparencia en el ejercicio de las funciones públicas y en las relaciones del Estado con los particulares.

En el marco de la lucha contra el blanqueo de capitales contamos con la Ley Especial Contra el Lavado de Activos; y Ley para la Regulación de Actividades y Profesiones No Financieras Designadas que establecen medidas y acciones para la prevención, control y combate del lavado de activos.

Nicaragua

La regulación en materia de “compliance”, per se, se vincula estrechamente con el nacimiento de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) -entidad creada en virtud de la Ley 793, “Ley Creadora de la Unidad de Análisis Financiero”, publicada el 22 de junio del 2012 y su Decreto 07 del 2013, “Reglamento de la Unidad de Análisis Financiero”, publicado el 8 de febrero de 2013.

No obstante su importancia, ambas normativas fueron derogadas y sustituidas este año 2018 en virtud de la Ley 976, “Ley de la Unidad de Análisis Financiero”, publicada el 20 de julio del 2018 y Decreto 14-2018, “Reglamento de la Ley 976, Ley de La Unidad de Análisis Financiero”, publicado el 3 de octubre de 2018.

El objeto de dichos instrumentos jurídicos es regular la organización, atribuciones, facultades y funcionamiento de la Unidad de Análisis Financiero.

Paralelamente a los instrumentos normativos referidos, también se aprobó la Ley 977, “Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva” y el Decreto 15-2018, “Reglamento de la Ley 977, Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”, cuyo objeto es proteger la economía nacional y la integridad del sistema financiero de los riesgos asociados al Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, establecer mecanismos basados en un enfoque de riesgo para promover y fortalecer la prevención, investigación, persecución y sanción del LA/FT/FP, implementar las medidas financieras adoptadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales de las que Nicaragua forma parte, con relación a temas de FT/FP, entre otros.

Con estos nuevos instrumentos legales, el gobierno de Nicaragua busca fortalecer la legislación nacional de acuerdo con el alcance de las Convenciones Internacionales y los principales estándares internacionales sobre la lucha contra el LA/FT/FP; sancionando de forma inequívoca el lavado de activos, que es el proceso mediante el cual organizaciones criminales buscan dar apariencia de legalidad a los recursos generados de sus actividades ilícitas, así como otros delitos y actividades criminales que afectan negativamente al país.

Paul Rodríguez Medina
paul.rodriguez@garciabodan.com

García & Bodán
www.garciabodan.com

Costa Rica

“La libertad es la condición ontológica de la ética; pero la ética es la forma reflexiva que adopta la libertad”.

M. Foucault

Los programas de cumplimiento implementados por las empresas en Costa Rica – en algunos casos por política de sus casas matrices – se han enfocado en tres aspectos: proteger a las empresas de conductas corruptas y anticompetitivas, proteger la privacidad de los datos personales y prevenir la legitimación de capitales.

Las empresas no improvisan sus normas de cumplimiento, pues, aunque se trate de regulaciones internas que se adaptan a la realidad propia de cada empresa y cada país, actualmente existen estándares genéricos que sirven de base y guía, como la norma ISO 19600 sobre Compliance Management Systems y la norma ISO 37001 sobre Anti-Bribery Management Systems.

Conforme lo señala El Financiero y La Nacion, sección de Negocios del 17 de Julio de 2018, Costa Rica es el país más estricto y complejo de Centroamérica en temas de acatamiento y cumplimiento corporativo, según el Índice de Complejidad de Cumplimiento Corporativo 2018, publicado por TMF Group. Y se explica que el puesto 36 en el ranking de Costa Rica:

“no necesariamente es reflejo de malas prácticas internas. El puesto relativamente alto de Costa Rica en el ranquin se debe, en parte, al estatus de la nación como líder en cuanto a la aplicación de mejores prácticas de transparencia a nivel global, como el caso del Common Reporting Standard “CRS” (Estándar de Informes Comunes), o el marco Base Erosion and Profit Shifting “BEPS” (Erosión de la base imponible y al traslado de beneficios), que tienden a aumentar la carga en materia de cumplimiento para las empresas, así como el poder relativo de imponer reglamentación y el papel activo que juegan sus entidades normativas frente a las de otros países en la región”.

Desde el año 2016 se implementó una ley conocida como Ultimate Beneficial Ownership “UBO” (Última propiedad beneficiosa), se ha extendido el alcance de las entidades reguladas y ha incluido a asociaciones y cooperativas, al igual que otras reglas internas del regulador financiero del país.

En consecuencia, además de las leyes que existen al efecto, las empresas en Costa Rica que han decidido ir más allá, se han dado a la tarea de crear medidas organizativas para identificar, prevenir, detectar y resolver las conductas que puedan significar un incumplimiento.

Jorge Granados Moreno

jgranados@gmattorneyscr.com

GM Attorneys

www.gmattorneys.com

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Automatización de Contratos Legales | ¿Ya implementaste alguna herramienta de automatización en tu empresa? https://thelawyermagazine.com/automatizacion-de-contratos-legales-ya-lograste-implementar-alguna-herramienta-de-automatizacion/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=automatizacion-de-contratos-legales-ya-lograste-implementar-alguna-herramienta-de-automatizacion https://thelawyermagazine.com/automatizacion-de-contratos-legales-ya-lograste-implementar-alguna-herramienta-de-automatizacion/#respond Wed, 13 Jul 2022 06:47:40 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3382 Recientemente estaba viendo un programa de Andrés Oppenheimer en el que éste último presentaba su libro: ¡Sálvese quien pueda! – El Futuro del trabajo en...

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Recientemente estaba viendo un programa de Andrés Oppenheimer en el que éste último presentaba su libro:

¡Sálvese quien pueda! El Futuro del trabajo en la era de la automatización

Y en éste programa, el Sr. Oppenheimer exponía que una de las primeras profesiones en verse afectada significativamente por esta automatización sería la de los abogados; y hablaba de cómo existen ya ciertos programas informático e inteligencia artificial que se están desarrollando en éste sentido.

En lo personal, no considero que la automatización significará la desaparición de la profesión de los abogados, pero sí significará un cambio significativo en la industria legal. Considero que la automatización de los contratos es una herramienta necesaria para el abogado; no es su competencia, sino que es el paso natural en la profesión.

En la actualidad los abogados, tienen tres grandes retos:

  1. La sobrecarga de trabajo
  2. Los costos en la elaboración de los contratos, y la creciente competencia
  3. Falta de tiempo para enfocarse en lo más importante.


Y es atendiendo a estos tres grandes retos que surge la plataforma Legal Machine® creada por LM Intelligence. Legal Machine® es una plataforma accesible vía web (www.lmintelligence.com), que puede ser incorporada al website del usuario, que le permite a los abogados de Latinoamérica o de países con un sistema del “Civil Law” generar sus contratos de una forma eficiente, basándose en 3 pilares:

1. La automatización de los Contratos:

Esta característica consiste en que el usuario de Legal Machine® con sólo llenar un formulario, en el cual puede ver cómo el texto que ingresa se incorpora al contrato, se logra la automatización de los contratos. Esta plataforma le permite al usuario producir más contratos en menos tiempo, y repetir dicho contrato modificando una o varias entradas, de forma que pueda generar contratos con pequeñas variantes, con tan solo regresar al formulario, cambiarlo, y generarlo de nuevo. Es decir ésta funcionalidad le permite al usuario generar muchos contratos en poco tiempo. Tareas como la de elaborar diez o cien contratos laborales, o de cualquier otra índole, ya no serán tediosas y con errores, sino que éstas podrán realizarse de forma eficiente.

2. El ensamblaje de los Contratos:

La plataforma Legal Machine® le permite a sus usuarios generar contratos a la medida. Es muy común que un abogado deba buscar entre sus últimos contratos donde es que están esas cláusulas que necesita para su contrato, y cual es la última versión del mismo, para tener la correcta; ésta tarea puede resultar tediosa y frustrante. Sería genial tener la opción de incorporar la clausula que se necesita con un solo “click”, y en el lugar adecuado del contrato o documentos relacionados; y eso hoy en día es posible gracias a Legal Machine®. En ésta plataforma, el usuario, dependiendo del tipo documento legal, puede incorporar con un solo “click” la cláusula que necesita, y así elaborar un contrato a la medida de forma eficiente.

3. La integración de los Contratos:

En los países cuyo sistema legal es de “Civil Law” son muy comunes ciertos formalismos, en el sentido que muchas veces los documentos legales tienen varios documentos relacionados, como por ejemplo la constitución de una Sociedad Anónima, conlleva la elaboración del nombramiento del representante legal, la emisión de los títulos de acciones, avisos a registros y demás; o una compraventa de un bien inmueble, no solamente conlleva la elaboración de la escritura de compraventa, sino que también deben darse avisos, emitir las copias legalizadas para los clientes y demás. Y en estos casos sucede que a veces, al prestarle los servicios a sus clientes, los abogados o su equipo de trabajo, pueden llegar a omitir ciertos documentos que no son esenciales para el negocio jurídico, pero sí constituyen una obligación notarial, por lo que el no incluirlos todos tienen como consecuencia que el trabajo no esté completo.

Y también es común que a veces, con mucha pena, los abogados pueden llegar a entregar los documentos al cliente, y aparezcan errores de ortografía, tales como aquellos casos en los que en ciertos documentos sí están bien escritos los nombres pero en otros no; estos errores ya no sucederán con Legal Machine®, por medio de ésta herramienta el usuario debe ingresar una sola vez los datos, y éstos se incorporan no sólo a un documento sino que a todos los relacionados. Es decir que si un nombre se ingresa con falta de ortografía, lo estará en todos los documentos, lo cual hace evidente el error, y una revisión mucho más fácil y expedita; y si se ingresa de forma correcta, lo estará en todos los documentos y lugares en los que aparezca. Ésta plataforma permite entregar documentos legales con mejor calidad, con el mínimo o sin errores, y en menos tiempo.

Por:
Roberto Valladares
LM Intelligence.
www.lmintelligence.com

Considerando lo anterior, la plataforma Legal Machine®, es una solución para el mercado Latinoamericano que le permitirá a sus usuarios: a) Reducir el tiempo de elaboración de contratos y documentos relacionados hasta en un 90%; b) Eliminar los errores de los paralegales; y c) obtener todos los documentos relacionados con el tipo de documento legal, con un solo “click” y en el formato listo para imprimir.

Legal Machine® ya está disponible para los despachos de Latinoamérica, siendo una plataforma que le permite al usuario tener sus propios contratos y documentos relacionados, mediante una codificación personalizada, la cual puede ser efectuada: a) por el equipo de Legal Machine®; o b) por el mismo usuario para lo cual se le capacitaría, siendo dicha codificación muy sencilla de aprender, que no conlleva ningún lenguaje informático.

Para más información los invitamos a visitar el sitio web www.lmintelligence.com.

¡Bienvenidos a la revolución de la industria legal!

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Caso Construcción y Corrupción (2018) Corte de la Jueza Erika Aifán – por Paola Galich https://thelawyermagazine.com/caso-construccion-y-corrupcion-2018-corte-de-la-jueza-erika-aifan-por-paola-galich/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=caso-construccion-y-corrupcion-2018-corte-de-la-jueza-erika-aifan-por-paola-galich https://thelawyermagazine.com/caso-construccion-y-corrupcion-2018-corte-de-la-jueza-erika-aifan-por-paola-galich/#respond Wed, 13 Jul 2022 05:46:56 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3371 Cada empresa decide el enfoque principal de su programa de cumplimiento, dependiendo del tipo de industria, tamaño de la empresa, localidad de operaciones y los...

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Cada empresa decide el enfoque principal de su programa de cumplimiento, dependiendo del tipo de industria, tamaño de la empresa, localidad de operaciones y los riesgos más considerables, pero es innegable que el tema corrupción ha tomado el foco principal.

Recientemente, una amiga americana me comentó en tono de broma,

… la oficina del oficial de cumplimiento pasó del sótano al último piso del edificio, a lado de la Gerencia General”.

Esta afirmación no tendría sentido, si no hubiésemos visto en los últimos años cómo compañías de gran trayectoria han tenido que defenderse ante la justicia por casos relacionados a corrupción. Especialmente, casos en dónde representantes de estas entidades llevaron a cabo negocios o esquemas de negocios con oficiales de gobierno con el objetivo de obtener una ventaja competitiva.

Por:

Paola Galich

pgalich@mayora-mayora.com

Muchas de las personas involucradas nunca pensaron que estaban cometiendo actos al margen de la ley. Dentro de nuestra cultura latina, algunos dirían “… esta es la forma de hacer negocios…”. Esta forma de hacer negocios, implicó para Odebrecht una multa de US$2,600,000,000 impuesta por un Juez del Estado de Nueva York, por haber llevado a cabo actos de corrupción en Brasil.

Las compañías de capital guatemalteco no habían tenido conciencia de la importancia de los programas de cumplimiento en la operación de sus negocios. Si bien las noticias existieron, sonaban como música de elevador.

La inversión que implica la implementación y, más aún, la reestructuración de la forma de hacer negocios, no había tenido eco hasta la sentencia de la Jueza Erika Aifán en 2018, en el caso Construcción y Corrupción, en donde varias empresas constructoras de capital guatemalteco se vieron involucradas en investigaciones de corrupción relacionadas al Ministerio de Comunicaciones.

La condena emitida por la Jueza Aifán incluyó:

  • Compensación al Estado de Guatemala por medio de la ejecución de proyectos viales equivalentes al monto de Q35,528,450.47, en los cuales debe colocarse un signo que identifique la obra como cumplimiento de la condena.
  • Una disculpa pública a los guatemaltecos por el delito cometido, el daño causado y la garantía de no reincidir.
  • La implementación de un programa de cumplimiento en cada una de las entidades relacionadas a la comisión de los delitos, el cual debe incluir:
  1. Un canal de denuncia anónima que permita a los empleados comunicar las irregularidades que detecten.
  2. Un sistema de cumplimiento normativo que apoye las acciones de prevención y control.
  3. Un oficial de cumplimiento que actúe como una persona responsable del sistema, quien identifique, reporte, denuncie e implemente cualquier otra medida para evitar hechos relacionados con actos de corrupción y lavado de dinero y otros activos.

A primera vista, estas tres obligaciones parecen comandos abstractos incomprensibles. Sin embargo, estos son pilares fundamentales de cualquier programa de cumplimiento: un sistema normativo; una línea de denuncias anónimas y un oficial de cumplimiento.

Esta condena es novedosa en el sistema guatemalteco por dos motivos principales: i. los programas de cumplimiento están regulados exclusivamente en la Ley de Lavado de Dinero y Otros Activos y su reglamento para empresas específicas, con el objeto de prevenir el lavado de dinero; ii. Porque supone la imposición por orden judicial de implementar un programa de cumplimiento de objeto distinto al lavado de dinero, lo que en inglés se conoce como Court imposed compliance program.

En Guatemala, los programas de cumplimiento anticorrupción no se encuentran regulados, pero existen varios programas para la autorregulación, cuyas metodologías abarcan no solo prevención de la corrupción, sino además el cumplimiento de la ley.

Un ejemplo importante es la metodología contenida en la ISO 37001 que abarca los lineamientos del Departamento de Justicia y la SEC; las Guías de la OCDE para las Buenas Prácticas y Controles Internos, Ética y Cumplimiento, entre otros.

La Jueza Aifán incluyó tres requisitos indispensables para cualquier programa de cumplimiento. Sin embargo, para que éste verdaderamente tenga éxito se requiere de un sistema de autorregulación como el que propone la norma ISO 37001; en este sistema, el elemento esencial es el compromiso de la directiva de la empresa y sus accionistas:

  • Para que la normativa sea de aplicación obligatoria a todos los miembros de la empresa, desde las líneas operativas hasta los puestos de dirección.
  • Para que todos los empleados reciban entrenamiento y capacitación constante.
  • Para que todas las denuncias que se reciban sean tomadas con seriedad, sean investigadas y lo más importante, que no existirán represalias para los empleados que denuncien.
  • Para que el oficial de cumplimiento tenga suficiente autonomía y un marco de acción que le permita ejercer su función principal. Dependiendo del tamaño de la compañía, el programa de cumplimiento puede ser liderado por una persona o un comité de personas.

Una vez exista este compromiso y se acuerde la autorregulación, la empresa debería conocer cuáles son las áreas de más riesgo para su operación. Esto puede hacerse utilizando herramientas de análisis de riesgo y, a partir de aquí, desarrollar su normativa interna con el enfoque de interés.

Cualquier empresa que decida la implementación de un programa de cumplimiento debe saber que éste conlleva un cambio de cultura y, por lo tanto, su estabilización y resultados no se verán al corto plazo. Este gran reto tiene éxito únicamente cuando todos los involucrados alinean sus expectativas y acuerden que es éste el método para prevenir un daño mayor, como lo sería la perdida de la reputación de la empresa ante el público en general.

La sentencia de la Jueza Aifán conlleva la obligación de la implementación del programa “base” en un plazo de un año; dependerá de los obligados el alcance que deseen darle a éste y su nivel de compromiso para lograr un verdadero ejemplo de autorregulación en la industria de la construcción para lograr el éxito deseado. El reto vas más allá que la mera imposición de los tres elementos, que por sí mismos no conllevan el éxito del programa.

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Historia del Arte Sacro en Guatemala – por Daniella Sanchez https://thelawyermagazine.com/arte-sacro/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=arte-sacro https://thelawyermagazine.com/arte-sacro/#respond Wed, 13 Jul 2022 05:39:46 +0000 https://thelawyermagazine.com/?p=3367 El reloj marcaba las 7:45 pm, un miércoles cualquiera en la ciudad de Nueva York, cuando Jussi Pylkkanen (Presidente Global de Christies Gallery) levantó su...

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El reloj marcaba las 7:45 pm, un miércoles cualquiera en la ciudad de Nueva York, cuando Jussi Pylkkanen (Presidente Global de Christies Gallery) levantó su mazo y con un movimiento que ha realizado tantas veces suena la madera del pedestal famoso de Christie`s, el cual ese miércoles a las 7:45 pm hizo historia con una venta de $450 millones de dólares por la obra conocida como: “Salvator Mundi” de Leonardo da Vinci. Siendo ésta obra, una obra que se cataloga como arte sacro tiene el registro más caro del mundo.

Por:

Daniella Sanchez

Directora Darsc Art Gallery Guatemala y México.

daniella@daniellasanchez.com

www.darscgallery.com

Según autores como Sean Fitzpatrick el arte sacro debe de cumplir un propósito y es el de dar homenaje a una fe, de lo contrario no es arte sacro. Pero sí seguimos mi significado de lo que es arte; el arte es todo aquello que te hace sentir, ya sea desde un grafiti a una sátira, algo figurativo o completamente abstracto. Recordemos que arte es un sentimiento, nos tiene que hacer sentir, pensar e imaginar hasta desaparecernos en una obra determinada. El arte sacro se puede definir como toda expresión artística o icono que tiene como finalidad servir de culto a lo divino ya sea por medio de pintura, escultura, mosaicos, cantos, procesiones, etc. Guatemala y el resto de Centro América, son países llenos de cultura; es importante que reconozcamos nuestro propio arte sacro. En las imágenes del presente artículo vemos a la Iglesia Ermita Conquistadora de la Inmaculada Concepción, fotografiada por Alan Benchoam. Está iglesia es la primera iglesia católica fundada en toda Centroamérica, ubicada en Salcajá, Quetzaltenango de Guatemala. Su construcción es del año 1524 y en su interior encontramos a la primera imagen de la Virgen Concepción traída de España, aunque se cree que ya no esta en la iglesia.

Cuando pensamos en arte sacro, tendemos a pensar solo en iconos y tradiciones cristianas-católicas, pero el arte sacro también comprende otras religiones, por ejemplo la religión judía, musulmana, budista, entre otras.

Me gustaría platicar un poco sobre el arte judío, éste se ha conocido por ser una tradición de aniconismo, es decir, ausencia de representaciones gráficas, pero podemos reconocer ciertos íconos, tales como: la estrella de David, el león de Judá, las menorás, entre otros que nos recuerdan a los ricos mosaicos en las sinagogas de Galilea. Tuvimos la oportunidad de que Alan Benchoam nos fotografiara la Sinagoga de la ciudad de Guatemala, estas fotografías se pueden apreciar en la presente revista.

Hoy en día tenemos artistas que siguen tradiciones sacras, tales como: Danilo Briones y Esteban Bran quienes son diseñadores de cabelleras para esculturas e imagines católicas en Guatemala y ciertos artistas contemporáneos que interpretan iconos sacros en sus obras, tales como; el maestro Enrique Cay, Miguel Ángel Pérez y el fotógrafo Alan Benchoam quien ha fotografiado iglesias y templos a lo largo de su trayectoria artística. Sin olvidar a nuestro maestro guatemalteco Roberto González Goyrí. En México tenemos a los artistas Fernando M. Díaz, cuya obra hoy en día es abstracta pero tuvo inicios figurativos con temas religiosos y Fernanda Solana cuyas interpretaciones de Vírgenes son poéticas.

Vivimos en un mundo que esta destinado al cambio… Las leyes, las costumbres y el arte van evolucionando y surgen artistas que interpretan nuestros iconos sacros de una forma distinta pero a la vez manteniendo su mensaje original, artistas como el escultor irlandés Dony Macmanus y el pintor español Raúl Berzosa, cuyas obras ya se encuentran en Guatemala, por nombrar algunos. A pesar de que nuestro mundo cambia, nuestras tradiciones siempre estarán sí las logramos valorar, apreciar y gozar. Espero que en un futuro cercano existan más museos de arte sacro y que veamos más protección estatal para nuestras iglesias y templos a nivel centroamericano.

“El hablar de arte sacro en Guatemala tiene que ir siempre acompañado de hablar de colonización, de mezcla de culturas, puesto que el aprendizaje de las técnicas pictóricas, escultóricas y de imaginería sacra fueron herencia y en algunos casos colaboración con artistas españoles. Además, el arte sacro cumplía una función que sobrepasaba lo decorativo, ya que tenía siempre un carácter evangelizador. Nos situaremos en el período de la colonia, a lo largo de finales del siglo XVI, XVII y XVIII. Durante este período cabe destacar que los artistas de la imaginería sacra recibían de España o México un grabado de la imagen que debían desarrollar, y partiendo de ese modelo, los pintores o escultores locales personalizaban su obra siguiendo los lineamientos y “modas” de las grandes escuelas artísticas. A las tallas escultóricas les daba los toques finales un equipo especializado: los “encarnadores” le daban carácter a la piel, principalmente a los rostros y manos de las imágenes, es curioso mencionar que en el proceso de encarnación se utilizaban pinturas que se fijaban con extractos de ubre de oveja. Los estofados en plata u oro los hacía otra persona, especializada en tan fina y minuciosa tarea. Y aún era otro artesano quien pintaba los detalles más delicados en los rostros, como las pequeñas marcas, las cejas, las heridas, y los detalles pictóricos de la vestimenta. Si las imágenes tenían incrustaciones o detalles con piedras preciosas o semipreciosas debía ser un joyero quien se encargara de que quedaran trabajadas con la máxima precisión. La producción de imágenes religiosas fue muy vasta, dado que los encargos eran tanto particulares para capillas y residencias familiares como eclesiásticos, y los talleres contaban con especialistas en cada disciplina.

Hay mucho terreno por descubrir en el ámbito del arte sacro colonial guatemalteco, muchos autores y muchísima obra invaluable que se custodia hoy en museos, iglesias y colecciones privadas. Además, no podemos negar la influencia que el arte sacro ha ejercido sobre el arte de nuestros días. Los guatemaltecos Rodolfo Abularach y Luis González Palma; los mexicanos Rafael Cauduro, Leopoldo Flores, Julio Galán e incluso el polémico colombiano Andrés Serrano; por nombrar solamente algunos.”

Beatriz Bonduel

Licenciada en Artes Plásticas con especialidad en

Pintura MA en Humanidades contemporáneas

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